Deducciones de teléfono e Internet
La comisión de empleo contempla la posibilidad, propuesta por Ciudadanos, que el autónomo que trabaja desde casa la deducción de hasta el 20% de los gastos de teléfono e Internet.
Agua, luz y gas
La realidad es que, pese a que en 2015 una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avalaba la deducción de estos gastos del autónomo, el criterio de Hacienda es mucho menos permisivo.
Solo se acepta la desgravación en caso de tener contadores separados, algo que no es nada frecuente en los domicilios por lo que existen pocas personas que deduzca estos gastos o se haga de forma errónea.
con independencia de que el autónomo desarrolle su actividad en casa o fuera de ella, Hacienda ya permite la deducción del teléfono siempre y cuando se disponga de dos líneas y facturación distintas, una para uso personal y otra profesional.
¿Que gastos puedo deducirme si trabajo desde casa?
Hacienda establece 3 requisitos para deducirse un gasto:
Que esté relacionado con la actividad económica.
Que exista factura que lo justifique.
Que esté registrado en la contabilidad del negocio.
Bajo este criterio los gastos susceptibles de desgravación para el autónomo que trabaja en o desde casa son aquellos inherentes a la propiedad del inmueble, es decir:
– Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
– Intereses de hipoteca
– Comunidad de propietarios y vecinos,
– Intereses de hipoteca
– Seguros
– Amortizaciones.
Por tanto, si eres propietario de la vivienda no tendrás ningún problema a la hora de deducirte estos gastos. La clave está en cumplimentar adecuadamente el apartado 6B del modelo 037 del IAE que hace referencia al lugar de realización de la actividad. En él hay que indicar la dirección del domicilio, la superficie del mismo y el grado de afectación a la actividad.
Si eres inquilino, puede complicarse ya que hacienda exige dos contratos lo que supone para el arrendatario mas cargas fiscales.