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Archivos de Autónomos

Subida bases de cotización de los autónomos

Bases de cotización autónomos hasta finales de 2018

Hoy miércoles, 4 julio de 2018, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en la que quedan determinadas las bases de cotización del autónomo para lo que queda de año.

Te adelantamos que al término de este mes de julio, el autónomo deberá hacer frente al 1,4 % de incremento en las bases mínima y máxima de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social que se materializará en una subida de casi 4 euros mensuales de la cuota de autónomos, persona física, ya que los autónomos societarios no experimentarán estos aumentos.

Noticia original: https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/cotizacion-del-autonomo-en-los-presupuestos-generales-2018/

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10 soluciones para ahorrar más facturando lo mismo

Cómo ahorrar facturando lo mismo

La liquidez es una de las mayores preocupaciones del autónomo; dicho de una manera más llana, la principal inquietud del autónomo a final de mes es el dinero que tiene en el bolsillo -o en caja-. Conscientes de ello, en Infoautónomos te damos a conocer las soluciones fiscales y de gestión para ahorrar más facturando lo mismo, soluciones de ahorro que te conducirán a una mayor liquidez.

Es importante conocer las opciones legales con las que cuentas para optimizar la gestión fiscal de tu negocio y obtener la máxima liquidez después de cumplir con todas tus obligaciones tributarias, obligaciones que en la asesoría online de Infoautónomos nos encargamos de realizar en tu nombre.

A continuación te detallamos algunas de las soluciones que la ley te permite para amortiguar el impacto de los impuestos en la contabilidad de tu negocio pero también las opciones de ahorro en tus obligaciones con la Seguridad Social:
1. IRPF  e IVA deducibles para ahorrar más

Aunque las deducciones de gastos en el IRPF  e IVA no deben ser tomadas por el trabajador autónomo, que tribute en estimación directa,  a la ligera como una fórmula fácil de ahorro, aplicadas conforme a lo legalmente establecido, gasto afecto a la actividad, debidamente justificado y contablemente registrado, te ayudará a economizar e incrementar tu solvencia. Te detallamos las deducciones fiscales en el IRPF. Este año la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha añadido como novedad la deducción en el IRPF del 30% de los gastos sobre el porcentaje de vivienda afecta a la actividad y la deducción de dietas en los mismos términos que los trabajadores de Régimen General.

Además, recuerda que también puedes beneficiarte de las deducciones por maternidad, familia numerosa y/o descendientes o ascendientes a cargo con discapacidad.
2.Deducciones de gastos previos al inicio de actividad

Los inicios pueden resultar especialmente duros. Por eso, te conviene más que nunca procurar el mayor ahorro. Hacienda te posibilita la deducción en el IRPF  e IVA de gastos necesarios para la puesta en marcha del negocio. Se trata de gastos de inversión que te puedes deducir siempre que se cumplan estos requisitos:

Dar aviso a Hacienda de la intención de emprender presentando el modelo 036 y marcando la casilla 504. Este trámite notifica un alta previa al inicio de actividad.
Facturas emitidas con fecha posterior a dicha alta previa en Hacienda.

A posteriori, deberás proceder a una segunda alta en Hacienda para iniciar tu actividad.
3. Planes de pensiones

Las aportaciones a los planes de pensiones también conllevan una importante ventaja fiscal.  En este caso el autónomo puede desgravarse hasta un máximo de 8.000 euros o hasta el 30% de los rendimientos netos procedentes de  actividades económicas o de trabajo.
4. Seguros de salud

No olvides desgravarte el seguro de salud en tu Renta. El seguro médico permite a los autónomos deducir las primas hasta un límite de 500 euros por persona. El autónomo también puede incluir la cuota del cónyuge y los hijos menores de 25 años. El límite de 500 euros por persona se amplía a 1.500 euros en caso de persona con discapacidad.
5. Reducción por inicio del 20% por inicio de actividad

Si inicias actividad económica en estimación directa, sin haber ejercido ninguna otra en el año anterior, puedes reducir en un 20% tu rendimiento neto (ingresos – gastos) positivo en el primer año y el siguiente.  en un 20% en tu IRPF.  Si en el primer año tienes pérdidas no podrás acogerte a la reducción, aunque se te reserva para cuando cumplas las condiciones.
6. Pasar de persona física a persona jurídica

La fiscalidad del autónomo está determinada por los beneficios que éste obtiene. Por este motivo,  la carga fiscal del autónomo,  persona física, es, en líneas generales, mayor que la de una persona jurídica.  En el momento en que tu facturación como autónomo rebase el umbral de los 40.000 euros debes plantearte cambiar de autónomo a sociedad.
7. Recuperar el IVA de los impagos con factura rectificativa para ahorrar más

Lamentablemente las facturas impagadas son un continuo en la contabilidad del autónomo. Pese a ello, nadie se libra de la cita trimestral con Hacienda para declarar y pagar el IVA a través del modelo 303, pero el autónomo tiene la posibilidad de recuperar el importe del impuesto y con ello la liquidez que necesita.

Esta posibilidad, para la que hay que realizar un proceso de requerimiento judicial o notarial,  está sujeta a los requisitos de que el deudor sea autónomo o empresa y la factura no se haya cobrar durante los seis meses posteriores a su emisión. La solución al problema reside en la emisión de una factura rectificativa, anulando la cuota de IVA de la original, que presentarás ante Hacienda, e incluirás en el modelo trimestral del periodo en que la emites.
8. Acogerte a las bonificaciones de la cuota de autónomos

Ya en el apartado de Seguridad Social,  las reducciones en la cuota de autónomos figuran entre los trucos de ahorro más destacables de este top ten.

La actual tarifa plana, la más notable de la bonificaciones, supone un ahorro de hasta 2.700 euros durante el primer año para los nuevos autónomos que se acojan a ella. Este ahorro se reduce por tramos durante el segundo año y último año con excepción de los autónomos menores de 30 años y las autónomas menores de 35 que disfrutan de la bonificación durante un tercer año.

La tarifa plana no es la única de las bonificaciones de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para madres autónomas, para autónomos con discapacidad o autónomos en situación de pluriactividad; las bonificaciones en la cuota del RETA siempre son una opción de ahorro que debes tener en cuenta.
9. Beneficiarte de las bonificaciones por contratación para ahorrar más

Continuamos con el tema de las bonificaciones, esta vez en el caso de incrementar la plantilla del negocio. Contratar a un trabajador supone un desembolso importante cuyo impacto se puede amortiguar también con reducciones en la cuota por contratación que el autónomo empresario paga a la Seguridad Social en concepto de cotizaciones sociales por el nuevo trabajador.

Las posibilidades que da la Seguridad Social para ahorrar más son múltiples premiándose aspectos como la conversión de un contrato temporal en uno indefinido, la contratación de jóvenes desempleados, mayores de 45 años, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social .

En este artículo sobre bonificaciones a la contratación te contamos tus opciones de ahorro con detalle.
10. Darte de baja o cambiar de base en periodos de inactividad

Si tu actividad económica está sujeta a la estacionalidad es probable que tengas periodos de parón. En ese momento, dependiendo de tu facturación puedes optar por dos soluciones para ahorrar más:

Darte directamente de baja como autónomo en Hacienda y Seguridad Social si la inactividad te deja unos ingresos tan bajos que no te compensa continuar pagando cuota de autónomo e impuestos.
Reducir tu base cotización siempre que no sea ya la mínima y con ella tu cuota de autónomos. La Reforma de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo permite al trabajador por cuenta propia cambiar hasta cuatro veces su base de cotización.

¿Necesitas que te asesoremos?

Noticia original: https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/10-soluciones-para-ahorrar-mas/

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¿Cómo mejorar tu marca personal como emprendedor?

Mejora tu marca personal

Un emprendedor debería recordar constantemente que su propio proyecto está vinculado con su propia marca personal como emprendedor. Por ejemplo, cuando busca financiación para poner en marcha ese negocio, él mismo da la cara por esa idea. ¿Cómo mejorar tu marca personal como emprendedor?

Escribir un libro

Puedes compartir tu conocimiento sobre el emprendimiento a través de un libro que sirva de ayuda a otras personas que estén pasando por esta experiencia. El propósito principal de un objetivo de este tipo, no es convertir ese libro en un bestseller, sino el propio crédito profesional que puede estar acompañado por la firma de ejemplares y las conferencias en torno a esa obra.

Concurso para emprendedores

Existen certámenes que ponen en valor el talento emprendedor. Ser el ganador de un galardón de este tipo es una experiencia compleja. Sin embargo, si no lo intentas, no sabes si puedes conseguirlo. Participar en un certamen para emprendedores puede darte la oportunidad de ganar visibilidad profesional y sumar un nuevo mérito a tu currículum.

Canal de YouTube

En YouTube puedes encontrar contenido de todo tipo. Sin embargo, algunos canales tienen la máxima calidad al ser un buen ejemplo de cómo el lenguaje audiovisual permite una proyección profesional como especialista en un tema específico. Además, un canal de YouTube también puede ser un medio para generar ingresos.

Redes para emprendedores

Más allá de LinkedIn, existen redes para emprendedores especializadas en un objetivo específico. Por ejemplo, Womenalia pone en valor el networking femenino. En este canal, la persona cuenta con un perfil profesional y la posibilidad de un blog propio.

Alquilar un despacho propio

Tu proyección profesional como emprendedor depende de muchos factores. Por ejemplo, tener una zona de trabajo totalmente acondicionada para el cumplimiento de tus funciones mejora tu marca ante los clientes. Sencillamente, porque este espacio también es necesario para recibir proveedores, concretar reuniones, recibir al público objetivo y concretar proyectos

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Accidente in itinere en autónomos

¿Qué es un accidente in itinere?

Dentro de los accidentes laborales hay un tipo especial, los llamados in itinere. Éstos son los sufridos por el profesional durante el desplazamiento hacia o desde el lugar de trabajo partiendo o regresando a casa. Los accidentes in itinere también puede darse durante la visita a un cliente.

Los accidentes in itinere en los autónomos

Los accidentes in itinere son precisamente los que hasta el pasado año no estaban reconocidos para los trabajadores autónomos, lo cual, obviamente, significaba un evidente trato diferenciado en relación a los asalariados.

Los accidentes in itinere, en la nueva ley de autónomos

Sin embargo, los accidentes in itinere sí figuran en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo y su compensación ya está disponible para los profesionales por cuenta propia. Este hecho -que una baja laboral pueda ser reconocida por un accidente in itinere- tiene una relevancia considerable para los autónomos. La clave está en que se distingue de una baja laboral por enfermedad común o accidente no laboral.

¿Cuánto cobrarás si se trata de un accidente in itinere?

La diferencia entre que un incidente sea considerado un accidente in itinere o una baja laboral por enfermedad común es significativa, ya que, al tratarse del primer caso, el trabajador autónomo cobra la incapacidad temporal desde el primer día. De ser el segundo supuesto, el profesional por cuenta propia cobraría a partir del cuarto día de baja.

La ventaja también es llamativa en la prestación por accidente laboral, puesto que es mucho más alta. De esta manera, el autónomo cobra el 75% de la base cotización, mientras que, de la otra forma, accedería al 60% de aquélla hasta el día 21 y, después, ya quedaría en el 75%.

¿Están cubiertos los autónomos que trabajan en casa?

Si eres de los profesionales que tienen su residencia como domicilio fiscal porque trabajas en casa, el panorama es distinto. En esos supuestos, el trabajador autónomo no verá seguramente reconocido el incidente en cuestión como accidente in itinere, ya que, desde un punto de vista legal, no existe distinción entre el domicilio de trabajo y el personal.

Requisitos para el reconocimiento de un accidente in itinere

Los accidentes in itinere deben cumplir los siguientes parámetros:

  • La distancia entre el domicilio y el puesto de trabajo es irrelevante. Si se produce en ese trayecto, será tomado como un accidente laboral.
  • Además, para que sean considerados como tales, no deben producirse interrupciones en el trayecto entre el trabajo y el accidente. Por ejemplo, unas compras.
  • El tiempo que dura el trayecto debe ser el aproximado que suela llevar cubrir el itinerario.
  • El profesional debe emplear tanto el itinerario como el medio de transporte habituales para ir al trabajo o volver a casa.

Si quieres una asesoría que te informe y asesore contacta con www.asesoria-online.net

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Claves para evitar clientes morosos

Como evitar clientes morosos

En tiempos de crisis los clientes morosos están a la orden del día. Un moroso es aquel que debe algo a alguien normalmente dinero y se caracterizan por desaparecer una vez terminado el trabajo sin dejar forma de contacto posible.

Es un problema bastante frecuente  cuando eres autónomo o Pyme y necesitas hacer clientes cuando estas empezando a dar los primeros pasos por ello hoy os vamos a dar unas claves para detectar este tipo de clientes.

Conocer la empresa o la persona física con la que vas a negociar

Si tratas con una empresa puedes consultar en el Registro Mercantil  y de la Propiedad y solicitar un informe de riesgo para saber si realmente existe la empresa, desde cuando esta formada, administrador o administradores y solvencia entre otros.

Si es persona física puedes consultar los ficheros de morosidad ASNEF o RAI que manejan estos ficheros.

Establecer las condiciones de trabajo

En toda relación contractual hay dejar claro las condiciones de pago, estar pendiente del vencimiento de las facturas y llevar un riguroso proceso de facturación.

Cobrar por anticipado

Debes tener un sistema de pagos al contado o por adelantado ( parte del total o lo que tu estipules) y así evitar tener que lidiar con facturas impagadas.

Informa del equipo comercial

Los comerciales de las empresas normalmente son fuente fiable de información acerca de la empresa con la que trabajan así poder conocer mejor a nuestro cliente.

No fiarse de las apariencias y analizar cada nuevo cliente

No podemos fiarnos de la fachada de un cliente, por muy buena apariencia que este nos transmita en un primer contacto. Algunos morosos son especialistas en presentarse como empresarios solventes y buenos pagadores, y esto es solo una máscara que desvirtúa su realidad.

 

Desde asesoria-online.net esperamos os sean útiles estos breves consejos y recordad que cuanta más información manejéis de vuestro futuro cliente ,mejor.

 

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Deducciones para el autónomo que trabaja desde casa

Deducciones de teléfono e Internet

La comisión de empleo contempla la posibilidad, propuesta por Ciudadanos, que el autónomo que trabaja desde casa la deducción de hasta el 20% de los gastos de teléfono e Internet.

Agua, luz y gas

La realidad es que, pese a que en 2015 una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avalaba la deducción de estos gastos del autónomo,  el criterio de Hacienda es mucho menos permisivo.

Solo se acepta la desgravación en caso de tener contadores separados, algo que no es nada frecuente en los domicilios  por lo que existen pocas personas que deduzca estos gastos o se haga de forma errónea.

con independencia de que el autónomo desarrolle su actividad en casa o fuera de ella, Hacienda ya permite la deducción del teléfono siempre y cuando se disponga de dos líneas y facturación distintas, una para uso personal y otra profesional.

¿Que gastos puedo deducirme si trabajo desde casa?

Hacienda establece 3 requisitos para deducirse un gasto:

Que esté relacionado con la actividad económica.

Que exista factura que lo justifique.

Que esté registrado en la contabilidad del negocio.

Bajo este criterio los gastos susceptibles de desgravación para el autónomo que trabaja en o desde casa son aquellos inherentes a la propiedad del inmueble, es decir:

– Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
– Intereses de hipoteca
– Comunidad de propietarios y vecinos,
– Intereses de hipoteca
– Seguros
– Amortizaciones.

Por tanto, si eres propietario de la vivienda no tendrás ningún problema a la hora de deducirte estos gastos. La clave está en cumplimentar adecuadamente el apartado 6B del modelo 037 del IAE que hace referencia al lugar de realización de la actividad. En él hay que indicar la dirección del domicilio, la superficie del mismo y el grado de afectación a la actividad.

Si eres inquilino, puede complicarse ya que hacienda exige dos contratos lo que supone para el arrendatario mas cargas fiscales.

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Sanciones por no dar de alta a un trabajador

¿Cuál es la sanción por no dar de alta un trabajador?

La Seguridad Social determina que cualquier persona que ejerza su actividad profesional lucrativa, de forma habitual y no esté sujeta a un contrato de trabajo debe darse de alta como autónomo sin hacer referencia al volumen de facturación e ingresos.Esta falta de referencia sobre ingresos y temporalidad da lugar a un vacío legal que es interpretado como falta de obligatoriedad de alta en el RETA, una interpretación errónea.

Además debes tener en cuenta la facturación derivada de tu ejercicio. ¿Qué ocurre si la Agencia Tributaria nos sorprende facturando sin estar dado de alta en el IAE? La infracción es considerada grave y puede salirte bastante cara; para ser más exactos la cuantía de la sanción oscila entre 300 y 3000 euros.

Es posible que hayas recorrido la mitad del camino, es decir, que te hayas dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social pero hayas eludido o retrasado el pago de la cuota mensual que te corresponde. En este caso también tendrás una penalización o sanción en forma de recargo del 20% del importe de la cuota. En este sentido la nueva ley de autónomos aún en trámites pretende establecer nuevas retenciones con el objetivo de flexibilizar los recargos que quedarían de la siguiente manera:

  1. Recargo del 3% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas dentro del primer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  2. Recargo del 5%, si se abonasen las cuotas dentro del segundo mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  3. Recargo del 10%, de abonarse las cuotas dentro del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  4. Recargo del 20% de la deuda, en el caso de abonarse las cuotas debidas a partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.

¿Conoces nuestro servicio de asesoría para autónomos de bajo coste?

Toda ayuda es poca, por eso nuestro servicio para autónomos y sociedades es un paso más en la reducción de los gastos mensuales de su empresa.

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El BOE congela la cotización mínima de autónomos

El Gobierno se reserva la posibilidad de incrementar esta base míninima de los trabajadores por cuenta propia en los Presupuestos Generales del Estado, si logra sacarlos adelante

La base de cotización mínima de los trabajadores autónomos será de 893,10 euros en 2017, lo que supone una congelación respecto a 2016 cuando se fijó en idéntica cuantía, según la orden de cotización a la Seguridad Social publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) el sábado pasado.

De esta forma, el BOE ha confirmado la cuantía de la cuota que se ha cobrado a casi dos millones de autónomos (sin asalariados) en este inicio de año, pero que aún estaba pendiente de la publicación de dicha orden.

Si bien, los planes del Ministerio de Empleo son mantener esta congelación, solo de momento, hasta ver si hay o no Presupuestos Generales del Estado. De hecho, si el Gobierno lograra sacar adelante un nuevo diseño de cuentas públicas en marzo, como parece que es su intención, esta base mínima podría incrementarse.

El BOE ha confirmado igualmente todas las bases de cotización del resto de los Regímenes de Seguridad Social. Así, las bases mínimas del Régimen General, por el que cotizan más de ocho de cada diez afiliados, queda fijada entre los 27,52 euros al día de los grupos 8 al 11 de cotización y los 1.152,90 del grupo 1, tras incrementarse un 8% respecto a las de 2016 (lo mismo que sube el Salario Mínimo Interprofesional)..

Mientras que a las bases máximas se les aplica una subida del 3% quedando fijadas tanto para el régimen general como para el de autónomos en 3.751,20 euros mensuales. En este punto, el BOE ha confirmado también que las bases mínimas de cerca del millón de autónomos que en algún momento de 2016 tuvieron contratados a su servicio a un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 10 trabajadores subirán un 8% hasta los 1.152,90 euros mensuales, lo mismo que se incrementan las bases mínimas del régimen general.

Las asociaciones de autónomos han criticado esta subida de los denominados autónomos societarios (con 10 o más asalariados) porque la cuota mensual de estos trabajadores subirá de 316,18 euros a 328,56 euros, lo que les supondrán pagar una cuota completa más al año.

Las asociaciones de autónomos han criticado esta subida de los denominados autónomos societarios (con 10 o más asalariados) porque la cuota mensual de estos trabajadores subirá de 316,18 euros a 328,56 euros, lo que les supondrán pagar una cuota completa más al año.

Evitar la ‘compra’ de pensiones

Esta órden de cotización precisa también los límites de las aportaciones de los trabajadores autónomos para evitar el efecto ‘compra de la pensión’ en los últimos años de la vida laboral de este colectivo.

En concreto, se fija que solo autónomos que a 1 de enero de 2017 sean menores de 47 años podrán elegir su base de cotización entre la base mínima de 893,10 euros y la máxima de 3.751,20 euros al mes.

También tendrán estos topes máximo y mínimo aquellos que tengan ya 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2016 haya sido igual o superior a 1.964, 70 euros mensuales, o causen alta en este régimen especial.

Los trabajadores que a 1 de enero de 2017, tengan 47 años, si su base de cotización fuera inferior a 1.964,70 euros mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.964,70 euros mensuales, salvo que ejercicten su opción de elevar su base por encima de esa cantidad antes del 30 de junio de 2017.

Por último, las bases de cotización de aquellos que tengan 48 o más años desde el pasado 1 de enero tendrán una base de cotización comprendida entre 963,30 euros y 1.964,70 euros mensuales.

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Cinco buenas noticias para autónomos que llegarán en 2017

Cinco buenas noticias para autónomos que llegarán en 2017

Recopilamos cinco medidas que tendrán un impacto directo y positivo en los trabajadores autónomos de nuestro país. Todas ellas, se mantendrán en vigor y con efectos positivos, al menos, durante 2017

Con el inicio del año, en Territorio Pyme repasamos cuatro malas noticias que recibirían los autónomos en 2017. Sin embargo, en los próximos once meses, también habrá cuestiones y cambios normativos que afectarán en positivo a este colectivo. Las recopilamos y explicamos a continuación:

Penalizaciones fiscales a las empresas que incurrar en morosidad. El tiempo medio de cobro de un autónomo, en el sector privado, es superior a los 80 días. Es indudable el perjuicio que supone para este colectivo cobrar sus facturas emitidas en estos plazos. Sin embargo, el ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, anunciaba hace dos semanas en el Congreso de los Diputados que impondrá más cargas fiscales a las empresas que tarden en pagar a sus proveedores. Las medidas concretas que se implantarán como castigo están todavía por definir.

Aplazamiento de IVA. Los autónomos, finalmente, sí podrán aplazar deudas con la Agencia Tributaria. El Decreto inicial prohibía expresamente esta opcion, pero las modificaciones posteriores aprobadas sí permiten mantener esta medida, que suponía un alivio para el colectivo, en ciertos momentos del año.

Mantenimiento de bonificaciones para autónomos en el año 2017. Se mantienen las principales bonificaciones para autónomos activas en materia de Seguridad Social:

  • Tarifa plana para autónomos, que permite pagar únicamente 50 euros durante los seis premios meses de actividad. Los meses posteriores también están bonificados.
  • Ayudas a nuevas autónomas menores de 30, o autónomos menores de 35, con una reducción de un 30% sobre la cuota de contingencias comunes.
  • Autónomos en baja por maternidad (o paternidad), con una bonificación del 100% en la cuota a pagar a la Seguridad Social por el trabajador contratado, durante el periodo de baja.
  • Bonificación del 100% al autónomo que contrate bajo condiciones de conciliación de vida personal y familiar. Es decir, con niños menores de 7 años a cargo, o familiares en situación de dependencia.
  • Familiares colabores que se hagan autónomos, tendrán una bonificación del 50% durante los 18 meses posteriores.

La reforma del empleo autónomo, a expensas de modificaciones sobre el reglamento antes de su aprobación definitiva, contempla los siguientes aspectos positivos:

  • Reducción del recargo por no abonar en plazo las cuotas de la Seguridad Social. Antes era del 20%. A partir de ahora se espera que pasen al 3, 5 y 10%, dependiendo de si se abonan en el primer, segundo o tercer mes.
  • Se valora la cotización parcial, en función del día del mes en el que el autónomo se de de alta. Actualmente, un autónomo que activa su alta como tal el día 20 de un mes, deberá pagar la cuota del periodo completo.
  • Ampliación de la tarifa plana de autónomos de seis a doce meses.

Es importante destacar que estas tres últimas medidas están pendientes de aprobación. Es decir, no son efectivas en este momento. Se espera su implantación defintiva a lo largo de este 2017.

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¿Autónomo o SL, quien paga menos?

Autónomo o SL

Una de las preguntas más habituales de nuestros clientes o futuros clientes es los gastos que conlleva y la diferencia entre autónomo y SL, sin duda una decisión muy importante a la hora de comenzar una actividad empresaria. en este artículo haremos un pequeño repaso de los principales gastos de ambas modalidades.

¿Me conviene ser autónomo o constituir una SL?

La pregunta es difícil de responder, partimos que la estructura empresarial es totalmente diferentes para ambos, la principal diferencia es que el autónomo tributa por el IRPF, mientras que la SL lo hace por el impuesto de sociedades. Actualmente, el tipo general de este impuesto se mantiene en un 25% sobre la base imponible y, para las nuevas sociedades, se aplica un tipo reducido del 15% durante dos años. Sin embargo, en el caso del impuesto sobre la renta (IRPF) la tributación es progresiva y depende del nivel de ingresos. Estos son los tipos aplicables:

  • Base imponible     Tipo aplicable
  • Hasta 12.450 euros     19%
  • Entre 12.450 y 20.200 euros     24%
  • Entre 20.200 y 35.200 euros     30%
  • Entre 35.200 y 60.000 euros     37%
  • Más de 60.000 euros     45%

Partiendo de estos números a medida que cobres más, menos te interesará ser autónomo, si nos fijamos en el 25% de las sociedades podríamos pensar que apartirl de los 20.000 euros nos podría interesar dar el cambio, eso no es del todo cierto ya que las SL conllevan otros gastos como la constitución de la SL, la cuota del autónomos societarios (unos 320€ frente a 267,03 del autónomo).

Si se trata de una sola persona, es aconsejable comenzar con la modalidad de autónomo y a medida que la facturación aumente dar el salto al SL, para el caso de varios socios la posibilidades se reducen y den dar el salto directamente a la Sl.

 

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Un 33.6% de los trabajadores españoles cuentan con retribución variable

La retribución variable y la retribución flexible en España

La retribución variable  cada vez va ganando más fuerza en nuestro país, se trata de una forma de incentivar que pretende alinear los intereses del personal con los de la empresa por lo que paulatinamente mas empresas implantan.

Las formas de retribución más conocida son la retribución variable que es la forma mayoritaria y la retribución flexible ambas formas de se encuentran aún poco instauradas en nuestro mercado laboral.

En España solo un 33.6% de los trabajadores cuenta con remuneración variable que aunque sigue siendo minoritaria poco a poco va ganando peso implantándose en más empresas. Desde el año pasado a crecido un 4.8%, en el que sólo un 28.8% recibía retribución variable.

La retribución variable es mas frecuente en cargos directivos con un 52,8% frente al 26.8% de los empleados cuenta con un componente variable en su salario.Dentro del área de trabajo donde mas se ha implantado es en el área comercial con un 62.6% de los empleados disfrutan de una  frente al área administrativa y secretariado con solo un 17.1% con salario variable.

En el otro extremo encontramos la retribución flexible o también conocida como retribución en especie o retribución a la carta aún menos implantada que la variable. Las empresas recurren a  tickets restaurante, dietas o desplazamientos cestas de navidad, seguros médico.

Casi un 70% de los trabajadores no valoran este tipo de retribución flexible prefiriendo cobrarlo en fijo o variable, aunque lo mas valorado por los empleados en la retribución flexible es la cesta de navidad  seguida de tickets restaurante, dietas o la formación externa.

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Cómo deducir los gastos del hogar según hacienda

Deducir tus gastos si eres autónomo y trabajas desde casa

La reciente resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) vinculante a a las Administraciones Públicas abre la puerta a que los autónomos que trabajen desde casa puedan deducirse gastos como luz, agua, gas o teléfono que hasta ahora era totalmente imposible por la dificultad de discernir que cantidad de los suministros se dedicaban a la actividad realizada desde casa a la que se usaba para la vivienda en sí.

Hasta ahora el autónomo podía deducirse los gastos de la hipoteca de la vivienda, impuestos sobre bienes y inmuebles (IBI), cuotas de la comunidad así como la recogida de residuos. Dicha desgravación es proporcional a la parte de la vivienda que se dedica a esa actividad en metros cuadrados.

Hasta que se dictó dicha sentencia cada autónomo tenía que demostrar los gastos que se correspondía a la actividad empresarial realizada desde casa,  la Agencia Tributaria podía incluso exigir una factura diferente a la emitida por la empresas de suministros con lo que podía suponer tener dos contadores o dos líneas telefónicas.

El Teac pone fin a esta situación y favorece al autónomo que consideraba que el criterio debía ser el mismo para ambos tipos de gastos : deducción en porcentaje en el que el inmueble se dedique a la actividad.

Aunque dicha resolución es del pasado 10  de septiembre del 2015 es pronto para ver consecuencias de la sentencia por lo que se espera que Hacienda elabore instrucciones, ya que es díficil establecer que gastos son de la empresa y cual es de la propia vivienda

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