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10 soluciones para ahorrar más facturando lo mismo

Cómo ahorrar facturando lo mismo

La liquidez es una de las mayores preocupaciones del autónomo; dicho de una manera más llana, la principal inquietud del autónomo a final de mes es el dinero que tiene en el bolsillo -o en caja-. Conscientes de ello, en Infoautónomos te damos a conocer las soluciones fiscales y de gestión para ahorrar más facturando lo mismo, soluciones de ahorro que te conducirán a una mayor liquidez.

Es importante conocer las opciones legales con las que cuentas para optimizar la gestión fiscal de tu negocio y obtener la máxima liquidez después de cumplir con todas tus obligaciones tributarias, obligaciones que en la asesoría online de Infoautónomos nos encargamos de realizar en tu nombre.

A continuación te detallamos algunas de las soluciones que la ley te permite para amortiguar el impacto de los impuestos en la contabilidad de tu negocio pero también las opciones de ahorro en tus obligaciones con la Seguridad Social:
1. IRPF  e IVA deducibles para ahorrar más

Aunque las deducciones de gastos en el IRPF  e IVA no deben ser tomadas por el trabajador autónomo, que tribute en estimación directa,  a la ligera como una fórmula fácil de ahorro, aplicadas conforme a lo legalmente establecido, gasto afecto a la actividad, debidamente justificado y contablemente registrado, te ayudará a economizar e incrementar tu solvencia. Te detallamos las deducciones fiscales en el IRPF. Este año la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha añadido como novedad la deducción en el IRPF del 30% de los gastos sobre el porcentaje de vivienda afecta a la actividad y la deducción de dietas en los mismos términos que los trabajadores de Régimen General.

Además, recuerda que también puedes beneficiarte de las deducciones por maternidad, familia numerosa y/o descendientes o ascendientes a cargo con discapacidad.
2.Deducciones de gastos previos al inicio de actividad

Los inicios pueden resultar especialmente duros. Por eso, te conviene más que nunca procurar el mayor ahorro. Hacienda te posibilita la deducción en el IRPF  e IVA de gastos necesarios para la puesta en marcha del negocio. Se trata de gastos de inversión que te puedes deducir siempre que se cumplan estos requisitos:

Dar aviso a Hacienda de la intención de emprender presentando el modelo 036 y marcando la casilla 504. Este trámite notifica un alta previa al inicio de actividad.
Facturas emitidas con fecha posterior a dicha alta previa en Hacienda.

A posteriori, deberás proceder a una segunda alta en Hacienda para iniciar tu actividad.
3. Planes de pensiones

Las aportaciones a los planes de pensiones también conllevan una importante ventaja fiscal.  En este caso el autónomo puede desgravarse hasta un máximo de 8.000 euros o hasta el 30% de los rendimientos netos procedentes de  actividades económicas o de trabajo.
4. Seguros de salud

No olvides desgravarte el seguro de salud en tu Renta. El seguro médico permite a los autónomos deducir las primas hasta un límite de 500 euros por persona. El autónomo también puede incluir la cuota del cónyuge y los hijos menores de 25 años. El límite de 500 euros por persona se amplía a 1.500 euros en caso de persona con discapacidad.
5. Reducción por inicio del 20% por inicio de actividad

Si inicias actividad económica en estimación directa, sin haber ejercido ninguna otra en el año anterior, puedes reducir en un 20% tu rendimiento neto (ingresos – gastos) positivo en el primer año y el siguiente.  en un 20% en tu IRPF.  Si en el primer año tienes pérdidas no podrás acogerte a la reducción, aunque se te reserva para cuando cumplas las condiciones.
6. Pasar de persona física a persona jurídica

La fiscalidad del autónomo está determinada por los beneficios que éste obtiene. Por este motivo,  la carga fiscal del autónomo,  persona física, es, en líneas generales, mayor que la de una persona jurídica.  En el momento en que tu facturación como autónomo rebase el umbral de los 40.000 euros debes plantearte cambiar de autónomo a sociedad.
7. Recuperar el IVA de los impagos con factura rectificativa para ahorrar más

Lamentablemente las facturas impagadas son un continuo en la contabilidad del autónomo. Pese a ello, nadie se libra de la cita trimestral con Hacienda para declarar y pagar el IVA a través del modelo 303, pero el autónomo tiene la posibilidad de recuperar el importe del impuesto y con ello la liquidez que necesita.

Esta posibilidad, para la que hay que realizar un proceso de requerimiento judicial o notarial,  está sujeta a los requisitos de que el deudor sea autónomo o empresa y la factura no se haya cobrar durante los seis meses posteriores a su emisión. La solución al problema reside en la emisión de una factura rectificativa, anulando la cuota de IVA de la original, que presentarás ante Hacienda, e incluirás en el modelo trimestral del periodo en que la emites.
8. Acogerte a las bonificaciones de la cuota de autónomos

Ya en el apartado de Seguridad Social,  las reducciones en la cuota de autónomos figuran entre los trucos de ahorro más destacables de este top ten.

La actual tarifa plana, la más notable de la bonificaciones, supone un ahorro de hasta 2.700 euros durante el primer año para los nuevos autónomos que se acojan a ella. Este ahorro se reduce por tramos durante el segundo año y último año con excepción de los autónomos menores de 30 años y las autónomas menores de 35 que disfrutan de la bonificación durante un tercer año.

La tarifa plana no es la única de las bonificaciones de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para madres autónomas, para autónomos con discapacidad o autónomos en situación de pluriactividad; las bonificaciones en la cuota del RETA siempre son una opción de ahorro que debes tener en cuenta.
9. Beneficiarte de las bonificaciones por contratación para ahorrar más

Continuamos con el tema de las bonificaciones, esta vez en el caso de incrementar la plantilla del negocio. Contratar a un trabajador supone un desembolso importante cuyo impacto se puede amortiguar también con reducciones en la cuota por contratación que el autónomo empresario paga a la Seguridad Social en concepto de cotizaciones sociales por el nuevo trabajador.

Las posibilidades que da la Seguridad Social para ahorrar más son múltiples premiándose aspectos como la conversión de un contrato temporal en uno indefinido, la contratación de jóvenes desempleados, mayores de 45 años, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social .

En este artículo sobre bonificaciones a la contratación te contamos tus opciones de ahorro con detalle.
10. Darte de baja o cambiar de base en periodos de inactividad

Si tu actividad económica está sujeta a la estacionalidad es probable que tengas periodos de parón. En ese momento, dependiendo de tu facturación puedes optar por dos soluciones para ahorrar más:

Darte directamente de baja como autónomo en Hacienda y Seguridad Social si la inactividad te deja unos ingresos tan bajos que no te compensa continuar pagando cuota de autónomo e impuestos.
Reducir tu base cotización siempre que no sea ya la mínima y con ella tu cuota de autónomos. La Reforma de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo permite al trabajador por cuenta propia cambiar hasta cuatro veces su base de cotización.

¿Necesitas que te asesoremos?

Noticia original: https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/10-soluciones-para-ahorrar-mas/

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¿Conoces las ventajas de una asesoría online?

Ventajas de trabajar con una asesoría online

Los servicios de una gestoría online resultan muy útiles, sobre todo, para las pequeñas y medianas empresas. Asimismo, para los freelances que realizan obras y servicios con relativa constancia o de manera eventual.

Ser empresario no significa conocer, de partida, todas las condiciones que implica poner en marcha y mantener un negocio. Lógicamente, se tienen conocimientos sobre el sector de la actividad en el que se encuadra la empresa, pero se ignoran muchas cuestiones acerca del cumplimiento de la normativa. Y ya sabes que la ignorancia acerca de la ley no exime de su cumplimiento.

Por lo tanto, vale la pena ponerse en manos de profesionales. En las asesorías online, como asesoria-online.net, trabajan expertos en áreas del Derecho y de la dirección de empresas que pueden ayudarte a llevar al día estos temas. Se trata, a grandes rasgos, de presentar cierta documentación y cumplir con el pago de los impuestos correspondientes. Y, además, de hacer ambas cosas en tiempo y forma.

Recurrir a los expertos posibilitará que estas tramitaciones se realicen sin errores, por lo que esta subcontratación puede suponer un importante ahorro de tiempo y dinero. Y es que los gestores no solo se limitan a cumplir con la presentación de la documentación oportuna, sino que también te aconsejan acerca de determinadas subvenciones y bonificaciones de las que te podrías aprovechar.

Servicios de la gestoría para autónomos

Entre otros, apunta los siguientes:

– Herramientas online para facturar y presupuestar.

– Contabilidad de ingresos y gastos.

– Presentación de tributos.

Ya nos hemos referido a que delegar la gestión de la documentación relativa a tu negocio puede significar un ahorro considerable de tiempo para ti. Un tiempo que ya no tienes que emplear en hacer colas ante determinadas instancias públicas y privadas, ya que los asesores se encargarán de estas faenas por ti. De esta manera, podrás dedicarte a llevar a cabo las labores propias del sector de tu actividad, mientras los asesores se hacen cargo de las pesadas y farragosas tareas administrativas.

El hecho de trabajar por Internet conlleva un salto de calidad sobre las gestiones en las sedes físicas de las asesorías tradicionales. Quizás pierdas un poco de trato humano, pero seguirás recibiendo una atención amplia (en horarios) y técnica. Y lo más importante para ti es que ahorrarás todavía más tiempo, ya que podrás consultar dudas por teléfono y enviar la documentación vía Internet. Desde la comodidad de tu propia casa y sin más limitaciones de tiempo que los plazos que debas cumplir.

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¿Qué hay que saber de la nueva Ley de Autónomos?

La nueva Ley de Autónomos

En el Congreso y, ahora, en el Senado, se ha aprobado recientemente la Ley de Autónomos. Esta ley permite a los autónomos disfrutar de “tarifa plana” durante todo un año para así, ganar flexibilidad en sus cotizaciones y aumentar la contratación.

Estas reformas urgentes del trabajo autónomo introducen mejoras fiscales y laborales, lo que desde hace un tiempo venía reclamando este colectivo. El 1 de enero de 2018 entrará oficialmente en vigor y, si eres autónomo, te interesará conocer qué cambios se han producido con respecto a la anterior.

Nuevas medidas

  • Se ha llevado a cabo una ampliación de la tarifa plana. Los autónomos o los no dados de alta en estos años disfrutarán del pago de 50 euros en 12 meses. Supondrá, por tanto, una ampliación en base al periodo en el que tenían esta rebaja hasta el momento.
  • Se mantiene igual el incremento gradual en la cuota en función del tiempo que pase desde que el emprendedor abra las puertas de su negocio. Significa que, al pasar un año de su constitución, se aplica un 50% de reducción a la cuota mínima, que suponen 133 euros para los trabajadores.
  • Los emprendedores disfrutarán a su vez de dos años rebajados en el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Otro de los cambios en cuanto emprendedores será que ya no será necesario tener que esperar cinco años para poder emprender con una cuota de 50 euros, sino que se reducen a tres.
  • A partir del 1 de enero se proporcionará flexibilidad para que los autónomos se puedan dar de alta y de baja de la Seguridad Social hasta tres veces al año. Así podrán empezar a pagar desde el mismo día que realizan el trámite.
  • Puede que, en ocasiones, los autónomos no lleguen a tiempo para pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social y esto se ha penalizado. Ahora, esa multa del 20% de la cantidad adeudada se reduce al 10%, suponiendo un alivio económico.
  • Con estas reformas se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos. Si el autónomo tiene menores a su cargo, tendrán el derecho de obtener el reconocimiento y las ventajas en el pago de su tarifa por conciliación familiar.
  • Para que las mujeres sean madres y, al mismo tiempo, continúen sus actividades laborales, seguirán con la bonificación del 100% de la cuota mínima del autónomo. Además, se fomenta su reincorporación tras ser madre.

¿Sigues con dudas? Ponte en contacto con nosotros y te asesoramos en lo que respecta a esta nueva ley.

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Trámites para darse de alta como autónomo

Hacerse autónomo

Cada año el número de autónomos en España crece y ya supera los 3 millones. Por ello hoy os queremos ayudar a que quien quiera emprender esta nueva aventura de hacerse autónomo pueda saber que pasos debe seguir y solventar dudas. Vamos a ver los pasos más importantes para darse de alta como autónomo.

Algunos de los tramites a realizar por todo autónomo que desee ejercer su profesión en España, son:

Alta en Hacienda

Debes presentar la declaración censal modelos 036 o 037 donde se notifican los datos personales, la actividad a la que se va a dedicar el autónomo, la ubicación de tu actividad y los impuestos a pagar. Cada vez que haya alguna modificación en estos datos tus asesoría o gestoría deberá presentar de nuevo estos modelos modificados.

A la hora de declarar tu actividad tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, donde se incluyen unos amplios listados de actividades empresariales y profesionales. Desde asesoria-online.net te asesoramos y te ayudamos a elegir el epígrafe correcto en caso de que te surjan dudas.

Alta en la Seguridad Social

O lo que es lo mismo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, debes presentar el modelo TA0521 junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda. Con eso defines tu base de cotización.

Alta en el ayuntamiento y licencias de obras y de apertura

Sin el permiso del ayuntamiento no podrás abrir un local y empezar a trabajar.

Debes saber que el coste de la licencia de apertura se calcula para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Y que hay dos tipos de actividades, las inocuas que son aquellas que no generan molestias, impacto medioambiental ni riesgo para bienes o personas, y las actividades calificadas, catalogadas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas. Por otro lado, la licencia de obras es un permiso municipal necesario para poder realizar obras de acondicionamiento o mejora en tu local, oficina o nave.

 

Nada mejor que confiar en la experiencia y la comodidad que ofrece nuestra asesoría-online.net, nosotros te damos de alta en el RETA, te damos de alta en el censo, presentamos las declaraciones trimestrales, contabilidad de la actividad, libros, notificaciones y mucho más.

Con asesoría online no te costará hacerte autónomo, estamos para ayudarte.

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Emprendedores: ¿autónomo o Sociedad Limitada?

¿Es mejor emprender como autónomo o como SL?

Con el inicio del nuevo curso muchos se disponen a emprender en su propio negocio y la mayoría en algún momento se ven ante la duda de hacerlo como autónomo o como una Sociedad Limitada. Hoy os vamos a dejar algunas de las ventajas e inconvenientes de cada uno para despejaros de dudas.

Autónomo

Ventajas

  • No se necesita depositar ningún dinero
  • Sin gastos de notario y registrador
  • Menor contabilidad
  • Rapidez (en un día le damos de alta)
  • La cuota de autónomo es menor

Inconvenientes

  • Se pagan más impuestos
  • Las inversiones son menos favorables (hay que registrar todo a nombre de la persona física)
  • La presencia y prestigio con respecto al cliente y proveedor es mucho menor (su negocio va a su nombre y DNI)

Sociedad Limitada

Ventajas

  • Se pagan menos impuestos (15% de los beneficios primeros 2 años y 20% después)
  • Las inversiones son deducibles
  • El prestigio es mucho mayor con respecto a clientes, proveedores y bancos (su negocio va a nombre de S.L. y con CIF societario)

Inconvenientes

  • Hay que depositar 3.000€ en el banco (luego pueden gastarse) o pueden ser bienes muebles con dicho valor
  • Hay que pagar 150€ de constitución (Notario y Registro Mercantil en constitución telemática)
  • La cuota de autónomo es mayor (318€)
  • Tarda una semana en constituirse

 

Tanto si eres sociedad como autónomo en asesoria-online.net nos envías tus facturas y nosotros nos encargamos de todo

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Sociedad Limitada: características y ventajas

Sociedad Limitada o SL

¿Qué es una SL?

También se conoce como Sociedad de responsabilidad limitada y es el tipo de sociedad mercantil más extendido en España. Es muy utilizada por pequeños empresarios autónomos que de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado, evitando responder con su patrimonio personal ante las deudas de sus negocios.

Características

La normativa reguladora de las sociedades limitadas define sus características, siendo las más relevantes:

Número de socios

Mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.

Responsabilidad de los socios

Solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.

Clase de socios

Pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas.

Nombre social

Deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes (para lo que habrá que efectuar la pertinente consulta en el   Registro Mercantil Central) seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura S.R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.

Capital social

El mínimo legal es de 3.000 € totalmente desembolsado, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias (dinero) o en especie, como por ejemplo un ordenador, una furgoneta o cualquier otro bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.

División del capital social

En participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.

Domicilio social

Lo normal es que sea la dirección en la que se ubica la empresa, debiendo estar en España.

Objeto social

Es la actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa. Normalmente se prepara una relación relativamente amplia de actividades, con las inicialmente previstas y otras potenciales,  para evitar gastos administrativos en caso de ampliar actividades.

Constitución

Mediante estatutos y escritura pública firmados ante notario y presentados posteriormente en el Registro Mercantil. Será necesario detallar las aportaciones que realiza cada socio y el porcentaje de capital social que le corresponde.

Órgano de administración y gestión

Existen varias opciones, debiendo optarse por una en los estatutos: Administrador único (una persona), Administradores solidarios (cada uno puede actuar por su cuenta y eso compromete a todos), Administradores mancomunados (deben actuar conjuntamente, firmando siempre, lo que limita y ralentizar el poder de representación) o Consejo de Administración (tres o más administradores).

Responsabilidad de la gestión

Recae sobre los administradores, no sobre los socios.

Junta general de socios

Es el órgano máximo de deliberación y toma de decisiones. Se convoca por los administradores en los seis primeros meses del año para presentar la gestión realizada, aprobar las cuentas anuales y el reparto del resultado.

Obligaciones fiscales

Una SL está obligada a tributar por  el Impuesto de Sociedades y el IVA.

Régimen de seguridad social

Régimen de autónomos para administradores y socios que tengan control de la sociedad limitada. El resto en régimen general.

 

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Inspección de trabajo

La inspección de trabajo

Ante la visita de un inspector de trabajo o subinspector de empleo nos surge la duda de como debemos actuar y comportarnos ante la misma. En este artículo te explicamos que debes hacer ante una inspección de trabajo, los documentos que puede solicitarte el inspector, el plazo del que dispones para reclamar ante una sanción y los pasos a seguir, así como los comportamientos que son motivo de sanción ante la inspección.

¿Qué es una inspección de trabajo?

La inspección de trabajo es llevada a cabo por un inspector o subinspector de trabajo cuya función es controlar y vigilar que las empresas y trabajadores cumplan con las responsabilidades administrativas que exige la ley y de asesorar e informar a los mismos en materia laboral y Seguridad Social, por lo que cualquier empresa puede recibir en cualquier momento una visita.

No hace falta tener una denuncia previa para recibir la visita del inspector de trabajo ya que es algo rutinario. Sin necesidad de que haya un preaviso.

¿A quién afecta?

Son susceptibles de sufrir una inspección de trabajo las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes, en cuanto sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas de Orden Social (lugares en los que se ejecute la prestación laboral, vehículos y medios de transporte en general, en los que se preste el trabajo, puertos, aeropuertos, entidades y empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, y en materia de protección y promoción social, sociedades cooperativas en relación a su constitución y funcionamiento y al cumplimiento de las normas de Orden Social).

¿Qué hay que hacer ante una inspección de trabajo?

Ante todo no puedes negarte a la inspección tanto si hay preaviso como si no. Has de tener en cuenta que el inspector ha de identificarse para poder solicitar el acceso privilegiado a todas las instalaciones, pero puede iniciar la inspección en el anonimato con el fin de que ésta pueda llevarse a cabo con éxito. No obstante, si tu centro de trabajo coincide con tu domicilio, en ese caso si deberá tener tu consentimiento o bien una autorización judicial para entrar.

Además, el inspector puede reclamarte la presentación de documentación, decirte que le acompañes en su visita a la empresa, pedir que identifiques a las personas presentes en el centro de trabajo, solicitar tu requerimiento en las oficinas públicas, tomar muestras, hacer mediciones en tu empresa, reconocer y examinar el local, etc.
Si te niegas a alguno de estos requerimientos del inspector, es motivo de sanción.

Motivos para recibir una inspección

  • Por apertura de un centro de trabajo o la solicitud de cualquier licencia para el desarrollo de una actividad empresarial.
  • Por la denuncia de un trabajador, extrabajador o cualquier persona vinculada antes o después al negocio.
  • En caso de accidente laboral múltiple o grave acontecido en el seno de la empresa o durante la actividad de la misma. El accidente in itinere, es decir, el que ocurre en el trayecto de ida o vuelta al puesto de trabajo no está sujeto a inspección.
  • Por solicitud o petición de informe de otras administraciones de autoridad laboral en tu propia comunidad autónoma.

Documentos necesarios ante una inspección

Es importante que aportes únicamente la información requerida durante la inspección. Algunos de los documentos que quizá te soliciten relacionados con esta materia son:

  • El plan de prevención de riesgos laborales.
  • Las medidas de protección implantadas y los certificados obligatorios (varían en cada sector).
  • El material preventivo de accidentes de trabajo.
  • Los resultados de los controles de salud a empleados.
  • La evaluación de riesgos y planificación de la acción preventiva.
  • Una relación sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan durado más de un día.
  • El documento de asociación (a efectos de accidentes de trabajo).

La próxima semana os hablaremos de que es motivo de sanción y como reclamar esta.

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Tipos de facturas

¿Que tipos de facturas hay?

Una factura es un documento legal y administrativo que supone el comprobante de haber llevado a cabo una operación de compraventa de un bien o servicio, incluyendo toda la información de la operación. Su emisión es obligatoria, como todos sabemos, para dejar así justificación de la operación de venta con un cliente.

Podemos resumir que los tipos de facturas existentes, en realidad son variantes o surgen a partir de un solo tipo de factura que es la factura ordinaria.

Factura ordinaria

La más frecuente, documenta una operación comercial, bien sea de compraventa o de prestación de algún servicio

Factura rectificativa

La factura rectificativa se usa cuando hay que hacer la corrección de una factura anterior porque la misma no cumpla los requisitos establecidos por la Ley o si se produce devolución de productos, de envases o embalajes, o bien cuando se producen descuentos o bonificaciones posteriores a la operación. Esta factura debe ser expedida en el momento que se tenga constancia de los motivos que dan lugar a su expedición, y siempre que no hayan pasado más de cuatro años desde que se emitió la factura que se va a rectificar.

Factura recapitulativa

La factura recapitulativa permite incluir en una sola factura, varias operaciones dirigidas a un mismo destinatario y que estén comprendidas en distintas fechas pero en un mismo mes natural.

Factura proforma

Otro tipo es la factura proforma, que documenta una oferta comercial, indicando los productos o servicios que el vendedor proporcionará al comprador a un determinado precio, con lo cual su finalidad es que el comprador disponga del máximo posible de información relativa a la futura compra que va a realizar. Por ello no tiene valor contable ni sirve de justificante, por lo que no se numera, ni se aconseja firmarlas o sellarlas, salvo que el cliente lo solicite de forma explícita. Suele incluir la fecha máxima de validez.

Factura completa

Son las facturas que cumplen todos los requisitos establecidos por la Ley

Factura simplificada

Son las facturas que solo cumplen algunos requisitos.

Factura electrónica

La factura electrónica es un equivalente funcional de la factura en papel y, desde Enero de 2013, reciben el mismo tratamiento. La diferencia entre la factura en papel y la factura electrónica únicamente reside en que la transmisión de esta última es por medios electrónicos y telemáticos. Está sometida a ciertos requisitos legales por las autoridades tributarias de cada país, de forma que no siempre es posible remitir electrónicamente las facturas.

 

 

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Gestionar tu negocio en verano

Consejos de gestión de tu negocio durante el verano

Para algunos autónomos la llegada del verano supone todo un reto, ahí os dejamos algunos consejos para haceros más fácil la gestión de vuestro negocio tanto si os vais de vacaciones como si no.

Comprobar tu contabilidad

Si los números no son positivos mejor esperar a otro momento para realizar vacaciones. Existen modelos de negocio que son más rentables en época estival y otros que no ¿cual es el tuyo?.

Lo mejor antes de irte de vacaciones es revisar tu contabilidad y asegurarte que el negocio crece y no pierde dinero ya que si los gastos son superiores a los ingresos ya desde hace algún tiempo es mejor echar el cierre.

Planificar y adelantar tareas

Trabajar en verano puede ser una tarea indeseada pero cuando no hay más remedio debemos buscar formas de aligerar el trabajo. Si durante el mes de julio planificas y adelantas las tareas de agosto estarás más relajado e incluso podrás cerrar algún día.

Para muchos negocios y empresas el verano es la época ideal para planificar el plan de negocio del siguiente año, inténtalo.

Aprende a delegar

Delegar tareas no solo te deja más libre sino que refuerza las habilidades de gestión de tus empleados de confianza. De esta manera solo tendrás que estar pendiente de los aspectos más urgentes.

Informa a tus clientes

Si este verano al final decides cerrar unos días o reducir tu horario es muy importante avisar a tus clientes al menos unas semanas  antes vía correo electrónico, redes o mediante carteles informativos.

Haz promociones de verano

Hay negocios que durante el verano notan una caída en sus ventas si ese es tu caso podrías plantearte hacer un período de rebajas o promociones estivales de esta manera podrás atraer clientes potenciales e incentivar la compra de tus productos o servicios. De este modo  podrás seguir haciendo caja y poder hacer frente a los gastos de la actividad.

Fórmate

El verano es uno de los mejores momentos del año para renovarse. Puedes aprovechar los momentos de menos trabajo para hacer un seminario online de gestión o leer aquel libro de marqueting.

Saca provecho a las redes sociales

Aunque sea verano y mucha gente este de vacaciones y no presten tanta atención a las redes no olvides de llevar las tuyas bien programadas y actualizando tus perfiles.

Las herramientas de programación disponibles, algunas de ellas las de las propias redes,  te permiten adelantar trabajo y destinar el tiempo que te queda libre para disfrutarlo en vacaciones o emplearlo en otros ámbitos de tu actividad que requieren más dedicación.

 

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El recargo de equivalencia

Recargo de equivalencia

¿Que es?

El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA, obligatorio para comerciantes minoristas que no realicen ningún tipo de transformación en los productos que venden, es decir, para comerciantes autónomos que vendan al cliente final. Se aplica tanto a personas físicas de alta en autónomos como a las comunidades de bienes.

No se aplica en actividades industriales, de servicios o en el comercio mayorista. Hay actividades que están exenta como joyerías, concesionarios de coches, venta de barcos, obras de arte, gasolineras y industria minera.

El cotizar o no en recargo de equivalencia viene definido por cómo se haga el alta en Hacienda y obliga posteriormente a tener muy claro como llevar la contabilidad, por lo que conviene contar con buen asesoramiento. En asesoria-online ofrecemos servicio a medida para cada cliente.

¿En que consiste?

El proveedor del minorista es el que debe incluir el recargo de equivalencia en la factura. Para el comerciante minorista supone pagar un IVA algo más alto del normal a cambio de no tener que presentar declaraciones de IVA a Hacienda. De esta manera paga el IVA directamente a su proveedor y se simplifica mucho su gestión del IVA. Sólo se aplica en facturas de bienes correspondientes a mercaderías o género.

Tipos de recargo de equivalencia

Existen cuatro tipos de recargos de equivalencia:

  • El 5,2% para los artículos que tienen un IVA al tipo general del 21%.
  • El 1,4% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 10%.
  • El 0,5% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 4%.
  • El 0,75% para el tabaco.

 

Si no sabes si debes tener recargo de equivalencia o necesitas una asesoría profesional para gestionar tu contabilidad contacta con asesori-online.net y te ayudamos.

 

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