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Nuevos servicios en asesoriaonline

Servicios adicionales en asesoriaonline.net

Somos una empresa con gran experiencia de asesoría integral en materia laboral, fiscal, y contable, tanto para particulares, así como para autónomos, y empresas a nivel nacional e internacional.

Además de todo ello ofrecemos a nuestros clientes una serie de servicios adicionales como los que detallamos a continuación:

Creación de empresas

Ponemos a su disposición todos los servicios necesarios para creación de su empresa, evitándole molestias y pérdida de tiempo, asesorándole en todas las decisiones que debe tomar, desde la mejor forma jurídica, hasta el alta de su negocio, teniendo en cuenta el tipo de actividad, la capacidad financiera, estudios de mercado y la viabilidad de su proyecto.

Trámites como el alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores; Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas; Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA); Alta de los socios y administradores en los regímenes de la Seguridad Social; Obtención y legalización del libro de Visitas; Legalización del Libro de actas, del Libro registro de socios, del Libro registro de acciones nominativas y del Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad; Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales; Obtención de certificado electrónico: Licencia de actividad; Inscripción en organismo oficiales y/o registros; Registro de ficheros de carácter personal; Inscripción de la empresa en la Seguridad Social; Afiliación de trabajadores; Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social; Alta de los contratos de trabajo; Comunicación de la apertura del centro de trabajo; Obtención del calendario laboral; Registro de signos distintivos; etc.

Programa de facturación

Con objeto de facilitar su actividad empresarial y la gestiones sus facturas, presupuestos, pedidos, albaranes, gestión de cobros, etc., ahorrándose tiempo y dinero ponemos a disposición de nuestros clientes un programa de facturación completo y gratuito que podrá utilizar desde cualquier lugar entrado en nuestra intranet de forma segura y sencilla, con el que cubrirá todas sus necesidades vía online.

Servicios adicionales

Nuestra asesoría cuenta con un amplio equipo de profesionales experimentados que pueden atender todas sus necesidades empresariales, en materias como:

  • Asistencia jurídica.
  • Asesoramiento empresarial.
  • Recursos administrativos.
  • Protección de datos.
  • Registro de marcas y patentes.
  • Registro de dominios.
  • Propiedad intelectual e industrial.
  • Conflicto entre dominios y denominaciones sociales.
  • Morosidad y recobros.
  • Coaching empresarial y motivación.

Con www.asesoriaonline.net tendrá todo lo necesario para el inicio de su actividad con un solo click, de forma rápida y sencilla. o si lo prefiere puede llamarnos al  954 310 946.

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Consejos para emprender (bien) en septiembre

¿Por qué emprender en septiembre?

Septiembre es muy buena época para emprender. Y no porque nosotros lo digamos.

Está demostrado que cuando se regresa a la rutina, tras las vacaciones del verano, la capacidad de concentración es mayor. Como también son mayores las ganas de hacer y descubrir. Se vuelve descansado con nuevas y mejores ideas.

Y como tú, lo normal es que todos volvamos al trabajo, con lo que se normaliza la relación entre cliente y proveedor.

La “vuelta al cole” supone, además, uno de los mayores gastos del año. Así que estamos acostumbrados a que nuestro bolsillo se resienta en septiembre y, por tanto, somos más laxos a la hora de comprar todo tipo de bienes.

Y, si lo piensas, estamos a la vuelta de la esquina la Navidad. Momento muy propicio para implementar campañas de marketing que posicionen tu producto en el mercado y aumenten las ventas.

Todo ello hace que septiembre, encarando el último trimestre del año, sea una fecha excepcional para poner en marcha esa idea que te ronda la cabeza.

No todo vale. Consejos para emprender en septiembre

Durante este verano hemos conocido este dato: solo el 15,5% de los trabajadores por cuenta propia que disfrutaron de la tarifa plana, sigue activo a día de hoy.

No es una buena cifra, teniendo en cuenta lo quela tarifa plana ha costado a las arcas del Estado en apenas 5 años: 3.200 millones de euros.

Por eso es fundamental, antes de lanzarnos al emprendimiento, entender que no todo vale y que no todos valemos para ser nuestro propio jefe.

¿Qué deberías tener en cuenta antes de convertirte en trabajador por cuenta propia?

  1. Pregúntate: ¿sirvo para esto?

Uno de los mayores problemas con los que tiene que enfrentarse el emprendedor es que no tiene piel de emprendedor. Sí, esto suena duro, pero es así.

Hay que ser consciente de que no todo el mundo sirve para ser autónomo. ¿Por qué?

Primero porque no tendrás un sueldo fijo al que atenerte. Así que si eres de los que le gusta tenerlo todo atado y dejar poco a la improvisación… este no es tu sitio.

Y no porque los trabajadores por cuenta propia no sean personas sesudas y organizadas, sino porque tienen que enfrentarse a diario a multitud de vicisitudes de las que tienen que salir airosos puesto que la supervivencia de su negocio depende de ello.

Segundo porque debes ser una persona creativa y con capacidad multitarea. Además, tienes que hablar con proveedores y ser capaz de evitar las deudas.

Y tercero, porque debes ser una persona crítica y analista.

Deberías tener la capacidad de echar un vistazo a tu negocio de vez en cuando y ver qué está yendo bien y qué mal, para ponerle remedio o invertir más en lo que esté siendo más rentable.

Cuando tu negocio depende de ti y sólo de ti, poder hacer autocrítica es fundamental. Y ser capaz de analizar de qué salud goza tu negocio y el mercado en el que te mueves, vital.

Si reúnes todos estos requisitos ¡enhorabuena! serás un buen autónomo.

En caso contrario, te recomendamos ir actualizando tu currículum.

  1. Piensa qué sabes hacer

No deberías lanzarte a montar un restaurante si no tienes ni idea de hostelería. Esa es la norma y no todo el mundo se la plantea antes de emprender. Error.

Los conocimientos propios sobre determinada materia son muy útiles a la hora de empezar con un negocio. Si conoces el producto y el mercado en el que se mueve, créeme, llevas mucho avanzado.

Deberías elegir, siempre, algo que no sea ajeno a ti.  Un bien o servicio que se te de bien, con el que te sea fácil diferenciarte de tus competidores.

Si se te da bien la costura y tienes conocimientos y experiencia, lo lógico es que montes un taller de costura antes que un bar ¿no?

Pues no todo el mundo lo tiene tan claro y de esta sencilla clave dependerá el éxito del negocio mismo.

  1. Realiza un estudio de viabilidad

No le tengas miedo a hacer un estudio de viabilidad. Aunque te lleve tiempo previo es algo realmente útil.

Si ya sabes cuál va a ser el producto que vas a comercializar, lo siguiente es que analices si tu idea es viable o no. Es decir, si te va a reportar beneficios económicos o no.

Hay muchas maneras de hacer este estudio de viabilidad. Pero en lo básico debes analizar:

– Las oportunidades del negocio dentro del mercado:

Es decir, mira qué competidores tendrías, cuál es el precio que han puesto al mismo bien o servicio que tú quieres vender, presupuestos de proveedores… oportunidades detectadas, al final, en el entorno, que te conduzcan a la concreción de tu nicho de mercado.

El espacio exacto del mercado en el que implementarás tu bien o servicio.

– El cliente potencial:

Descubre en qué te diferencias para encontrar el cliente exacto al que dirigirte (dentro del nicho de mercado).

Ahorrarás tiempo y dinero si afinas “el tiro” lo máximo posible.

– Requisitos legales:

Piensa si necesitas un local o no, si tu producto soporta tasas o impuestos especiales, qué requerimientos legales son exigidos antes de “levantar la persiana” de tu negocio…

Debes hacer las cosas bien desde el principio si no quieres enfrentarte a multas y sanciones.Para ello, lo mejor es que, si no eres muy ducho, confíes en profesionales que hagan por ti todo el papeleo.

– Plan de negocio que quieras llevar a cabo:

No debes ponerte a trabajar “a lo loco”, sin una estrategia concreta.

Piensa en establecer un plan de gastos (stock, proveedores, materia prima, alquiler…) y otro de ventas (provisión de ventas al mes, estacionalidad en momentos como verano cuando descienden o navidad cuando aumentan, lanzamientos, ofertas…).

Y, con todo, puedes marcarte un plan de marketing que haga posicionar tu marca y tu producto por encima del resto de los competidores del mercado.

  1. Con qué financiación cuentas

El último consejo es que, antes de lanzarte a emprender, pienses con qué financiación cuentas.

No quiere decir que tengas que tener un capital abrumador en el banco para ser autónomo, pero sí que analices concienzudamente qué dinero necesitarás para empezar y de dónde lo sacarás.

Al principio los gastos suelen ser mayores que los beneficios, por norma, así que piensa si puedes externalizar determinadas partes del proceso de tu producción para abaratar el producto.

Si recurres a una entidad financiera para solicitar un préstamo, no olvides que tendrás que devolver los intereses del mismo. No pasa nada, pero inclúyelos en tu plan de gastos.

Si lo prefieres, como alternativa a la banca tradicional hay plataformas de financiación en las que una multitud de inversores anónimos apuestan por los proyectos en los que creen. Hablamos del crowdlending, suele ser más barato y accesible.

 

Noticia original: https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/emprender-en-septiembre/

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El contrato en prácticas: requisitos, características e incentivos

El contrato en prácticas

El contrato en prácticas es una buena opción si lo que queremos es enseñar a recién titulados para que complementen su formación. Y si optamos por este tipo de contrato, tendremos una serie de bonificaciones y reducción de costes laborales.

¿Qué es un contrato en prácticas?
Un contrato de trabajo en prácticas es aquel dirigido a profesionales con una determinada formación que quieren un puesto de trabajo que les permita aprender el desarrollo del mismo. Se trata de que la persona contratada obtenga la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios.

Requisitos de los trabajadores

Este contrato podrá concertarse estén en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.

Que no hayan transcurrido más de cinco años, o de siete cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, desde la terminación de los estudios. Si el trabajador es menor de 30 años no se tiene en cuenta la fecha de terminación de los estudios.

Características del contrato

  • Deberá formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto a desempeñar durante las prácticas.
  • Deberá comunicarse al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación, así como sus prórrogas.
  • Cuando se formalice el contrato con un trabajador discapacitado el contrato se formalizará, en cuadruplicado ejemplar, en modelo oficial. Al contrato se acompañará solicitud de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, así como el certificado de discapacidad.
  • En el supuesto de trabajadores a distancia, en el contrato deberá hacerse constar el lugar en que se realice la prestación.
  • Si el contrato se celebra a tiempo parcial en el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución. De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios y el número y distribución de las horas contratadas.
  • Su duración no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años; dentro de estos límites los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán determinar la duración del contrato. Si el contrato en prácticas se hubiera concertado por tiempo inferior a dos años, se podrán acordar hasta dos prórrogas, con una duración mínima de seis meses.
  • El periodo de prueba no podrá ser superior a un mes para trabajadores que estén en posesión de titulo de grado medio o certificado de profesionalidad de nivel 1 o 2, ni a dos meses para los trabajadores que estén en posesión de titulo de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3, salvo convenio colectivo.
  • En ningún caso el salario será inferior al salario mínimo interprofesional. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en función de la jornada pactada.
  • A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas realizadas en cada uno de ellos.
  • Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación.
  • Si al término del contrato el trabajador continuase en la empresa, no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa.
  • Las empresas de trabajo temporal podrán celebrar contratos de trabajo en prácticas con los trabajadores contratados para ser puestos a disposición de las empresas usuarias de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora del citado contrato.

Incentivos a la empresa

Las empresas que contraten trabajadores de prácticas tendrán una serie de beneficios:

  • Reducción del 50% de la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes del trabajador, si se contrata a un menor de 30 años o menor de 35 si tiene un grado de discapacidad de, al menos, el 33%.
  • Esta reducción será del 75% si se contrata a un trabajador que, en el momento de la contratación, estuviera realizando prácticas no laborales.
  • La bonificación será del 100% si, además de cumplir una de las condiciones anteriores, se suma que la persona contratada pertenece al Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Si el contrato en prácticas se convierte en indefinido la empresa podrá beneficiarse de una bonificación de 500 euros anuales durante 3 años en el caso de los hombres y de 700 euros en el caso de mujeres, que se descontarán de la cuota a la Seguridad Social.

Si necesitas asesoramiento para realizar un contrato en prácticas en tu empresa o negocio puedes contactar con www-asesoria-online.net

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Perfil del autónomo 2018 en España (Infografía)

Autónomos 2018 – Infografía

Tras el término del primer semestre de 2018, ya podemos conocer los datos que componen el perfil del autónomo en España.

La Tarifa Plana parece haber dado un impulso importante al emprendimiento.

Y es que más de 73.000 personas se han dado de alta en el RETA como persona física o jurídicade enero a julio.

Se han incrementado en un 48,9% los autónomos con menos de 6 meses de antigüedad.

Y han crecido los autónomos con pluriactividad y los familiares colaboradores.

Además, destaca el impulso emprendedor de las mujeres por encima del de los hombres.

2 de cada 3 autónomos llevan con su negocio más de 3 años

El primer semestre de 2018 deja un resultado de 3.274.205 personas dadas de alta como autónomos en el RETA.

6 de cada 10 trabajadores por cuenta propia lo son como persona física, exactamente el 61,3%. Hablamos de 44.011 personas.

El 38,7% restante, ha causado alta con algún tipo de sociedad. Losautónomos societarios ya son 1.267.420 personas.

Cada vez más trabajadores por cuenta propia logran consolidar sus negocios.

Dos de cada tres, llevan con la misma actividad empresarial más de tres años, el 66,2% del total.

Uno de cada dos autónomos, el 54,1%, lleva más de 5 años frente a su negocio.

Las mujeres tienen mayor impulso emprendedor

Han aumentado los autónomos de ambos sexos. De las más de 44.000 altas como persona física en este primer semestre de 2018, el 53,8% son varones frente al 46,2% de mujeres.

Eso sí, son las mujeres las que tienen mayor impulso emprendedor: 3% de ellas, frente al 1,9% de ellos.

Y si nos fijamos en la edad, son los menores de 25 años los que más crecen con un aumento experimentado del 7,8%. Pero siguen siendo los autónomos con edad comprendida entre los 40 y 54 años, el grupo más numeroso con casi de 1 millón de personas.

Los autónomos como generadores de empleo

Uno de cada 5 autónomos persona física tiene asalariados a su cargo. Hablamos del 22,3%, más de 447.000 personas.

Ellos han generado 719 empleos netos cada día, lo que significa que han creado un total de 55.543 nuevos puestos de trabajo asalariado.

Por lo que podemos decir, sin lugar a equívocos, que el trabajador por cuenta propia sigue siendo fuente generadora de empleo. Una tendencia que, además, es al alza.

Tan solo el 5,4% de los trabajadores por cuenta propia lo hace con pluriactividad y los familiares colaboradores han crecido un 1,7% en este primer semestre de 2018.

Los inmigrantes ya son más del 10% de los autónomos

Los inmigrantes que se lanzan al emprendimiento son cada vez más.

El 10,3% del total de los autónomos persona física de nuestro país, más de 206.000, son de nacionalidad diferente a la española y están cotizando en el RETA y, por tanto, contribuyendo a las arcas del Estado.

Su ritmo de crecimiento, además, se sitúa en el 8,7% frente al 1,5% de los autónomos de nacionalidad española.

Si analizamos por actividad, excepto la agricultura, que ha perdido 663 autónomos, todos los sectores han crecido en estos primeros seis meses de 2018.

Sobre todo, han crecido las actividades inmobiliarias, con un incremento del 10%.  Le siguen con un 8% las artísticas y de entretenimiento y, con un 5%, las actividades administrativas.

 

Noticia original:https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/perfil-del-autonomo-2018/

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¿Cuál es la diferencia entre actividad empresarial y profesional?

¿Actividad empresarial o profesional?

Es posible confundir términos que parecen semejantes, sin embargo, son diferentes. Este es el caso, por ejemplo, de actividad empresarial y profesional. Términos distintos en su naturaleza esencial. ¿Cuáles son las diferencias de ambos términos? Conviene clarificar ambos conceptos puesto que, dependiendo del tipo de proyecto que quiere materializarse, la forma de la actividad será una u otra. En Empresariados reflexionamos sobre esta cuestión.

Qué es la actividad profesional

Este concepto hace referencia a la preparación académica de aquel experto que se predispone en la práctica de un itinerario especializado para el que se ha formado en el mercado de trabajo. Es decir, la persona obtiene una productividad económica a partir de su oficio, su formación o su titulación. Un ejemplo de figura que realiza este tipo de actividad es el autónomo profesional.

Qué es la actividad empresarial

En oposición al punto anterior, en este caso prevalece la visión empresarial en la acción misma. Por tanto, existe un organigrama de empresa a partir de la estructura misma del tipo de negocio que está integrado por una plantilla.

Si te encuentras en el inicio de tu carrera, es recomendable que solicites información personalizada para concretar el tipo de actividad que mejor se ajusta a tu caso. Ambas formas también tienen diferencias fiscales para los autónomos empresarios y los autónomos profesionales (un dato que depende del tipo de actividad económica).

Una persona puede empezar realizando una actividad profesional y decidir en otro momento realizar una misión empresarial. Por ejemplo, un profesor particular que imparte clases de inglés a domicilio decide montar una academia de idiomas en otro momento posterior. La estructura misma de la actividad cambia porque en este segundo caso es necesario un soporte distinto para sacar adelante el proyecto a partir de un plan de acción que produce un rendimiento empresarial.

Si buscas una asesoría integral que resuelva todas tu dudas no dudes en contactar con www.asesoriaonline.net.

Noticia original:https://empresariados.com/cual-es-la-diferencia-entre-actividad-empresarial-y-profesional/

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¿Qué es un informe de riesgo comercial y cuándo solicitarlo?

Informe de riesgo comercial: qué es y cómo solicitarlo

Una empresa tiene que tomar decisiones importantes a lo largo de su historia. Con el fin de minimizar la incertidumbre, las empresas pueden hacer una lectura de datos sobre la entidad a través de un informe de riesgo comercial que estudia el estado financiero visto desde su evolución. Este tipo de informe es considerado por parte de las entidades que ofrecen crédito con el fin de evaluar los riesgos de esta situación.

Para qué sirve un informe de riesgo comercial

De hecho, este tipo de informe es un documento que un emprendedor puede utilizar como medio de información trasparente cuando busca financiación externa para su negocio. A su vez, por medio de esta interacción, una empresa también puede protegerse frente a la vulnerabilidad que produce el riesgo de una situación de morosidad puesto que a través de esta lectura de datos también puedes elegir mejor a tus proveedores.

Si te encuentras en un momento en el que vas a realizar una colaboración comercial, solicitar un informe de riesgo puede ser una decisión práctica puesto que este tipo de informe contiene una descripción de los datos más significativos de ese perfil corporativo. Las conclusiones extraídas de un informe de este tipo pueden describir la solvencia de la empresa.

Toma de decisiones

Este tipo de información puede ayudarte a decidir con mejor criterio tus alianzas comerciales a través del respaldo que ofrece la información contrastada de este tipo de documento. Por tanto, esto repercute de manera positiva en el éxito de las alianzas establecidas y en la propia imagen de marca.

Existen empresas que ofrecen servicio de asesoramiento en torno a la creación de este tipo de informes que contiene datos relativos a las fortalezas, debilidades e incidencias de una entidad poniendo una atención especial en el factor financiero.

Noticia original: https://empresariados.com/que-es-un-informe-de-riesgo-comercial-y-cuando-solicitarlo/

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Subida bases de cotización de los autónomos

Bases de cotización autónomos hasta finales de 2018

Hoy miércoles, 4 julio de 2018, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en la que quedan determinadas las bases de cotización del autónomo para lo que queda de año.

Te adelantamos que al término de este mes de julio, el autónomo deberá hacer frente al 1,4 % de incremento en las bases mínima y máxima de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social que se materializará en una subida de casi 4 euros mensuales de la cuota de autónomos, persona física, ya que los autónomos societarios no experimentarán estos aumentos.

Noticia original: https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/cotizacion-del-autonomo-en-los-presupuestos-generales-2018/

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10 soluciones para ahorrar más facturando lo mismo

Cómo ahorrar facturando lo mismo

La liquidez es una de las mayores preocupaciones del autónomo; dicho de una manera más llana, la principal inquietud del autónomo a final de mes es el dinero que tiene en el bolsillo -o en caja-. Conscientes de ello, en Infoautónomos te damos a conocer las soluciones fiscales y de gestión para ahorrar más facturando lo mismo, soluciones de ahorro que te conducirán a una mayor liquidez.

Es importante conocer las opciones legales con las que cuentas para optimizar la gestión fiscal de tu negocio y obtener la máxima liquidez después de cumplir con todas tus obligaciones tributarias, obligaciones que en la asesoría online de Infoautónomos nos encargamos de realizar en tu nombre.

A continuación te detallamos algunas de las soluciones que la ley te permite para amortiguar el impacto de los impuestos en la contabilidad de tu negocio pero también las opciones de ahorro en tus obligaciones con la Seguridad Social:
1. IRPF  e IVA deducibles para ahorrar más

Aunque las deducciones de gastos en el IRPF  e IVA no deben ser tomadas por el trabajador autónomo, que tribute en estimación directa,  a la ligera como una fórmula fácil de ahorro, aplicadas conforme a lo legalmente establecido, gasto afecto a la actividad, debidamente justificado y contablemente registrado, te ayudará a economizar e incrementar tu solvencia. Te detallamos las deducciones fiscales en el IRPF. Este año la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha añadido como novedad la deducción en el IRPF del 30% de los gastos sobre el porcentaje de vivienda afecta a la actividad y la deducción de dietas en los mismos términos que los trabajadores de Régimen General.

Además, recuerda que también puedes beneficiarte de las deducciones por maternidad, familia numerosa y/o descendientes o ascendientes a cargo con discapacidad.
2.Deducciones de gastos previos al inicio de actividad

Los inicios pueden resultar especialmente duros. Por eso, te conviene más que nunca procurar el mayor ahorro. Hacienda te posibilita la deducción en el IRPF  e IVA de gastos necesarios para la puesta en marcha del negocio. Se trata de gastos de inversión que te puedes deducir siempre que se cumplan estos requisitos:

Dar aviso a Hacienda de la intención de emprender presentando el modelo 036 y marcando la casilla 504. Este trámite notifica un alta previa al inicio de actividad.
Facturas emitidas con fecha posterior a dicha alta previa en Hacienda.

A posteriori, deberás proceder a una segunda alta en Hacienda para iniciar tu actividad.
3. Planes de pensiones

Las aportaciones a los planes de pensiones también conllevan una importante ventaja fiscal.  En este caso el autónomo puede desgravarse hasta un máximo de 8.000 euros o hasta el 30% de los rendimientos netos procedentes de  actividades económicas o de trabajo.
4. Seguros de salud

No olvides desgravarte el seguro de salud en tu Renta. El seguro médico permite a los autónomos deducir las primas hasta un límite de 500 euros por persona. El autónomo también puede incluir la cuota del cónyuge y los hijos menores de 25 años. El límite de 500 euros por persona se amplía a 1.500 euros en caso de persona con discapacidad.
5. Reducción por inicio del 20% por inicio de actividad

Si inicias actividad económica en estimación directa, sin haber ejercido ninguna otra en el año anterior, puedes reducir en un 20% tu rendimiento neto (ingresos – gastos) positivo en el primer año y el siguiente.  en un 20% en tu IRPF.  Si en el primer año tienes pérdidas no podrás acogerte a la reducción, aunque se te reserva para cuando cumplas las condiciones.
6. Pasar de persona física a persona jurídica

La fiscalidad del autónomo está determinada por los beneficios que éste obtiene. Por este motivo,  la carga fiscal del autónomo,  persona física, es, en líneas generales, mayor que la de una persona jurídica.  En el momento en que tu facturación como autónomo rebase el umbral de los 40.000 euros debes plantearte cambiar de autónomo a sociedad.
7. Recuperar el IVA de los impagos con factura rectificativa para ahorrar más

Lamentablemente las facturas impagadas son un continuo en la contabilidad del autónomo. Pese a ello, nadie se libra de la cita trimestral con Hacienda para declarar y pagar el IVA a través del modelo 303, pero el autónomo tiene la posibilidad de recuperar el importe del impuesto y con ello la liquidez que necesita.

Esta posibilidad, para la que hay que realizar un proceso de requerimiento judicial o notarial,  está sujeta a los requisitos de que el deudor sea autónomo o empresa y la factura no se haya cobrar durante los seis meses posteriores a su emisión. La solución al problema reside en la emisión de una factura rectificativa, anulando la cuota de IVA de la original, que presentarás ante Hacienda, e incluirás en el modelo trimestral del periodo en que la emites.
8. Acogerte a las bonificaciones de la cuota de autónomos

Ya en el apartado de Seguridad Social,  las reducciones en la cuota de autónomos figuran entre los trucos de ahorro más destacables de este top ten.

La actual tarifa plana, la más notable de la bonificaciones, supone un ahorro de hasta 2.700 euros durante el primer año para los nuevos autónomos que se acojan a ella. Este ahorro se reduce por tramos durante el segundo año y último año con excepción de los autónomos menores de 30 años y las autónomas menores de 35 que disfrutan de la bonificación durante un tercer año.

La tarifa plana no es la única de las bonificaciones de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para madres autónomas, para autónomos con discapacidad o autónomos en situación de pluriactividad; las bonificaciones en la cuota del RETA siempre son una opción de ahorro que debes tener en cuenta.
9. Beneficiarte de las bonificaciones por contratación para ahorrar más

Continuamos con el tema de las bonificaciones, esta vez en el caso de incrementar la plantilla del negocio. Contratar a un trabajador supone un desembolso importante cuyo impacto se puede amortiguar también con reducciones en la cuota por contratación que el autónomo empresario paga a la Seguridad Social en concepto de cotizaciones sociales por el nuevo trabajador.

Las posibilidades que da la Seguridad Social para ahorrar más son múltiples premiándose aspectos como la conversión de un contrato temporal en uno indefinido, la contratación de jóvenes desempleados, mayores de 45 años, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social .

En este artículo sobre bonificaciones a la contratación te contamos tus opciones de ahorro con detalle.
10. Darte de baja o cambiar de base en periodos de inactividad

Si tu actividad económica está sujeta a la estacionalidad es probable que tengas periodos de parón. En ese momento, dependiendo de tu facturación puedes optar por dos soluciones para ahorrar más:

Darte directamente de baja como autónomo en Hacienda y Seguridad Social si la inactividad te deja unos ingresos tan bajos que no te compensa continuar pagando cuota de autónomo e impuestos.
Reducir tu base cotización siempre que no sea ya la mínima y con ella tu cuota de autónomos. La Reforma de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo permite al trabajador por cuenta propia cambiar hasta cuatro veces su base de cotización.

¿Necesitas que te asesoremos?

Noticia original: https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/10-soluciones-para-ahorrar-mas/

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Objetivos de Inspección de Trabajo: contratos parciales, temporales y falsos autónomos

Objetivos de la Inspección de trabajo

La Inspección de Trabajo parece que es uno de las áreas en las que el nuevo Gobierno quiere invertir recursos. Y aquí decimos bien, invertir, ya que se estima que con la sanción de las actuaciones irregulares de muchas empresas se recuperaría con creces el aumento de recursos para este organismo. Los objetivos de Inspección de trabajo son contratos parciales, temporales y falsos autónomos.

No se trata de que por el hecho de que nuestra empresa tenga contratados empleados a tiempo parcial esté realizando ningún fraude. Pero si lo hará si estos trabajadores de hecho están haciendo una jornada completa y se les retribuye como horas extra. Hay que tener en cuenta que un trabajador con contrato a tiempo parcial no puede hacer horas extra, solo complementarias que tienen que estar previamente pactadas.

Si no se inspecciona, muchos prefieren asumir el riesgo de defraudar y ahorrarse mucho dinero

Además tienen que tener un control diario de las horas realizadas que se debe entregar al trabajador a final de mes. El Ministerio de empleo estima que se están haciendo 9 millones de horas ilegales a la semana, tal y como declaró la Ministra Valerio en una reciente entrevista. Esto supone unos 2.000 millones menos de ingresos al año para la Seguridad Social.

El abuso de la contratación temporal también en el punto de mira de la Inspección de Trabajo

A esto le tenemos que sumar el abuso de la contratación temporal. Trabajadores que deberían ya estar contratados como indefinidos y que siguen con contratos temporales, por obra y servicio de forma eterna. Un ejemplo de ello es la reciente sanción a Amazon por abuso de contratación temporal vulnerando el convenio del sector de la logística.

Esta es una labor que ya se avisó y se venía persiguiendo desde principios de año. Además se han endurecido las sanciones, puesto que ahora se impondrán tantas como contratos temporales sin causa justificada haya en la empresa. Esto hace que la multa sea mucho más elevada, además de tener la obligación de convertir los contratos temporales en indefinidos.

Falsos autónomos, otro agujero en los ingresos de la Seguridad Social

Por último están los falsos autónomos, uno de los fraudes que más daño hacen a la Seguridad Social. Sobre todo porque en muchos casos además se benefician de la tarifa plana para pagar todavía menos. Y en este caso se dejan de ingresar 560 millones, otro pellizco a las arcas de la Seguridad Social.

La realidad es que la probabilidad de sufrir una inspección es muy baja

Las sanciones que se imponen a las empresas que tienen contratados a falsos autónomos oscilan entre los 3.126 y los 10.000 euros. A estas cantidades hay que sumarle lo que nos pueda reclamar la Seguridad Social de las cuotas correspondientes a estos trabajadores y el correspondiente recargo. Muchas pueden verse tentadas a utilizar esta modalidad de trabajadores, pero la verdad es que si nos pillan el agujero en nuestras cuentas será más bien un socavón del que costará salir.

Quizás con todos estos ingresos que no se regularizan el préstamo que la Seguridad Social ha tenido que solicitar de más de 10.192 millones para pagar la paga extra de los pensionistas habría tenido que ser un poco menor. Para las pymes que hacen todo de forma correcta también será una buena noticia, porque otras simplemente están realizando una competencia desleal que les reta competitividad.

Noticia original: https://www.pymesyautonomos.com/tramites/objetivos-inspeccion-trabajo-contratos-parciales-temporales-falsos-autonomos

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¿Qué es una auditoría?Obligatoria y voluntaria

Qué es una auditoría

La auditoría es un proceso por el que un experto, o empresa, independiente analiza las cuentas anuales de una empresa a fin de determinar si la imagen de una sociedad es real en cuanto a su situación financiera y resultados.

En España determinadas empresas y entidades están obligadas a realizar auditorías, pero, también las hay que, sin estar obligadas deciden auditarse.

Y es que, más allá de descubrir un fraude fiscal, este tipo de análisis puede ayudar a una empresa a revelar sus puntos flacos, sus debilidades y amenazas.

Se trata de una herramienta de control financiero y administrativo, mediante la que se pueden plantear mejoras y nuevos criterios contables más adecuados a los ya implementados por una sociedad, a efectos de mejorar su rendimiento.

De hecho, aquellas empresas que están en fase de crecimiento o cercanas a las circunstancias en las que la auditoría se hace obligatoria, ven en este control un sistema fiable para ordenar sus cuentas y mostrar ante posibles inversores y proveedores transparencia y solvencia.

Qué es una auditoría: Obligados

Existen determinados supuestos en los que la empresa, o entidad, están obligados a la auditoría. La Ley de Sociedades de Capital establece criterios en cuanto al tamaño, la actividad desarrollada o la recepción de ayudas o subvenciones para establecer la imposición.

Así, si la sociedad cumple con dos, o más, de estos ítems durante dos años consecutivos, existe la obligación de auditarse en el segundo periodo:

Obtener unos ingresos superiores a 5.700.000 de euros.
Cifra de activo superior a 2.850.000 euros.
Tener en plantilla más de 50 empleados.
Las Entidades de Interés Público, como lo son, entre otras, entidades de crédito y las entidades aseguradoras, las fundaciones bancarias, las entidades de pago y las entidades de dinero electrónico, etc. También están obligadas al control de la auditoría.

Y también lo están aquellas que reciban ayudas o subvenciones de organismos públicos superiores a 600.000 euros.

Qué es una auditoría voluntaria

Por tanto, tenemos dos tipos de auditorías, las obligatorias y las voluntarias. Las primeras han quedado explicadas ¿cómo se rigen las segundas? ¿cualquiera puede solicitarlas dentro de una sociedad?

Lo primero que debes saber es que, aunque la auditoría sea voluntaria tiene que cumplir con los mismos requisitos procedimentales que la obligatoria, solo que no existe la obligación de publicarla.

Así que tiene que ser realizada por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

Y puede realizarse por el acuerdo de los propios órganos de la sociedad, porque exista una obligación con un tercero a través de un contrato, o porque una parte de los socios, que representen al menos el 5% del capital, la requiera.

Contabilidad de la empresa

Recuerda que en breve tendrás que hacer frente al depósito de las cuentas anuales de tu sociedad, si aún no lo has hecho. Desde que se produce el cierre contable, a 31 de diciembre de cada año, existen 6 meses para aprobarlas, y uno más para proceder a su depósito en el Registro Mercantil.

Esas cuentas anuales estarán compuestas por el balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria. Además del Estado de Flujos de Efectivo y el Informe de Gestión.

Si estás obligado a la auditoría, también tendrás que presentar el Informe del Auditor.

 

Noticia original: https://infoautonomos.eleconomista.es/blog/que-es-auditoria/

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Tres tipos de desempleo

¿Conoces los tres tipos de desempleo?

El desempleo afecta de forma directa a aquella persona que experimenta la inactividad profesional en presente. Sin embargo, el nivel de malestar aumenta cuanto mayor es el horizonte de incertidumbre que se respira en el porvenir. ¿Cuáles son los tipos de desempleo más frecuentes?

Desempleo estacional

Es aquella circunstancia que afecta especialmente a profesionales de sectores en los que la demanda de empleo aumenta durante ciertas estaciones del año mientras que es mínima en otros meses del ciclo. En este caso, la persona observa esta situación de manera previsible a partir de la experiencia vivida en distintas campañas de trabajo en las que el éxito está muy condicionado por el periodo temporal.

 

Desempleo de larga duración

Una situación que produce auténtico pánico a aquellas personas que a pesar de que buscan trabajo con constancia y esfuerzo, no pueden evitar sentirse víctimas del desánimo cada vez que reciben una negativa en una entrevista de trabajo o no obtienen una respuesta en un currículum.

Este desempleo de larga duración también está muy vinculado con el edadismo puesto que existen etapas en las que el riesgo de caer en una situación de este tipo aumenta. Por ejemplo, el desempleo a los 50 años se vive como una experiencia crítica a nivel emocional porque este hecho afecta a la propia autoestima y porque la situación presente también se pone en relación con el momento de la jubilación visto con preocupación.

 

Desempleo cíclico

En este caso, la situación de empleo o falta del mismo depende de las propias características del sistema macroeconómico. Cuando las empresas atraviesan etapas de dificultad y tienen que reducir gastos, entonces, las plantillas de trabajo se reducen de manera visible. Las circunstancias externas influyen constantemente a los ciudadanos. También, en materia de empleo y contratación.

Lo más probable es que todos los profesionales pasen por algún tipo de desempleo a lo largo de su carrera.

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Declaración conjunta ¿cuándo es interesante?

¿Declaración conjunta?

Estamos en plena campaña de la declaración de la renta, y a muchas personas les surge la duda de si es mejor presentar una declaración individual o hacerlo en pareja. Antes de confirmar el borrador del IRPF, conviene que muchas pareja se paren a reflexionar si merece la pena hacer la declaración de manera individual o conjunta.

Para ello no solo hay que valorar los ingresos de cada miembro, si bien eso es lo más importante, sino también tener en cuenta los hijos que se tienen, las deducciones aplicables y si se pueden compensar pérdidas patrimoniales de años pasados.

Qué es la declaración conjunta

Con carácter general, la declaración del IRPF se presenta de forma individual. No obstante, las personas integradas en una unidad familiar, pueden optar, si así lo desean, por declarar de forma conjunta, siempre que todos sus miembros sean contribuyentes por ese impuesto.

En caso de hacer la declaración conjunta, ya no es posible modificar después dicha opción presentando nuevas declaraciones, a no ser que todavía se esté presente dentro del plazo de declaración.

La declaración conjunta no vincula a la unidad familiar para ejercicios sucesivos y abarca obligatoriamente a todos los miembros de esa unidad familiar. Esto es, si uno cualquiera de los miembros opta por declaración individual, el resto debe acogerse a este mismo régimen de tributación.

¿Qué hay que tener en cuenta para hacer la declaración conjunta?

El primer requisito para optar por esta forma de tributación es que ambos contribuyentes estén casados. Para la Agencia Tributaria, las parejas de hecho o la mera convivencia no están reconocidas como unidad familiar, ni siquiera aunque tengan hijos en común.

En caso de hijos en común, solo un miembro de la pareja podrá presentar la declaración conjunta pero con los hijos como unidad familiar, teniendo la otra persona que presentar el IRPF de manera individual.

Una vez queda claro quienes pueden presentar la declaración de manera conjunta, es importante conocer que toda la unidad familar va a quedar sometida al IRPF de manera conjunta y solidariamente, por lo que la deuda tributaria podrá ser exigida por Hacienda a cada miembro de la unidad familiar.

Los mínimos personales, un aspecto a tener en cuenta

La principal variable que determina en qué casos es más beneficioso realizar la declaración conjunta o individual son los ingresos. Cada contribuyente cuenta de partida con un mínimo personal de IRPF de 5.550 euros, que supone en la práctica un descuento sobre la base imponible.

En el caso de las declaraciones conjuntas, se suma otra reducción de 3.400 euros. Esto quiere decir que la unidad familiar no tributaría por 8.950 euros en la declaración de la renta, inferior a la suma de los 11.100 euros con los que contaría cada contribuyente por separado.

Teniendo en cuenta estos datos, por norma general la declaración conjunta solo conviene a los matrimonios en los que uno de los cónyuges no recibe ingresos o, si los recibe, son muy bajos. Solo será rentable hacer la delcaración conjunta si los ingresos del miembro que gane menos dinero no superen los 3.400 euros anuales.

En caso contrario, convendrá cumplir este trámite de manera individual para optimizar así la reducción de mínimo personal.

Las deducciones por compra de vivienda

Desde el 1 de enero de 2013 quedó suprimida la deducción por inversión en vivienda habitual. Sin embargo, para aquellos contribuyentes que, antes de esa fecha, hubieran adquirido su vivienda habitual o satisfecho cantidades para su construcción y vinieran disfrutando de este beneificio fiscal, existe un régimen transitorio que les permite continuar practicando la deducción en las mismas condiciones a como lo estaban haciendo.

Esta deducción está limitada a 9.040 euros anuales por declaración. Si se presentan dos declaraciones individuales en lugar de una conjunta, cada cónyuge podrá desgravar un máximo de 9.040 euros, por lo que la suma de la deducción será el doble.

 

Si estáis pensando en realizar la declaración conjunta podéis consultar todas vuestras dudas en www.asesoria-online.net y os asesoraremos en todo.

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¿Estimación directa o módulos?

¿Qué me compensa más, estimación directa o módulos?

Seguimos a vueltas con la declaración de la renta, y siguen siendo muchos los contribuyentes que se siguen preguntando cómo pagar menos todos los años. Si bien existen muchas fórmulas para la mayoría de contribuyentes, los autónomos lo tienen todavía más complicado. A las típicas deducciones estatales y autonómicas y las diferentes circunstancias personales y familiares se les suma el método de tributación: estimación directa o módulos.

¿Cuándo me compensa tributar por módulos?

Tributar por módulos implica estimar el rendimiento de nuestra actividad de acuerdo a unos parámetros objetivos, como los metros cuadrados del local, el número de empleados o la potencia contratada, entre otros. Una vez se haya obtenido el rendimiento, se paga lo mismo todos los meses con independencia de los ingresos.

Sin embargo, no todos los autónomos pueden tributar por módulos. Existen unos límites cuantitativos en función de nuestros ingresos que marcan la posibilidad de tributar por este método.

Si eres de los que puedes elegir esta modalidad para tributar, te interesa hacerlo cuando los rendimientos obtenidos por módulos sean inferiores a los reales. Esto, por ejemplo, abarcaría un bar pequeño, con poco personal pero con un elevado volumen de negocio. En general, esto se da en negocios consolidados que funcionan bien, aunque la legislación está intentando ponerles coto para evitar que paguen menos, reduciendo cada vez más los límites de facturación que dan derecho a utilizar esta fórmula.

El sistema de estimación objetiva es interesante para aquellos autónomos cuyos rendimientos netos sean superiores a los calculados por módulos

Además, el sistema de módulos es el más sencillo de los dos. En el caso de un negocio que necesite de mucha gestión y contabilidad, quizá sea el mejor sistema por el que se puede optar, pues nos ahorrará muchos costes.

 

¿Cuándo me compensa tributar por estimación directa?

En el caso de la estimación directa, el rendimiento de la actividad se calcula en base a los ingresos y gastos reales del negocio. Los autónomos con actividades empresariales o profesionales que facturen más de 600.000 euros anuales en el año inmediatamente anterior para el conjunto de sus actividades deberán tributar por estimación directa normal; el resto podrán usar el método de la estimación directa simplificada.

Es interesante para aquellos autónomos que hayan comenzado su andadura, pues al inicio de la actividad los ingresos suelen ser bastante menores que más adelante. En estos supuestos, los ingresos y gastos reales suelen suponer un rendimiento inferior al que se calcularía por módulos. Además, los autónomos que se hayan dado de alta a partir del 1 de enero de 2013 y que tributen en este sistema disfrutarán durante dos periodos impositivos de una reducción del 20% en el rendimiento neto positivo.

Ahora bien, los autónomos que tributen por el método de estimación directa tendrán que llevar la gestión de su contabilidad. Esto acarrea más costes de gestión, aunque es cierto que, a diferencia de módulos, pueden aplicarse deducciones para el cálculo del rendimiento neto.

 

 

 

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Sistema RED

¿Sabes cómo darte de alta en el Sistema RED?

La fecha límite es el 1 de septiembre para que los autónomos dse den de alta en el Sistema RED de la Seguridad Social. Para realizar el trámite, que deben presentar ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), pueden hacerlo o bien personalmente o bien a través de su asesoría, en el caso de que dispongan de ella como representante legal.

Esta obligatoriedad viene recogida en la Orden ESS/214/2018 y ha sido publicada recientemente dando de plazo seis meses para que los trabajadores por cuenta propia puedan realizar esta afiliación a un sistema que lo que pretende es agilizar trámites, reducir los casos en los que se requiera presencia física para la gestión de ciertos trámites y limitar el uso de papel.

El Sistema RED o Sistema de Remisión Electrónica de Datos es un sistema de comunicaciones y notificaciones electrónicas de la Tesorería General que permite al trabajador por cuenta propia la realización de servicios como inscripción y afiliación de empresas, altas y bajas, variación de los datos de los trabajadores, partes médicos y otras comunicaciones de prestaciones.

¿A quién afecta la obligación de darse de alta en el Sistema Red?

Esta obligatoriedad va dirigida a la mayor parte de los trabajadores por cuenta propia que están dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y a aquellos que pertenecen al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Por el contrario, no afecta a los trabajadores del Sistema de Empleados del Hogar como tampoco a los profesionales taurinos ni a los grupos segundo y tercero del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Pasos para darse de alta en el Sistema RED

El 1 de septiembre aquellos autónomos que hemos mencionado líneas más arriba como profesionales obligados a dar el paso deberán estar afiliados en el Sistema RED por lo que el 31 de agosto es la fecha límite para realizar el trámite.

Si un profesional cuenta con una asesoría de empresas como representante legal, podrá despreocuparse de estos trámites. Sin embargo, si no lo tiene o quiere ser personalmente quien se ocupe de hacerlo deberá tener en cuenta las siguientes anotaciones.

Para poder realizar la tramitación es necesario que el autónomo aporte una fotocopia del DNI, la documentación con la cual informa de que está dado de alta en la Seguridad Social como como trabajador por cuenta propia, así como una solicitud expresa para acceder al Sistema RED. Toda esta documentación es la que debe presentar ante cualquiera de las sedes de la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

Si necesitas ayuda para este trámite, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en  www.asesoria-online.net

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Los tipos de factura más frecuentes entre los autónomos

¿Qué tipos de facturas son las más frecuentes para los autónomos?

 

Dependiendo las circunstancias, los autónomos tienen hasta cuatro tipos de facturas diferentes que pueden emitir. Vamos a repasar qué implicaciones tiene cada una de ellas, cuándo deben emitirse y qué tipos de datos deben llevar cada una de ellas.

La factura normal

El primer tipo de factura es la factura normal. Es la factura más habitual, y la que legalmente refleja las operaciones más habituales realizadas entre un autónomo y sus clientes. En ella, el autónomo tiene que incluir todos los datos obligatorios, como número y serie, la fecha de expedición de la factura, los nombres y apellidos tanto del destinatario final de la operación como del obligado a expedir la factura, el número de identificación fiscal, domicilio, descripción de las operaciones e importe de la base imponible.

En la base imponible se debe incluir tanto el precio unitario del bien o servicio como cualquier descuento o rebaja no incluido dentro del precio unitario.

La factura simplificada

Desde 2013, cuando el Reglamento de facturación introdujo la factura simplificada, todas aquellas actividades por las que antes era suficiente con el ticket, deben facturar sus actividades mediante este documento. La factura simplificada puede emitirse a elección del emisor cuando el importe del trabajo no exceda los 400 €, IVA incluido, cuando deba expedirse una factura rectificativa, o cuando el importe de la operación no exceda de 3000 €, en algunas operaciones, como servicios de ambulancia o transportes de equipajes.

En una factura simplificada deben constar número y, en su caso, serie, fecha de expedición de la factura, el NIF del obligado a expedir la factura, el nombre y apellidos del obligado a emitir la factura, la identificación del tipo de bienes, el IVA, el importe total a pagar y el NIF, nombre y apellidos y domicilio del destinatario y cuota tributaria.

 

Factura rectificativas

Al contrario de lo que se pueda pensar, si nos damos cuenta de que hemos cometido algún error en la confección y emisión de una factura, no debemos corregir el documento original, sino utilizar una factura rectificativa. Algunos de estos errores pueden ser el fallo a la hora de calcular los importes expuestos, ausencia de información relevante en el documento o una cuota mal calculada.

En las facturas rectificativas deben constar, al menos, todos aquellos datos que permitan identificar la factura original que se quiere modificar (número y fecha), el motivo de la emisión y el detalle de la rectificación que se va a efectuar. Debe quedar bien claro que se trata de una factura rectificativa y llevará una numeración diferente a la original.

 

Factura electrónica

La factura electrónica es, sin duda, el documento que perdurará en breve como documento más extendido para facturar los servicios de los autónomos. Desde 2015, su uso ya es obligatorio para trabajar de proveedor con la Administración Pública. Se trata de un equivalente funcional de la factura en papel, con la misma validez y los mismos datos, pero con la única diferencia de que se emite y se envía por medios telemáticos.

Te ayudamos con tus facturas, contacta con www.asesoria-online.net

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¿Qué es la factura recapitulativa?

Factura recapitulativa

La factura recapitulativa se utiliza cuando existen operaciones entre personas o empresas de manera recurrente. Básicamente lo que hace es aglutinar la información de todos los tiques o albaranes expedidos en un mes natural a un mismo receptor en un solo documento. Así que si tienes un alto volumen de transacciones con un mismo cliente de forma periódica, esta es la fórmula más recomendada para ti.
Cómo hacer una factura recapitulativa

La factura recapitulativa es un documento fiscalmente exigible por lo que tiene que cumplir con determinados requisitos para que sea válido. Debe incluir todos y cada uno de los datos que te enumero a continuación:

1.Número y, en su caso, serie. Tienen que estar numeradas correlativamente. Normalmente cada año se iniciará una nueva serie.
2.Fecha del día de expedición.
3.Identificación tanto de emisor como de receptor de la transacción objeto de la factura con nombre y apellidos, razón o denominación social completa.
4.Número de identificación fiscal de la administración española, o cualquier otra de la Unión Europea, con el que el emisor ha realizado la operación.
5.Domicilio fiscal de ambos.
6.Descripción de las operaciones. Es sumamente importante, y más en el caso de la factura recapitulativa, que el Concepto quede bien especificado. Por tanto, hay que describir las operaciones especificando los datos necesarios para la determinación de la base imponible del impuesto.
7.El IVA correspondiente y el tipo impositivo del recargo de equivalencia, si procede. Del mismo modo, si eres profesional tendrás que especificar el porcentaje de retención del IRPF que aplicas a la operación.
8.En su caso, la cuota tributaria a repercutir.
9.El importe a pagar.

Estos son datos que debe contener cualquier factura para ser válida, la diferencia con las recapitulativas estriba en que a la hora de “describir las operaciones” no especificarás solo una, sino que deberás establecer una relación con todas las operaciones o servicios que se han agrupado en este documento.

Ten en cuenta que las facturas recapitulativas se sustentan en la emisión de albaranes o tiques que de por sí carecen de validez fiscal. Por ello, cuando la información que se contiene ellos se especifica con concreción en la factura recapitulativa, éstos pueden destruirse.

Recuerda que el IVA general es del 21% pero que existen actividades exentas a las que no se aplica este impuesto y otras que tributan con porcentaje diferente (10% tipo reducido o 4% superreducido). Algo que debes tener en cuenta para cumplimentar la factura recapitulativa.

Si después de leer este artículo mantienes dudas sobre este tipo de factura o tus obligaciones contables, o, simplemente, prefieres que un especialista se haga cargo de esta tarea, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de asesores en www.asesoria-online.net

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Qué es la incapacidad temporal y cómo tramitarla

¿Qué es la Incapacidad Temporal?

El trabajador por cuenta propia también tiene derecho a pedirse una “baja laboral”. Si, puede que hasta te suene extraño, pero debes saber que, si pasas por una enfermedad común, profesional o un accidente que te impida desarrollar tu actividad económica, puedes pedir el subsidio por Incapacidad Temporal (IT).

Se trata de una ayuda para afrontar la pérdida de ingresos mientras estás recibiendo asistencia médica de la Seguridad Social. Tiene una duración máxima de 365 días, pero, si se dan determinados requisitos, puede ampliarse hasta seis meses más.

Se inicia por enfermedad común o accidente no laboral, desde el cuarto día de baja, y por accidente de trabajo o enfermedad profesional, desde el día siguiente al de la baja.

Pasos para recibir el subsidio por Incapacidad Temporal

1. Poseer el parte médico que justifique la “baja laboral”. El Servicio Público de Salud o la Mutua en la que estés pagando la cuota correspondiente, son los organismos que deben expedir este parte médico. A ellos tendrás que recurrir para confirmar la baja, si que es tu enfermedad se extiende en el tiempo y, también te darán el parte de alta cuando de nuevo estés capacitado para desarrollar tu actividad.
2. Solicitar el cobro de la IT mediante documento oficial, que puede ser obtenido en la página web de la seguridad social.
3. Justificar que estás afiliado y dado de alta y has cubierto un periodo de cotización de 180 días.
4. Rellenar un impreso, que también está a tu disposición en la página web de la Seguridad Social, en el que tienes que especificar en qué situación queda tu actividad mientras estás de “baja”: si has buscado un sustituto, si cesas de manera temporal o lo haces de manera definitiva.
5. Y, si bien puedes adquirir los impresos a entregar por Internet, tendrás que personarte en las oficinas de la Seguridad Social o la Mutua para presentarlo todo. En caso de que tu enfermedad te lo impida, puedes autorizar a otra persona para que haga el trámite por ti, eso sí, debe aportar una fotocopia compulsada de tu DNI.

Si después de leer este artículo mantienes dudas sobre la Incapacidad Temporal o prefieres que un especialista te ayude con todo este trámite y papeleo, no olvides que aponemos a tu disposición nuestra asesoria, www.asesoria-online.net

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¿Cómo mejorar tu marca personal como emprendedor?

Mejora tu marca personal

Un emprendedor debería recordar constantemente que su propio proyecto está vinculado con su propia marca personal como emprendedor. Por ejemplo, cuando busca financiación para poner en marcha ese negocio, él mismo da la cara por esa idea. ¿Cómo mejorar tu marca personal como emprendedor?

Escribir un libro

Puedes compartir tu conocimiento sobre el emprendimiento a través de un libro que sirva de ayuda a otras personas que estén pasando por esta experiencia. El propósito principal de un objetivo de este tipo, no es convertir ese libro en un bestseller, sino el propio crédito profesional que puede estar acompañado por la firma de ejemplares y las conferencias en torno a esa obra.

Concurso para emprendedores

Existen certámenes que ponen en valor el talento emprendedor. Ser el ganador de un galardón de este tipo es una experiencia compleja. Sin embargo, si no lo intentas, no sabes si puedes conseguirlo. Participar en un certamen para emprendedores puede darte la oportunidad de ganar visibilidad profesional y sumar un nuevo mérito a tu currículum.

Canal de YouTube

En YouTube puedes encontrar contenido de todo tipo. Sin embargo, algunos canales tienen la máxima calidad al ser un buen ejemplo de cómo el lenguaje audiovisual permite una proyección profesional como especialista en un tema específico. Además, un canal de YouTube también puede ser un medio para generar ingresos.

Redes para emprendedores

Más allá de LinkedIn, existen redes para emprendedores especializadas en un objetivo específico. Por ejemplo, Womenalia pone en valor el networking femenino. En este canal, la persona cuenta con un perfil profesional y la posibilidad de un blog propio.

Alquilar un despacho propio

Tu proyección profesional como emprendedor depende de muchos factores. Por ejemplo, tener una zona de trabajo totalmente acondicionada para el cumplimiento de tus funciones mejora tu marca ante los clientes. Sencillamente, porque este espacio también es necesario para recibir proveedores, concretar reuniones, recibir al público objetivo y concretar proyectos

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Accidente in itinere en autónomos

¿Qué es un accidente in itinere?

Dentro de los accidentes laborales hay un tipo especial, los llamados in itinere. Éstos son los sufridos por el profesional durante el desplazamiento hacia o desde el lugar de trabajo partiendo o regresando a casa. Los accidentes in itinere también puede darse durante la visita a un cliente.

Los accidentes in itinere en los autónomos

Los accidentes in itinere son precisamente los que hasta el pasado año no estaban reconocidos para los trabajadores autónomos, lo cual, obviamente, significaba un evidente trato diferenciado en relación a los asalariados.

Los accidentes in itinere, en la nueva ley de autónomos

Sin embargo, los accidentes in itinere sí figuran en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo y su compensación ya está disponible para los profesionales por cuenta propia. Este hecho -que una baja laboral pueda ser reconocida por un accidente in itinere- tiene una relevancia considerable para los autónomos. La clave está en que se distingue de una baja laboral por enfermedad común o accidente no laboral.

¿Cuánto cobrarás si se trata de un accidente in itinere?

La diferencia entre que un incidente sea considerado un accidente in itinere o una baja laboral por enfermedad común es significativa, ya que, al tratarse del primer caso, el trabajador autónomo cobra la incapacidad temporal desde el primer día. De ser el segundo supuesto, el profesional por cuenta propia cobraría a partir del cuarto día de baja.

La ventaja también es llamativa en la prestación por accidente laboral, puesto que es mucho más alta. De esta manera, el autónomo cobra el 75% de la base cotización, mientras que, de la otra forma, accedería al 60% de aquélla hasta el día 21 y, después, ya quedaría en el 75%.

¿Están cubiertos los autónomos que trabajan en casa?

Si eres de los profesionales que tienen su residencia como domicilio fiscal porque trabajas en casa, el panorama es distinto. En esos supuestos, el trabajador autónomo no verá seguramente reconocido el incidente en cuestión como accidente in itinere, ya que, desde un punto de vista legal, no existe distinción entre el domicilio de trabajo y el personal.

Requisitos para el reconocimiento de un accidente in itinere

Los accidentes in itinere deben cumplir los siguientes parámetros:

  • La distancia entre el domicilio y el puesto de trabajo es irrelevante. Si se produce en ese trayecto, será tomado como un accidente laboral.
  • Además, para que sean considerados como tales, no deben producirse interrupciones en el trayecto entre el trabajo y el accidente. Por ejemplo, unas compras.
  • El tiempo que dura el trayecto debe ser el aproximado que suela llevar cubrir el itinerario.
  • El profesional debe emplear tanto el itinerario como el medio de transporte habituales para ir al trabajo o volver a casa.

Si quieres una asesoría que te informe y asesore contacta con www.asesoria-online.net

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¿Darse de alta en módulos o estimación directa?

Estimación objetiva vs estimación directa

Si quieres darte de alta como autónomo al rellenar el modelo 036 tendrás de elegir  entre estimación objetiva, lo que se llama coloquialmente como módulos, o estimación directa. Hoy te explicamos las diferencias entre ambas.

Estimación objetiva

Es un régimen especial de IRPF. Hacienda estima el rendimiento que tienes que pagar por la actividad basándose en una serie de criterios establecidos, independientemente de que el negocio te dé más o menos beneficios.  Esos criterios de los que hablábamos varían en función de la actividad que desarrolles.

En algunos casos, la elección de tributar por módulos no es solo tuya, es decir, que podrás tributar por módulos si tu actividad está incluida en la lista de actividades que se pueden acoger a esta tributación según la Orden que se publica anualmente en la que se regula el Régimen de estimación objetiva del IRPF.

Las actividades que pueden  acogerse a módulos son: carpintería, cerrajería, impresión de textos o imágenes, albañilería o pequeños trabajos de construcción, transporte de mercancías por carretera, entre otros.

 

Estimación directa

Cuando eliges la estimación directa, deberás declarar en tu renta el rendimiento de tu negocio, ese rendimiento se calcula con la contabilidad, que debe estar al día, así como los registros de facturas correspondientes.

Se trata de un cálculo de rendimiento real, a diferencia de los módulos y además no cuenta con la reducción en la contabilidad y los registros como en la estimación objetiva.

Si después de leer el artículo todavía tienes dudas, puedes contactar con asesoria-online.com y te aconsejaremos.

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¿Conoces la diferencia entre domicilio fiscal y social?

Domicilio fiscal vs domicilio social

¿Tienes pensado darte de alta como autónomo y tienes muchas preguntas sin respuesta en tu cabeza? Al iniciar tu actividad en solitario como autónomo tendrás que aclararte sobre qué es el domicilio social y qué es el domicilio fiscal. ¿Es lo mismo? No, no tienen nada que ver. Por eso, en este post queremos aclararte cuáles son las diferencias.

Domicilio social

En primer lugar, si hablamos de domicilio social este no es otro que el sitio donde vas a desarrollar tu actividad laboral. Cualquier persona que quiera contactarte, te podrá encontrar en esta dirección. Dónde administras y diriges tu empresa y llevas a cabo tu trabajo.

Domicilio fiscal

La Agencia Tributaria define el domicilio fiscal como el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria y el que determina la adscripción a una oficina tributaria determinada. Ese domicilio fiscal será vinculante para el obligado tributario a efectos de procedimientos administrativos y del control fiscal.

Para las personas naturales o físicas, el de su residencia habitual. Si la persona natural o física desarrolla principalmente actividades económicas, la administración tributaria podrá considerar como domicilio fiscal el lugar donde esté centralizada la gestión administrativa y la dirección de las actividades desarrolladas.

ara las personas jurídicas y entidades residentes en territorio español será el de su domicilio social, siempre que en él esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en que se realice dicha gestión o dirección. En los supuestos en que no pueda establecerse el lugar del domicilio fiscal, prevalecerá aquel donde radique el mayor valor del inmovilizado

 

Aunque hay diferencias, en muchos casos coincide domicilio social y fiscal en la misma localización. Sin embargo, tienen utilidades bien diferentes. El domicilio fiscal marca la delegación tributaria a la que pertenece tu sociedad. En resumen, según dónde esté tu domicilio fiscal tendrás que responder a unas obligaciones tributarias u otras. Esta dirección es la que tiene la Seguridad Social en su haber para notificarte avisos y a través de esta localización seguirá los movimientos fiscales de la empresa. Otra gran diferencia entre domicilio social y fiscal, es que el domicilio fiscal no es público y no figura en los estatutos de la empresa. Al igual que el domicilio social, ante cualquier modificación del domicilio fiscal, debe notificarse en el modelo 036 de alta en Hacienda.

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Diferencias entre empresario y autoempleado

Empresario vs Autoempleado

Si has empezado el año sopesando la posibilidad de un cambio de rumbo laboral desde asesoria-online.net os dejamos tres simples diferencias entre ser empresario o autoempleado. Esperamos te sea útil para decidirte.

Dependencia

Cuando una persona es autoempleado, todo depende de ella. Es decir, sus ingresos serán acordes al nivel que dedique a su trabajo, su productividad se verá limitada a lo que su cuerpo (y mente) pueda hacer y cuando no esté disponible, simplemente no estará generando ningún tipo de ganancias.

Veterinarios, dentistas,  abogados, electricistas, carpinteros, corredores de seguros ejercen de esta manera, por nombrar algunas profesiones. Esto les brinda la oportunidad de pulirse en su oficio, de tener un horario flexible y ganar más dinero cuando son buenos en lo que hacen.

Por otro lado, los empresarios son el cerebro de su emprendimiento, más no siempre la mano de obra. Quizá al principio, cuando se está comenzando, su negocio sí depende completamente de él, pero a medida que pasa el tiempo, contrata personal y comienza a delegar las actividades. Esto hace que él puede incluso ausentarse de su empresa mientras sigue ganando dinero, siempre y cuando los empleados estén debidamente capacitados y exista una cultura organizacional sólida.

Responsabilidad

Es la diferencia más grande entre los empresarios y los autoempleados. La responsabilidad de estos últimos se limita su familia, a sí mismos, a sus clientes y proveedores. Mientras que la responsabilidad de los empresarios va más allá. Aparte de ser responsables por los mismos aspectos de un autoempleado, también se le suma la responsabilidad que debe tener por cada una de las personas que trabajan a su cargo.

Es decir, si es responsable de pagar sus salarios, de su seguridad personal, laboral, entre otros aspectos y no hay nada que lo libere de esa responsabilidad. Un empresario no puede decir a sus empleados que un mes no les pagará porque no tuvo suficiente utilidad o porque debe hacerse cargo de gastos que no tenía contemplados.

Diversificación

Mientras los autoempleados tienen que dedicarle gran parte de su tiempo a su trabajo para que este funcione, los empresarios tienen la oportunidad de realizar otros emprendimientos o invertir sus horas en diferentes actividades que no tienen que ser exclusivamente inherentes a su empresa.

Esto no significa que no trabajen, si lo hacen, pero más que estar presentes se encargan de actividades de más alto nivel (como crear convenios, manuales para mejorar los procesos, ect). Además, al tener varios empleados las horas de productividad se incrementan. Siempre se logra más trabajando en equipo cuando el objetivo es claro, existe motivación y los procedimientos adecuados.

 

Estos son riesgos que toman los empresarios y por los cuales no cualquier persona se atreve a estar en esta categoría. Lo más común es que los empresarios sean autoempleados que han tenido una visión más amplia y han utilizado todos sus conocimientos y experiencia para expandir su área de alcance. Ambas son categorías admirables con sus pros y sus contras.

 

 

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Enero el mejor momento para cambiar de asesoría

¿Año nuevo, nueva asesoría?

Cambiar de una asesoría a otra es sencillo y puede tener muchas ventajas, desde asesoria-online.net os ofrecemos una serie de consejos para que no te de pereza cambiarte de asesoría.

¿Es Enero el mejor momento?

En general en cualquier momento se puede cambiar de asesoría fiscal pero es verdad que los meses de enero y febrero son el mejor momento ya que empieza un nuevo año fiscal y así todas las cuentas del ejercicio nos las lleva un mismo asesor, lo que facilita tanto la transición como tu gestión y la del asesor.

Siempre es conveniente cerrar todas las declaraciones del año con el asesor antiguo y que el nuevo asesor se ocupe de la contabilidad y las declaraciones del año nuevo, 2018en este caso.

¿Cómo realizo el cambio de asesoría?

Una vez te des de alta en la nueva asesoría tu nuevo gestor te informará de lo que debes pedir a tu antigua asesoría.

En asesoria-online os facilitamos una lista personalizada para asegurarnos  que tenemos toda la información que necesitamos.

¿Qué buscar en una nueva asesoría?

Sin duda el principal motivo de querer cambiar de asesoría es que no estemos satisfechos con el trabajo que nos realizan pero podemos diferenciar en

 

  • Realizan un buen servicio y no cuesta contactar con ellos.
  • Me avisan de los plazos con tiempo suficiente para hacerlo correctamente.
  • Me informan de los últimos cambios en la legislación y cómo me pueden afectar, sin tener que preguntar yo.
  • Agilidad en contabilizar facturas.
  • Muestran interés por mi negocio.
  • Me informan de subvenciones, bonificaciones…
  • Transparencia en el contrato y sin cláusula de permanencia.
  • Pagar solo por lo que necesitas.

Esperamos que este post te ayude a tener mas claro el tipo de asesoría que necesitas, por nuestra parte, en Asesoria-online.net desde 20€/mes para autónomos y 50€/mes para sociedades podrás dejar en manos de nuestros asesores expertos todas tus obligaciones fiscales y hablar con tu asesor personal.

 

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¿Conoces las ventajas de una asesoría online?

Ventajas de trabajar con una asesoría online

Los servicios de una gestoría online resultan muy útiles, sobre todo, para las pequeñas y medianas empresas. Asimismo, para los freelances que realizan obras y servicios con relativa constancia o de manera eventual.

Ser empresario no significa conocer, de partida, todas las condiciones que implica poner en marcha y mantener un negocio. Lógicamente, se tienen conocimientos sobre el sector de la actividad en el que se encuadra la empresa, pero se ignoran muchas cuestiones acerca del cumplimiento de la normativa. Y ya sabes que la ignorancia acerca de la ley no exime de su cumplimiento.

Por lo tanto, vale la pena ponerse en manos de profesionales. En las asesorías online, como asesoria-online.net, trabajan expertos en áreas del Derecho y de la dirección de empresas que pueden ayudarte a llevar al día estos temas. Se trata, a grandes rasgos, de presentar cierta documentación y cumplir con el pago de los impuestos correspondientes. Y, además, de hacer ambas cosas en tiempo y forma.

Recurrir a los expertos posibilitará que estas tramitaciones se realicen sin errores, por lo que esta subcontratación puede suponer un importante ahorro de tiempo y dinero. Y es que los gestores no solo se limitan a cumplir con la presentación de la documentación oportuna, sino que también te aconsejan acerca de determinadas subvenciones y bonificaciones de las que te podrías aprovechar.

Servicios de la gestoría para autónomos

Entre otros, apunta los siguientes:

– Herramientas online para facturar y presupuestar.

– Contabilidad de ingresos y gastos.

– Presentación de tributos.

Ya nos hemos referido a que delegar la gestión de la documentación relativa a tu negocio puede significar un ahorro considerable de tiempo para ti. Un tiempo que ya no tienes que emplear en hacer colas ante determinadas instancias públicas y privadas, ya que los asesores se encargarán de estas faenas por ti. De esta manera, podrás dedicarte a llevar a cabo las labores propias del sector de tu actividad, mientras los asesores se hacen cargo de las pesadas y farragosas tareas administrativas.

El hecho de trabajar por Internet conlleva un salto de calidad sobre las gestiones en las sedes físicas de las asesorías tradicionales. Quizás pierdas un poco de trato humano, pero seguirás recibiendo una atención amplia (en horarios) y técnica. Y lo más importante para ti es que ahorrarás todavía más tiempo, ya que podrás consultar dudas por teléfono y enviar la documentación vía Internet. Desde la comodidad de tu propia casa y sin más limitaciones de tiempo que los plazos que debas cumplir.

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¿Cómo disolver una sociedad?

Disolución y liquidación de sociedades

La disolución de una empresa implica su desaparición como tal, hoy desde Asesoria-online.net  os vamos a enseñar los pasos para disolver una sociedad.

La disolución, causa e inscripción

La disolución de una sociedad, puede producirse por diversas causas, pérdidas, reducción del capital, paralización de los órganos sociales,etc. La disolución de la sociedad deberá formalizarse mediante escritura publica ante notario e inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la empresa y su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Liquidación de la empresa

La finalidad del periodo de liquidación, es el reparto del patrimonio social resultante de la misma entre los socios, una vez han sido cobrados los créditos pendientes y se han pagado las deudas de la sociedad.

Celebración de la Junta general de socios

Se celebrará la Junta General de socios para la aprobación del Balance Final de Liquidación, junto con un Informe completo de las operaciones de liquidación, así como la propuesta de división del patrimonio social resultante entre los socios, en función de lo que determinen los Estatutos sociales, o en su defecto, proporcional a su participación en el capital social.

Escritura pública, inscripción registro mercantil

Completados los procesos de disolución y liquidación, los liquidadores deberán otorgar escritura pública de los acuerdos adoptados de extinción de la sociedad ante notario.

Ésta se inscribirá en el Registro Mercantil, y se hará constar la cancelación de los asientos registrales de la sociedad en el mismo.

Una vez se haya finalizado toda la operación y se hayan cancelado los asientos de la sociedad, la sociedad perderá su personalidad jurídica, y por lo tanto, se extinguirá a todos sus efectos.

Tributación de la operación

Se realizará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su modalidad de Operaciones Societarias, que pagarán los socios en base a la cuota de liquidación recibida por cada uno.

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Conciliación familiar autónomos

¿Conciliación familiar y autónomo?

Hoy desde Asesoria-online.net vamos a revisar el tema de bonificaciones y ayudas para madres trabajadoras (o padres), autónomos con personas dependientes a cargo y demás.

Con la entrada en vigor de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, se ponen en marcha una serie de medidas orientadas a funcionar como apoyo del colectivo. Entre estos cambios se contemplan los que se refieren a la Ley de Conciliación Familiar Autónomos, ámbito en el que se han introducido algunas novedades para beneficiar la conciliación de la vida familiar y profesional de los trabajadores por cuenta propia.

Ley de Conciliación Familiar autónomos: bonificación al contratar trabajadores para la conciliación familiar

Ya existía una bonificación vigente para favorecer la contratación de empleados, con el fin de conciliar el desarrollo de actividad por cuenta propia con la vida familiar. En este sentido, el artículo 5 de la nueva Ley de Autónomos  modifica algunas de las cuestiones recogidas al respecto en el artículo 30 del Estatuto del Trabajo Autónomo.

La bonificación al contratar trabajadores para la conciliación familiar implica que la Seguridad Social cubre el 100% de la cotización por contingencias comunes del autónomo durante 1 año.

Podrán solicitarla autónomos con hijos menores de 12 años a su cargo, personas con una discapacidad reconocida de, al menos, un 33% o con familiares en situación de dependencia reconocida.

Además, con la modificación de la Ley de Conciliación Familiar Autónomos,  si el menor cumpliera los 12 años antes de que se agote el tiempo vigente de la bonificación, se podrá mantener la misma durante todo el periodo hasta alcanzar el máximo de 12 meses.

Para tener derecho a disfrutar de esta bonificación, se debe haber contratado un empleado que desarrolle la actividad en nuestro nombre durante, al menos, tres meses desde el momento en el que se accede a la bonificación, ya sea en contrato a tiempo parcial o jornada completa.

Ley de Conciliación Familiar autónomos: ayudas para madres trabajadoras –y padres-

Esto sí que es nuevo, una nueva bonificación del 100% de la cuota del RETA. Está incluida en el artículo 6 de la nueva Ley de Autónomos durante el tiempo que dure la baja por maternidad o paternidad o situaciones asimiladas. Es decir, la bonificación también es aplicable en caso de acogimiento, adopción, guarda con fines de adopción, riesgo durante la gestación o en el periodo de lactancia.

La cobertura de la prestación será el resultado de una media entre las 12 últimas cotizaciones realizadas. Sólo puede solicitarse para descansos superiores al mes.

Nueva bonificación para las autónomas que se reincorporan tras la maternidad

El artículo 7 de la nueva ley de autónomos crea una nueva bonificación para todas aquellas trabajadoras que se reincorporen a su actividad por cuenta propia, tras haber cesado la misma durante al menos dos años, por causas de maternidad, adopción o situación asimilada.

En adelante, las trabajadoras autónomas que decidan reemprender sus negocios, habiendo cursado baja por maternidad o situación asimilada tendrán acceso a la bonificación de la tarifa plana de 50 euros durante 1 año.

La aplicación de la bonificación y su periodo de vigencia se determina en el momento de la reincorporación y siempre y cuando la base de cotización escogida sea la mínima. Cuando la base sea superior a esta, la autónoma tendrá derecho a una bonificación del 80% sobre la cuota de contingencias comunes durante 1 año.

¿Qué te parece la actualización de la Ley Conciliación Familiar Autónomos? La aplicación de estas bonificaciones ya está vigente. Si tienes alguna duda, no dudes en comentar e intentaré ayudarte lo antes posible.

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Errores que debes evitar si quieres emprender

¿Emprendedor, sabes que errores debes evitar?

Capacitarse antes de emprender es necesario, el no contar con suficiente conocimiento pudiese ser una causa para fracasar. Así, podemos ver muchos emprendedores que sueñan durante años con una idea, pero que al llevarla a cabo esta no resulta del modo esperado.

A continuación, queremos compartir contigo una serie de errores que comenten muchos.

  • Poca información: si bien es cierto que no es requisito indispensable tener un MBA en negocios para poder emprender, también es cierto que se deben tener ciertos conocimientos básicos para poder entrar al mercado. Esto será de gran ayuda para consolidar los objetivos.
  • Falta de entusiasmo: sólo quien está entusiasmado con una idea puede hacer frente a todas las adversidades que se le presenten y salir victorioso. Quienes tengan poco entusiasmo, a la mínima dificultad querrán abandonar el proyecto, pero aquellos que estén verdaderamente comprometidos con su idea podrán continuar.
  • Miedo al fracaso: puede llegar a ser paralizador. Hay emprendedores que toman mucho tiempo tratando que su plan de negocios sea lo mejor que se pueda, pero en ese entonces van perdiendo tiempo y nunca empiezan. Lo peor es que mientras más tiempo pasa, su gran idea se puede ir quedando atrás respecto a las necesidades del mercado.
  • No pensar en la competencia: algunos emprendedores consideran que su idea se venderá por sí misma, pero la verdad es que hay un mercado lleno de competidores tratando de vender ideas similares, por lo que se requerirá de mucho empeño y perseverancia. El punto a favor que puedes encontrar es la diferenciación. Esto hará que los usuarios tengan preferencia por lo que tú ofreces. Pero siempre, siempre debes pensar que hay competencia. No creas que tu idea es la única, por muy innovadora que sea.
  • Tener socios con objetivos diferentes: cuando todos miran en diferentes direcciones es más difícil lograr un intercambio armónico y, lamentablemente muchos emprendedores no escogen a las personas más idóneas para conformar equipos. Esto finalmente termina en un fracaso.
  • Creer que se puede hacer solo: el cual también es otro error frecuente, pensar que no es necesario un equipo para que una idea tenga éxito. Una sola persona no puede hacer todo, siempre necesitará el apoyo de otros. En este punto conviene asociarse con personas que tengan conocimientos diferentes y que puedan ser un buen complemento para tu proyecto.
  • Dedicarle poco tiempo: por el hecho de que sea tu empresa no quiere decir que podrás dedicarle sólo poco tiempo. Al contrario, debes dedicarle el tiempo suficiente ya que ella es tu proyecto y nadie más podrá sacarla adelante como tú. De hecho, muchos emprendedores necesitan organizar sus horarios debido a que su propia empresa no les permite disfrutar del tiempo en familia, o en otras actividades de esparcimiento. Pero, lo cierto es que necesitarás involucrarte en ella lo suficiente.
  • No atender la estructura legal de la empresa: en ciertas ocasiones, algunos emprendedores conocen todo sobre el producto que ofrecen, y todos los demás detalles, pero olvidan el aspecto legal, el cual es indispensable para tener una total operatividad. Igualmente, es necesario cuidar los aspectos concernientes a la propiedad intelectual, ya que esta es la manera más segura de proteger la idea.
  • Olvidar la sostenibilidad: y enfocarse en cambio en el crecimiento. Crecer demasiado, diversificarse en exceso puede terminar siendo perjudicial para la salud de la empresa. Lo más importante es tratar que la idea sea sostenible y que pueda perdurar a lo largo del tiempo.
  • Falta de realismo: lo contrario, el optimismo, es necesario. Sin embargo, muchos emprendedores poseen exceso de optimismo, tanto que cruzan la línea de la realidad y terminan en la fantasía. Por mucho que se sienta pasión por una idea, siempre se debe conservar el contacto con la realidad.
  • Gastar de más: este error es uno de los más frecuentes, y es también uno de los primeros motivos de fracaso, empezar a gastar más de lo que se gana, o gastar de más, sin haber ganado incluso nada todavía. Las cuentas deben ser llevadas de manera ordenada, y de forma realista.
  • No saber adaptarse: la sociedad va cambiando, y con ella también va cambiando el mercado, por lo que la idea que en un principio parecía perfecta, quizás necesite ajustes y son muchos los emprendedores que se rehúsan a cambiar su idea original. Las estrategias deben cambiar. Por ello, hay muchos ejemplos de ideas que han fracasado y cuando otros las toman u hacen pequeños cambios, entonces terminan siendo exitosas.

Estos son sólo algunos de los errores más comunes que cometen los emprendedores y que se convierten en un motivo para que sus proyectos terminen fracasando.

Si necesitas más información ya seas autónomo o sociedad contacta con asesoría-online.net y te ayudaremos.

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Ventajas de ser freelance y la Gig Economy

Ser Freelance y la Gig Economy

Trabajar como freelancer es una salida laboral que puede tomarse como una opción de autoempleo precario o ser una gran oportunidad. Es la cara y la cruz de la misma moneda. Que caiga hacia un lado u otro depende de iniciativa, proactividad, el impulso por parte de la Administración al autoempleo y viento a favor.

¿Qué beneficios tiene ser freelancer?

  • Flexibilidad: Trabajar por proyectos te facilita la elección del dónde, cuándo y con quién trabajar.
  • Autocontrol: Eres tu propio jefe, estableces tus propios horarios y el ritmo del mismo.
  • Sin límite de ingresos: La cara vista no es un anuncio de Signal pero la realidad es que trabajar por proyectos puede generarte muchos ingresos.
  • Colaboración periódica: Es posible que si queda satisfecho el cliente opte por contar contigo de forma reiterada.
  • Red de contactos: El perfil del autónomo freelance es aquel que refuerza su red de contactos con networking, charlas y conferencias que resultan en muchas ocasiones una enriquecedora fuente de empleo.

Qué es la Gig Economy

Es el término que define la tendencia actual de trabajar por proyectos con fecha de inicio y finalización. Se trata de un fenómeno mundial que surgió en Estados Unidos hace poco más de una década y ahora no entiende de fronteras. En España, los protagonistas de esta Gig Economy son los llamados freelance, también autónomos, que viven de prestar sus servicios con carácter puntual a empresas y particulares

En este modelo el freelance aporta todos sus recursos, es decir, su conocimiento, experiencia profesional, tiempo, instrumentos.

¿Por qué es la economía de los pequeños encargos la protagonista del actual sistema laboral?

Son muchos los motivos que han dado lugar al crecimiento del Gig Economy. La crisis económica unida a la proliferación de las start ups y la digitalización de la economía han conducido a las empresas a obtener rentabilidad sobre los servicios temporales de un autónomo.

El sistema Gig llegó hace unos años y lo hizo para quedarse. Conforme a los datos aportados por la herramienta Linkedin Profinder, el 43% de los trabajos realizados en 2020 se harán bajo este modelo económico.

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¿Qué seguros puedes desgrabarte siendo autónomo?

Desgrabarse seguros siendo autónomo

La mayoría de los autónomos tienen dudas acerca de que tipos de seguros pueden desgrabarse. En este artículo vamos a ver los seguros que más se contratan y que fiscalidad se aplica en cada caso.

Seguro de coche

Este es uno de los más polémicos ya que nunca queda claro hasta qué punto se pueden imputar los gastos del coche.  Para el IVA de la compra del coche sólo serán deducibles el 50% de las cuotas soportadas siempre y cuando el vehículo no tenga una afección total a la actividad económica y lo mismo puede aplicarse a los gastos relacionados con el vehículo a efectos de IVA. Lo que ocurre con el seguro de coche para autónomos es que estas pólizas no llevan IVA, así que no habrá nada que deducir por esa parte.

A efectos de la declaración de la renta, la deducción del seguro de coche para autónomos sólo puede hacerse bajo la condición de que el coche sea utilizado en un 100% para la actividad que desarrollan y no para el ocio, debiendo demostrar fehacientemente esto. En estos casos, la cuantía del seguro sí podrá imputarse como gasto deducible a la actividad al hacer el IRPF.

Seguro de vida

Es posible deducir el seguro de vida por las coberturas de fallecimiento, invalidez permanente e incapacidad total. Las cantidades a desgravar por el seguro de vida del autónomo son de un máximo de 500 euros al año. Dentro de ese cómputo se incluye también el seguro médico,

Seguro de salud

Actualmente los autónomos pueden desgravar por su seguro de salud y el de sus cónyuge e hijos menores de 25 años hasta un máximo de 500 euros al año por persona. Además, los autónomos con discapacidad podrán elevar hasta 1.500 euros la cuantía de la deducción.

Seguro de enfermedad

La Ley no contempla esta posibilidad salvo que pueda justificarse el seguro de enfermedad como una póliza ligada a la propia actividad del autónomo.

Seguro de responsabilidad civil

Sí son deducibles, siempre que cumplan un requisito: estar ligado a la actividad económica del profesional. al tratarse de gasto de la actividad no existe límite a la deducción.

Seguro del hogar

Cada vez más profesionales que han convertido su casa en su hogar. ¿Es posible desgravar el seguro de hogar como autónomo que trabaja en casa? Sí, pero sólo en la parte proporcional.

A modo de ejemplo, en una casa de 100 metros cuadrados donde el despacho suponga 10 metros de la casa o un 10%, se podrá deducir ese porcentaje del seguro de hogar como autónomo. La cosa cambia con los seguros de comercio o seguros sobre naves industriales o seguro sobre oficinas. En este caso está claro que el edificio forma parte de la actividad y, por lo tanto, podrás desgravar el 100%.

En asesoria-online.net te informamos y te asesoramos, ¿necesitas una asesoría online?

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¿Qué hay que saber de la nueva Ley de Autónomos?

La nueva Ley de Autónomos

En el Congreso y, ahora, en el Senado, se ha aprobado recientemente la Ley de Autónomos. Esta ley permite a los autónomos disfrutar de “tarifa plana” durante todo un año para así, ganar flexibilidad en sus cotizaciones y aumentar la contratación.

Estas reformas urgentes del trabajo autónomo introducen mejoras fiscales y laborales, lo que desde hace un tiempo venía reclamando este colectivo. El 1 de enero de 2018 entrará oficialmente en vigor y, si eres autónomo, te interesará conocer qué cambios se han producido con respecto a la anterior.

Nuevas medidas

  • Se ha llevado a cabo una ampliación de la tarifa plana. Los autónomos o los no dados de alta en estos años disfrutarán del pago de 50 euros en 12 meses. Supondrá, por tanto, una ampliación en base al periodo en el que tenían esta rebaja hasta el momento.
  • Se mantiene igual el incremento gradual en la cuota en función del tiempo que pase desde que el emprendedor abra las puertas de su negocio. Significa que, al pasar un año de su constitución, se aplica un 50% de reducción a la cuota mínima, que suponen 133 euros para los trabajadores.
  • Los emprendedores disfrutarán a su vez de dos años rebajados en el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Otro de los cambios en cuanto emprendedores será que ya no será necesario tener que esperar cinco años para poder emprender con una cuota de 50 euros, sino que se reducen a tres.
  • A partir del 1 de enero se proporcionará flexibilidad para que los autónomos se puedan dar de alta y de baja de la Seguridad Social hasta tres veces al año. Así podrán empezar a pagar desde el mismo día que realizan el trámite.
  • Puede que, en ocasiones, los autónomos no lleguen a tiempo para pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social y esto se ha penalizado. Ahora, esa multa del 20% de la cantidad adeudada se reduce al 10%, suponiendo un alivio económico.
  • Con estas reformas se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos. Si el autónomo tiene menores a su cargo, tendrán el derecho de obtener el reconocimiento y las ventajas en el pago de su tarifa por conciliación familiar.
  • Para que las mujeres sean madres y, al mismo tiempo, continúen sus actividades laborales, seguirán con la bonificación del 100% de la cuota mínima del autónomo. Además, se fomenta su reincorporación tras ser madre.

¿Sigues con dudas? Ponte en contacto con nosotros y te asesoramos en lo que respecta a esta nueva ley.

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¿Cómo abrir tu oficina en casa?

Tu oficina en casa

Cada vez son más las personas que deciden trabajar desde casa bien por que su trabajo lo permite o por no tener una oficina exterior. Si estas planteando el nuevo reto de trabajar desde casa hoy desde asesoria-online.net os traemos unos consejos para que puedas crear tu ofician o zona de trabajo en tu casa. Vamos a verlo.

Compras básicas

Ordenador

Bien sea de escritorio, o portátil, este es un elemento que no puede faltar en una oficina. Actualmente, todos los espacios de trabajo requieren de uno. Debe contar con un buen sistema operativo, un antivirus que trabaje bien, procesador de textos, programa para presentaciones, así como hojas de cálculo. La conexión a Internet es otro factor con el cual debes contar, cuya velocidad se recomienda que sea alta.

Otros

Como impresora, escáner o fax entre otros. Ten en cuenta que suelen estropearse con frecuencia por lo que debes disponer de un fondo solo para este tipo de inconvenientes

Escritorio

Debe ser suficientemente grande para poder trabajar bien y que no moleste el ordenador. Además debes de tener en cuenta que puedes recibir las visitas de clientes u otros así que hazte con sillas cómodas.

Teléfono

Indispensable en toda oficina y que al no tenerlo, afectarías tu nivel productivo. Opta por un teléfono con una línea fija, u otro que sea inalámbrico y con función de contestadora.

Otros aspectos a tener en cuenta

Establece límites

Al trabajar en casa muchos clientes, distribuidores o familiares y amigos pueden pensar que estas disponible todo el día por ello es recomendable tener dos líneas de teléfono una para casa y otra para la oficina.

Organiza tu horario

Planifica los días de descanso, las horas para trabajar y tu tiempo para el ocio.

Cuida tus gastos

Debes tener bien claro cuáles son los gastos de tu hogar y cuáles son los de tu oficina. Trata de identificar qué consumo puedes estar haciendo desde tu oficina en los servicios de luz, teléfono, agua, Internet, gas, entre otros, y cuáles son los del hogar aproximadamente.

Enfócate en tu productividad

Evita lo más que puedas salir de tu oficina para ir a ver televisión, así como también debes evitar proponerte evitar experimentar con recetas en la cocina, ya que esto podría llevarte horas. Si necesitas organizar cosas en el hogar, establece un día y una hora para ello, sin que interfiera en tus labores.

Y no menos importante como en toda oficina debes disponer de bolígrafos, lápices, dispensador de cinta adhesiva, papel, tóner de tinta para tu impresora, notas autoadhesivas, sujetapapeles, calendario, carpetas para archivar documentos, sobres de varios tamaños, regla, tijera, y una trituradora de papel.

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¿Cómo solicitar el NIF de tu empresa?

Número de Identificación Fiscal

La solicitud del NIF o número de identificación fiscal es uno de los trámites generales para constituir una empresa. Hoy vamos a repasar el procedimiento que debe seguir una sociedad y la documentación que debe aportar.

¿Qué es y para qué sirve el NIF de la empresa?

El NIF es el número de identificación fiscal obligatorio para personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad que realicen actividades mercantiles en nuestro país y cualquier trámite tributario, como por ejemplo, emitir y recibir facturas. Está constituido por una clave de nueves caracteres que garantizan la autenticidad de quien está detrás de ella. Una letra que representa la forma jurídica, un número de siete dígitos que en caso de personas físicas coincidirá con su DNI y en caso de persona jurídica será aleatorio y una letra de control que se calcula en función de los números que la preceden.

Pasos para solicitar el NIF

Antes de realizar cualquier movimiento con tu sociedad, debes solicitar tu NIF a Hacienda que te proporcionará primero uno provisional, en caso de necesitarlo de forma inmediata, o uno definitivo. Tanto en uno como otro caso, la Agencia Tributaria procederá a la comprobación de tus datos.

Si tienes una empresa, la petición has de realizarla en el mes siguiente a la fecha de constitución de la persona jurídica. Para ello hay que cumplimentar el modelo 036 atendiendo a los siguientes pasos: En la página 1 rellenar el nombre de la entidad y marcar la casilla 110 o la casilla 120 en caso de contar con NIF provisional y peticionar el definitivo. Al pie de la página, junto a la fecha y lugar, debe firmar el representante de la empresa.

En la página 2B, cumplimentar las casillas referentes a la identificación de la entidad.

En la página 3 identificar a los representantes legales.

La solicitud del NIF puede realizarse de forma presencial previa cita en Hacienda o por vía telemática siempre y cuando se disponga de certificado electrónico o estar dado de alta en el sistema Clave PIN. Puedes consultar la notificación electrónica en la sede de la Agencia Tributaria con tu firma digital. En caso de no disponer de ella Hacienda te lo comunicará en tu domicilio.

Documentación requerida

Junto a a la entrega del  modelo 036 debidamente cumplimentado como persona jurídica debes presentar los siguientes documentos

  • Fotocopia del DNI o NIF del representante de la empresa.
  • Modelo de representación en caso de que la solicitud no sea presentada por el representante legal
  • Original y fotocopia de la Escritura de Constitución de la sociedad.
  • Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil

 

 

 

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¿Es obligado la LOPD en mi negocio?

Ley de protección de datos

La Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal 15/1999, también conocida como LOPD, afecta a todas las empresas y profesionales (pymes y autónomos) que guardan ficheros (en papel o en soporte informático) con datos personales de personas físicas (clientes, empleados, proveedores, colaboradores, etc).

Cumplir con la obligatoriedad de implantación de la LOPD requiere, en primera instancia, que el autónomo identifique los datos de carácter personal que gestiona su empresa, de forma que esos ficheros sean registrados en la entidad competente, en este caso la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Este proceso se realiza mediante un formulario que podrá cumplimentarse online o enviarse a la sede de la AEPD, en caso de no contar con firma electrónica para el trámite en línea.

A su recepción la AEPD se encargará de comprobar la veracidad y corrección de los datos para el registro del fichero/os que posteriormente comunicará a la empresa para futuras modificaciones o cancelaciones.

Este proceso debe contar con un responsable en la empresa, que velará por la seguridad de los ficheros creados, su correcto uso, y además, será el subsidiario en caso de infracción.

Si no se cumple con esta Ley, la empresa se puede enfrentar a importantes sanciones económicas, por lo que ante la duda entre implantar o no la LOPD, debemos tener en cuenta que el coste de no implantarla puede ser mucho mayor que si no lo hacemos.

Las sanciones van desde los 900 € de faltas leves a 600.000€ en las sanciones muy graves, dependiendo del nivel de datos afectado (básico, medio o alto) que reconoce la LOPD.

La AEPD ofrece en su web toda la información sobre su implantación mediante guías, herramientas de ayuda, etc., pero en ningún caso se exime de su cumplimiento para las PYMES, que a modo de síntesis deben desempeñar las siguientes acciones además del registro de los ficheros en la Agencia de Protección de Datos y de la disposición de seguridad y los protocolos correspondientes:

–       Incluir avisos legales de información y consentimiento (facturas, albaranes, mail, web).

–       Tener firmados los acuerdos correspondientes con encargados de tratamiento.

–       Disponer de compromisos de confidencialidad para los trabajadores.

–       Implementar las medidas técnicas y organizativas que establece el Reglamento.

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Trámites para darse de alta como autónomo

Hacerse autónomo

Cada año el número de autónomos en España crece y ya supera los 3 millones. Por ello hoy os queremos ayudar a que quien quiera emprender esta nueva aventura de hacerse autónomo pueda saber que pasos debe seguir y solventar dudas. Vamos a ver los pasos más importantes para darse de alta como autónomo.

Algunos de los tramites a realizar por todo autónomo que desee ejercer su profesión en España, son:

Alta en Hacienda

Debes presentar la declaración censal modelos 036 o 037 donde se notifican los datos personales, la actividad a la que se va a dedicar el autónomo, la ubicación de tu actividad y los impuestos a pagar. Cada vez que haya alguna modificación en estos datos tus asesoría o gestoría deberá presentar de nuevo estos modelos modificados.

A la hora de declarar tu actividad tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, donde se incluyen unos amplios listados de actividades empresariales y profesionales. Desde asesoria-online.net te asesoramos y te ayudamos a elegir el epígrafe correcto en caso de que te surjan dudas.

Alta en la Seguridad Social

O lo que es lo mismo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, debes presentar el modelo TA0521 junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda. Con eso defines tu base de cotización.

Alta en el ayuntamiento y licencias de obras y de apertura

Sin el permiso del ayuntamiento no podrás abrir un local y empezar a trabajar.

Debes saber que el coste de la licencia de apertura se calcula para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Y que hay dos tipos de actividades, las inocuas que son aquellas que no generan molestias, impacto medioambiental ni riesgo para bienes o personas, y las actividades calificadas, catalogadas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas. Por otro lado, la licencia de obras es un permiso municipal necesario para poder realizar obras de acondicionamiento o mejora en tu local, oficina o nave.

 

Nada mejor que confiar en la experiencia y la comodidad que ofrece nuestra asesoría-online.net, nosotros te damos de alta en el RETA, te damos de alta en el censo, presentamos las declaraciones trimestrales, contabilidad de la actividad, libros, notificaciones y mucho más.

Con asesoría online no te costará hacerte autónomo, estamos para ayudarte.

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Ventajas de trabajar con nuestra asesoría online

Ventajas de asesoría-online.net

La velocidad a la que vivimos, con largas jornadas de trabajo y poco tiempo libre, hace que el papeleo de nuestras empresas sea sin lugar a duda, uno de los trabajos más engorrosos a los que nos debemos enfrentar, es una obligación que a veces se nos hace cuesta arriba.

Por ello cada vez más empresas solicitan el servicio de nuestra asesoría online. Nuestro método es muy sencillo remitiéndonos tu documentación de la forma que más se ajuste a tus necesidades:

  • Introduciendo sus datos directamente en nuestra intranet.
  • Escaneando y enviándonos sus facturas.
  • Utilizando el programa de facturación gratuito para nuestros clientes.

Todo ello con las medidas de seguridad necesarias para la protección de sus datos, con los que realizaremos del tratamiento oportuno de los mismos, ocupándonos de todas las gestiones, estando a su disposición digitalmente y de forma ordenada toda su documentación con un solo click.

Ventajas de trabajar

Más económica

La asesoría online es más económica que una asesoría tradicional, optimizamos los procesos de recogida y entrada de datos, eso nos permite dar más servicios a menor precio.

Documentación en línea

Gracias a las nuevas tecnologías y los nuevos canales de comunicación, el cliente siempre recibe atención casi al instante, con acceso a toda tu información

Confianza y seguridad

Las asesorías online son igual de seguras que las tradicionales, usamos los mismos programas de gestión

Comodidad para el cliente

Puedes hacer cualquier gestión desde cualquier lugar y cualquier momento

Optimizas tu tiempo

Si necesitas ayuda o asesoramiento puedes contactar con nosotros por teléfono o por correo electrónico.

 

Por que las grandes montañas de papel son cosa del pasado.

 

 

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Emprendedores: ¿autónomo o Sociedad Limitada?

¿Es mejor emprender como autónomo o como SL?

Con el inicio del nuevo curso muchos se disponen a emprender en su propio negocio y la mayoría en algún momento se ven ante la duda de hacerlo como autónomo o como una Sociedad Limitada. Hoy os vamos a dejar algunas de las ventajas e inconvenientes de cada uno para despejaros de dudas.

Autónomo

Ventajas

  • No se necesita depositar ningún dinero
  • Sin gastos de notario y registrador
  • Menor contabilidad
  • Rapidez (en un día le damos de alta)
  • La cuota de autónomo es menor

Inconvenientes

  • Se pagan más impuestos
  • Las inversiones son menos favorables (hay que registrar todo a nombre de la persona física)
  • La presencia y prestigio con respecto al cliente y proveedor es mucho menor (su negocio va a su nombre y DNI)

Sociedad Limitada

Ventajas

  • Se pagan menos impuestos (15% de los beneficios primeros 2 años y 20% después)
  • Las inversiones son deducibles
  • El prestigio es mucho mayor con respecto a clientes, proveedores y bancos (su negocio va a nombre de S.L. y con CIF societario)

Inconvenientes

  • Hay que depositar 3.000€ en el banco (luego pueden gastarse) o pueden ser bienes muebles con dicho valor
  • Hay que pagar 150€ de constitución (Notario y Registro Mercantil en constitución telemática)
  • La cuota de autónomo es mayor (318€)
  • Tarda una semana en constituirse

 

Tanto si eres sociedad como autónomo en asesoria-online.net nos envías tus facturas y nosotros nos encargamos de todo

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Sociedad Limitada: características y ventajas

Sociedad Limitada o SL

¿Qué es una SL?

También se conoce como Sociedad de responsabilidad limitada y es el tipo de sociedad mercantil más extendido en España. Es muy utilizada por pequeños empresarios autónomos que de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado, evitando responder con su patrimonio personal ante las deudas de sus negocios.

Características

La normativa reguladora de las sociedades limitadas define sus características, siendo las más relevantes:

Número de socios

Mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.

Responsabilidad de los socios

Solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.

Clase de socios

Pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas.

Nombre social

Deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes (para lo que habrá que efectuar la pertinente consulta en el   Registro Mercantil Central) seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura S.R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.

Capital social

El mínimo legal es de 3.000 € totalmente desembolsado, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias (dinero) o en especie, como por ejemplo un ordenador, una furgoneta o cualquier otro bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.

División del capital social

En participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.

Domicilio social

Lo normal es que sea la dirección en la que se ubica la empresa, debiendo estar en España.

Objeto social

Es la actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa. Normalmente se prepara una relación relativamente amplia de actividades, con las inicialmente previstas y otras potenciales,  para evitar gastos administrativos en caso de ampliar actividades.

Constitución

Mediante estatutos y escritura pública firmados ante notario y presentados posteriormente en el Registro Mercantil. Será necesario detallar las aportaciones que realiza cada socio y el porcentaje de capital social que le corresponde.

Órgano de administración y gestión

Existen varias opciones, debiendo optarse por una en los estatutos: Administrador único (una persona), Administradores solidarios (cada uno puede actuar por su cuenta y eso compromete a todos), Administradores mancomunados (deben actuar conjuntamente, firmando siempre, lo que limita y ralentizar el poder de representación) o Consejo de Administración (tres o más administradores).

Responsabilidad de la gestión

Recae sobre los administradores, no sobre los socios.

Junta general de socios

Es el órgano máximo de deliberación y toma de decisiones. Se convoca por los administradores en los seis primeros meses del año para presentar la gestión realizada, aprobar las cuentas anuales y el reparto del resultado.

Obligaciones fiscales

Una SL está obligada a tributar por  el Impuesto de Sociedades y el IVA.

Régimen de seguridad social

Régimen de autónomos para administradores y socios que tengan control de la sociedad limitada. El resto en régimen general.

 

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Jubilación anticipada autónomos

Autónomo y jubilación

El acceso a la jubilación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ( RETA) tiene condiciones similares que en el Régimen General. Sin embargo, existen ciertas especificaciones en el caso de la jubilación anticipada en trabajadores autónomos.

se establece que los trabajadores, autónomos incluidos, podrán jubilarse a partir de los 63 años siempre y cuando tengan un mínimo de 35 años de cotización.

En este sentido, los autónomos que se acojan a la jubilación anticipada deberán aplicar un coeficiente reductor en la pensión según el tiempo cotizado. Así, el baremo de cálculo se llevará a cabo en el tramo que abarca entre menos de 38 años y seis meses, en primer lugar; y entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses, en segundo lugar. El tercer tramo abarca entre 41 años y 6 meses y entre 44 años y 6 meses. Por último, se encuentra el tramo que abarca 44 años y 6 meses o más de cotización.

Qué hay que cumplir para jubilarse de forma anticipada

Los trabajadores por cuenta propia que deseen beneficiarse de la jubilación anticipada deben cumplir los requisitos que figuran a continuación.

  1. Haber cotizado a la Seguridad Social al menos 36 años.
  2. Ser como mínimo dos años más joven que la edad fijada para el retiro ordinario.
  3. Demostrar que dos de los ejercicios cotizados están dentro de los quince inmediatamente anteriores a la solicitud de la jubilación anticipada.

Edad mínima para retirarse

Jubilación anticipada forzosa: era necesario haber alcanzado, al menos, los 61 años y tener 33 de cotización en 2013, hasta que se llegue a los 63 años en 2027.

Jubilación anticipada voluntaria: es necesario acumular, como mínimo, 35 años de cotización, siendo el coeficiente reductor anual del 7,5% por cada ejercicio anticipado.

Coeficientes reductores

Los coeficientes reductores sobre la pensión para aquellos que decidan jubilarse anticipadamente de manera voluntaria serán del 8% con hasta 38 años y seis meses cotizados; del 7,5% para quienes hayan cotizado entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses; del 6,8% para los que estén entre 41 años y seis meses cotizados y menos de 44 años y seis meses, y del 6,5% para quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses.

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Inspección de trabajo II

Sanción

Si tras la visita del inspector, este considera que has cometido una infracción, te puede levantar un acta de infracción. En el plazo de diez días desde la fecha que consta en el acta recibirás la notificación por correo certificado. La fecha del acta no tiene porque coincidir con la fecha en la que el inspector te visitó (aunque nunca puede ser superior a 9 meses). Una vez recibida la notificación dispones de 15 días hábiles a partir de que la fecha en que la recibes para presentar las alegaciones que desees.

Por tanto si te levantan un acta de infracción ten en cuenta que no está todo perdido y se puede alegar, ya que la inspección lo que hace es proponer una sanción a la Autoridad, y estás en tu derecho de hacer las alegaciones que consideres oportunas para que sea la Autoridad quien decida si has cometido tal infracción o no.

¿ Que hay que hacer si recibo una notificación?

  • Comprobar que la notificación es correcta.
  • Revisar el acta para comprobar si los hechos que expone son insuficientes o para saber a la conclusión a la que ha llegado el inspector para realizar el acta.
  • Es muy importante que cuando presentes el escrito de alegaciones, si tienes pruebas que acrediten que no has cometido infracción las presentes adjuntas.
  • No olvides que tienes derecho a la vista de tu expediente sancionador o al trámite de audiencia.

¿Que se considera obstrucción a la actividad del inspector?

Acciones que perturben, retrasen o impidan al inspector el ejercicio de su actividad como por ejemplo:

  • La falta del libro de visitas.
  • Retraso en el cumplimiento de las obligaciones de información, comunicación o comparecencia.
  • El incumplimiento de los deberes de colaboración con los funcionarios de la Inspección.
  • La coacción, amenaza o violencia establecida sobre los Inspectores o Subinspectores.
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Inspección de trabajo

La inspección de trabajo

Ante la visita de un inspector de trabajo o subinspector de empleo nos surge la duda de como debemos actuar y comportarnos ante la misma. En este artículo te explicamos que debes hacer ante una inspección de trabajo, los documentos que puede solicitarte el inspector, el plazo del que dispones para reclamar ante una sanción y los pasos a seguir, así como los comportamientos que son motivo de sanción ante la inspección.

¿Qué es una inspección de trabajo?

La inspección de trabajo es llevada a cabo por un inspector o subinspector de trabajo cuya función es controlar y vigilar que las empresas y trabajadores cumplan con las responsabilidades administrativas que exige la ley y de asesorar e informar a los mismos en materia laboral y Seguridad Social, por lo que cualquier empresa puede recibir en cualquier momento una visita.

No hace falta tener una denuncia previa para recibir la visita del inspector de trabajo ya que es algo rutinario. Sin necesidad de que haya un preaviso.

¿A quién afecta?

Son susceptibles de sufrir una inspección de trabajo las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes, en cuanto sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas de Orden Social (lugares en los que se ejecute la prestación laboral, vehículos y medios de transporte en general, en los que se preste el trabajo, puertos, aeropuertos, entidades y empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, y en materia de protección y promoción social, sociedades cooperativas en relación a su constitución y funcionamiento y al cumplimiento de las normas de Orden Social).

¿Qué hay que hacer ante una inspección de trabajo?

Ante todo no puedes negarte a la inspección tanto si hay preaviso como si no. Has de tener en cuenta que el inspector ha de identificarse para poder solicitar el acceso privilegiado a todas las instalaciones, pero puede iniciar la inspección en el anonimato con el fin de que ésta pueda llevarse a cabo con éxito. No obstante, si tu centro de trabajo coincide con tu domicilio, en ese caso si deberá tener tu consentimiento o bien una autorización judicial para entrar.

Además, el inspector puede reclamarte la presentación de documentación, decirte que le acompañes en su visita a la empresa, pedir que identifiques a las personas presentes en el centro de trabajo, solicitar tu requerimiento en las oficinas públicas, tomar muestras, hacer mediciones en tu empresa, reconocer y examinar el local, etc.
Si te niegas a alguno de estos requerimientos del inspector, es motivo de sanción.

Motivos para recibir una inspección

  • Por apertura de un centro de trabajo o la solicitud de cualquier licencia para el desarrollo de una actividad empresarial.
  • Por la denuncia de un trabajador, extrabajador o cualquier persona vinculada antes o después al negocio.
  • En caso de accidente laboral múltiple o grave acontecido en el seno de la empresa o durante la actividad de la misma. El accidente in itinere, es decir, el que ocurre en el trayecto de ida o vuelta al puesto de trabajo no está sujeto a inspección.
  • Por solicitud o petición de informe de otras administraciones de autoridad laboral en tu propia comunidad autónoma.

Documentos necesarios ante una inspección

Es importante que aportes únicamente la información requerida durante la inspección. Algunos de los documentos que quizá te soliciten relacionados con esta materia son:

  • El plan de prevención de riesgos laborales.
  • Las medidas de protección implantadas y los certificados obligatorios (varían en cada sector).
  • El material preventivo de accidentes de trabajo.
  • Los resultados de los controles de salud a empleados.
  • La evaluación de riesgos y planificación de la acción preventiva.
  • Una relación sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan durado más de un día.
  • El documento de asociación (a efectos de accidentes de trabajo).

La próxima semana os hablaremos de que es motivo de sanción y como reclamar esta.

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Teletrabajo

Ventajas y desventajas del teletrabajo

En España, menos del 8% de las personas ocupadas teletrabaja, es decir, trabaja desde casa, ¿Por qué en nuestro país no termina de encajar este modelo, que, a priori, beneficia tanto a trabajadores como empresas?

Ventajas para el trabajador

Más allá de las posibilidades que ofrece en conciliación familiar y laboral, sin duda el ahorro en desplazamientos es el principal argumento, máxime si se vive en ciudades grandes, donde ir y volver del trabajo en hora punta puede llevar hora y media. También son importantes las ventajas económicas, como el ahorro del gasto en transporte.

Ventajas para la empresa

Ahorro de costes de oficina. Logra una mayor productividad por parte de aquel que teletrabaja, esto se debe a que no es necesario perder tiempo de desplazamientos y a que se evitan muchas distracciones. Por ejemplo, conversaciones con los compañeros, desayunos demasiado largos, reuniones improductivas, etc.

Elimina las fronteras con lo que puedes contratar a la persona que necesitas, aunque viva en otra ciudad o incluso en otro país, lo que de nuevo beneficia a las dos partes.

Desventajas

No todos los trabajos permiten un teletrabajo. Teletrabajar exige autodisciplina. Seguir una disciplina que no es fácil cuando se está sólo en casa. Para empezar se recomienda tener la oficina en casa en un lugar específico y fijo. Sin embargo, mientras se gana en tiempo para atender la vida personal, se pierde en desconexión. Es difícil hacer un punto y aparte a lo largo del día y se corre el riesgo, al final, de trabajar más horas. Para aquel que no pasa por la oficina, no termina integrándose en un equipo y tiene muchas posibilidades de estancarse, de no tener oportunidades de promoción.

La desventaja principal para la empresa es la dificultad de crear equipo.

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Tipos de facturas

¿Que tipos de facturas hay?

Una factura es un documento legal y administrativo que supone el comprobante de haber llevado a cabo una operación de compraventa de un bien o servicio, incluyendo toda la información de la operación. Su emisión es obligatoria, como todos sabemos, para dejar así justificación de la operación de venta con un cliente.

Podemos resumir que los tipos de facturas existentes, en realidad son variantes o surgen a partir de un solo tipo de factura que es la factura ordinaria.

Factura ordinaria

La más frecuente, documenta una operación comercial, bien sea de compraventa o de prestación de algún servicio

Factura rectificativa

La factura rectificativa se usa cuando hay que hacer la corrección de una factura anterior porque la misma no cumpla los requisitos establecidos por la Ley o si se produce devolución de productos, de envases o embalajes, o bien cuando se producen descuentos o bonificaciones posteriores a la operación. Esta factura debe ser expedida en el momento que se tenga constancia de los motivos que dan lugar a su expedición, y siempre que no hayan pasado más de cuatro años desde que se emitió la factura que se va a rectificar.

Factura recapitulativa

La factura recapitulativa permite incluir en una sola factura, varias operaciones dirigidas a un mismo destinatario y que estén comprendidas en distintas fechas pero en un mismo mes natural.

Factura proforma

Otro tipo es la factura proforma, que documenta una oferta comercial, indicando los productos o servicios que el vendedor proporcionará al comprador a un determinado precio, con lo cual su finalidad es que el comprador disponga del máximo posible de información relativa a la futura compra que va a realizar. Por ello no tiene valor contable ni sirve de justificante, por lo que no se numera, ni se aconseja firmarlas o sellarlas, salvo que el cliente lo solicite de forma explícita. Suele incluir la fecha máxima de validez.

Factura completa

Son las facturas que cumplen todos los requisitos establecidos por la Ley

Factura simplificada

Son las facturas que solo cumplen algunos requisitos.

Factura electrónica

La factura electrónica es un equivalente funcional de la factura en papel y, desde Enero de 2013, reciben el mismo tratamiento. La diferencia entre la factura en papel y la factura electrónica únicamente reside en que la transmisión de esta última es por medios electrónicos y telemáticos. Está sometida a ciertos requisitos legales por las autoridades tributarias de cada país, de forma que no siempre es posible remitir electrónicamente las facturas.

 

 

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Las hojas de reclamación

¿Que negocios deben tener hojas de reclamación?

Las hojas de reclamación sirven para que el consumidor pueda expresar su disconformidad a la hora de comprar un producto o contratar un servicio. Por lo que todas las empresas y establecimientos que presten servicios o vendan bienes deberán tener hojas de reclamación.

¿Cuales son estos negocios?

  • Establecimientos y centros abiertos al público que vendan producto o presten servicios.
  • Los que vendan productos a distancia como en una tienda online deberán tener una  dirección postal para el que tenga una queja  pueda pedirlas.
  • Los que realizan servicio a domicilio.
  • Los que tengan máquinas de vending deben indicar en la máquina una dirección postal donde solicitar las hojas de reclamaciones.

Hay que tener en cuenta que cada comunidad autónoma regula las hojas de reclamaciones por lo que pueden variar entre sí o tener excepciones.

¿Que sucede si no tengo hojas de reclamación en mi negocio?

El que un consumidor solicite hojas de reclamación en tu negocio y no tenerlas supone una multa administrativa.

¿Para que sirven?

Sirven para que los consumidores reclamen ante los servicios de consumo de su comunidad autónoma pudiendo estas llegar a sancionar a la empresa. Sin embargo las hojas no sirven para pedir la devolución del dinero o solicitar una indemnización.

¿Además de las hojas de reclamaciones que más obligaciones tengo?

  • Tener un cartel homologado que informe que dispones de hojas de reclamaciones.
  • Cuando un consumidor las solicita deben ser entregadas de forma inmediata.
  • Las hojas pueden ser entregadas por el dueño o por cualquier trabajador de la empresa.
  • La empresa deberá firmar las hojas de reclamación y podrá quedarse una copia.

 

Si tienes un negocio y tienes dudas acerca de este tema u otros ponte en contacto con asesoria-online.net.

 

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Gestionar tu negocio en verano

Consejos de gestión de tu negocio durante el verano

Para algunos autónomos la llegada del verano supone todo un reto, ahí os dejamos algunos consejos para haceros más fácil la gestión de vuestro negocio tanto si os vais de vacaciones como si no.

Comprobar tu contabilidad

Si los números no son positivos mejor esperar a otro momento para realizar vacaciones. Existen modelos de negocio que son más rentables en época estival y otros que no ¿cual es el tuyo?.

Lo mejor antes de irte de vacaciones es revisar tu contabilidad y asegurarte que el negocio crece y no pierde dinero ya que si los gastos son superiores a los ingresos ya desde hace algún tiempo es mejor echar el cierre.

Planificar y adelantar tareas

Trabajar en verano puede ser una tarea indeseada pero cuando no hay más remedio debemos buscar formas de aligerar el trabajo. Si durante el mes de julio planificas y adelantas las tareas de agosto estarás más relajado e incluso podrás cerrar algún día.

Para muchos negocios y empresas el verano es la época ideal para planificar el plan de negocio del siguiente año, inténtalo.

Aprende a delegar

Delegar tareas no solo te deja más libre sino que refuerza las habilidades de gestión de tus empleados de confianza. De esta manera solo tendrás que estar pendiente de los aspectos más urgentes.

Informa a tus clientes

Si este verano al final decides cerrar unos días o reducir tu horario es muy importante avisar a tus clientes al menos unas semanas  antes vía correo electrónico, redes o mediante carteles informativos.

Haz promociones de verano

Hay negocios que durante el verano notan una caída en sus ventas si ese es tu caso podrías plantearte hacer un período de rebajas o promociones estivales de esta manera podrás atraer clientes potenciales e incentivar la compra de tus productos o servicios. De este modo  podrás seguir haciendo caja y poder hacer frente a los gastos de la actividad.

Fórmate

El verano es uno de los mejores momentos del año para renovarse. Puedes aprovechar los momentos de menos trabajo para hacer un seminario online de gestión o leer aquel libro de marqueting.

Saca provecho a las redes sociales

Aunque sea verano y mucha gente este de vacaciones y no presten tanta atención a las redes no olvides de llevar las tuyas bien programadas y actualizando tus perfiles.

Las herramientas de programación disponibles, algunas de ellas las de las propias redes,  te permiten adelantar trabajo y destinar el tiempo que te queda libre para disfrutarlo en vacaciones o emplearlo en otros ámbitos de tu actividad que requieren más dedicación.

 

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El recargo de equivalencia

Recargo de equivalencia

¿Que es?

El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA, obligatorio para comerciantes minoristas que no realicen ningún tipo de transformación en los productos que venden, es decir, para comerciantes autónomos que vendan al cliente final. Se aplica tanto a personas físicas de alta en autónomos como a las comunidades de bienes.

No se aplica en actividades industriales, de servicios o en el comercio mayorista. Hay actividades que están exenta como joyerías, concesionarios de coches, venta de barcos, obras de arte, gasolineras y industria minera.

El cotizar o no en recargo de equivalencia viene definido por cómo se haga el alta en Hacienda y obliga posteriormente a tener muy claro como llevar la contabilidad, por lo que conviene contar con buen asesoramiento. En asesoria-online ofrecemos servicio a medida para cada cliente.

¿En que consiste?

El proveedor del minorista es el que debe incluir el recargo de equivalencia en la factura. Para el comerciante minorista supone pagar un IVA algo más alto del normal a cambio de no tener que presentar declaraciones de IVA a Hacienda. De esta manera paga el IVA directamente a su proveedor y se simplifica mucho su gestión del IVA. Sólo se aplica en facturas de bienes correspondientes a mercaderías o género.

Tipos de recargo de equivalencia

Existen cuatro tipos de recargos de equivalencia:

  • El 5,2% para los artículos que tienen un IVA al tipo general del 21%.
  • El 1,4% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 10%.
  • El 0,5% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 4%.
  • El 0,75% para el tabaco.

 

Si no sabes si debes tener recargo de equivalencia o necesitas una asesoría profesional para gestionar tu contabilidad contacta con asesori-online.net y te ayudamos.

 

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Vender o comprar

Vender o comprar

Cuando un negocio va bien pero quieres venderlo o traspasarlo por cualquier motivo personal hay que fijarse en ciertos puntos para realizar todas las acciones de forma correcta, también si eres un posible comprador interesado en hacerse con un negocio ya constituido o aprovechar un traspaso. Desde asesoria-online.net os contamos en qué debéis fijaros.

El vendedor

Vender tu propio negocio puede resultar complicado , sobretodo en función del tamaño de la empresa. Siempre se debe realizar con la ayuda de expertos o profesionales.

Planificación

La planificación de la venta es un paso importante. Deberemos tener un registro de todos los aspectos jurídicos y fiscales relacionados con la empresa que son importantes y de utilidad para el comprador. Dichos aspectos serán entre otros los puntos fuertes y débiles de la empresa, nivel económico para poder mantener abierto el negocio, posibles cambios antes de la venta …

Así como otros aspectos de planificación personal como proyectos futuros, dinero de la venta, organización del patrimonio…

El comprador ideal

Para cualquiera que venda el que ha sido su negocio quiere que la compra sea efectiva por lo que cualquier vendedor busca el comprador ideal que sería alguien que ya conozca la empresa y su funcionamiento como podrían ser los propios trabajadores o amigos y familiares. Este perfil de comprador aseguraría la continuidad de la empresa y una compra exitosa. Y siempre hay que hacer la transmisión del negocio de forma progresiva.

El comprador

El comprador debe realizar también una buena planificación del proceso de compra y siempre apoyarse y dejarse asesorar por profesionales.

  • Debe determinar los objetivos que quiere conseguir con la compra tanto personales como profesionales.
  • Solicita toda la información económica y financiera a los dueños: libro diario, inventario, cuentas anuales…Otra opción es contratar una auditoría externa para valorar el estado del negocio, aunque tendrás que hacer un desembolso.
  • Analiza las perspectivas del sector

La operación será más viable si emprendemos en nuestro entorno más cercano, es decir con una empresa que conozcamos con anterioridad.

Para dar un valor concreto a una empresa, se consideran tres aspectos fundamentales: si los beneficios de la inversión van a ser suficientes para cubrir los intereses del comprador y pagar las amortizaciones, el cálculo del valor residual (estimación del valor de venta de los activos) y la tasa del costo del capital (resultados que se obtendrían con inversiones alternativas). En cualquier caso, en un análisis que determine el valor de una empresa siempre tiene que ir contextualizado dentro del mercado, tomándolo como referencia.

En asesoria-online.com facilitamos toda la ayuda en materia de gestión para cualquier operación que necesites, contáctanos.

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Falso autónomo o autónomo fantasma

El falso autónomo

El término falso autónomo o autónomo fantasma se ha popularizado en los últimos tiempos quizá debido a los tiempos de crisis.  Es la figura más precaria en el mundo laboral pero es que además es ilegal.

¿Que es un falso autónomo?

Un falso autónomo es una persona que a pesar de trabajar en una relación de dependencia para la empresa, tal y como lo vendría haciendo un trabajador por cuenta ajena bajo un contrato laboral corriente, es obligado a darse de alta en régimen de autónomo. Dicho de un modo más sencillo: tú trabajas como un asalariado pero estás ‘contratado’ como si fueras un autónomo.

Mientras la empresa que abusa se beneficia del ahorro de costes como la Seguridad Social, el empleado paga impuestos, no tiene vacaciones, se ciñe a unos horarios fijos y tiene una dependencia total de su cliente, con el riesgo que eso conlleva.

Desventajas del falso autónomo

  • Nadie cotiza por el falso autónomo, debe ser el quién se de de alta y cotiza en el régimen de trabajadores .
  • Pagará el IVA por las facturas que emita y un IRPF superior.
  • No tiene vacaciones retribuidas.
  • No tiene un salario mínimo.
  • No forma parte de la plantilla de la empresa para la que si está trabajando
  • Podrá ser despedido de forma fulminante sin preavisos ni indemnizaciones.
  • No tendrá derecho a paro, salvo que él mismo como autónomo haya cotizado de forma voluntaria por cese de actividad.

El TRADE y el falso autónomo

La principal diferencia entre un TRADE (trabajadores autónomos económicamente dependientes) y el falso autónomo es la independencia. Se cree que desde la creación de la figura del trade los falsos autónomos ya se han regularizado pero esto es algo erróneo.

La Ley establece que, para mantener la consideración de TRADE, el autónomo no podrá tener a su cargo trabajadores por cuenta ajena ni contratar o subcontratar con terceros.

Así mismo habrán de disponer de infraestructura productiva y material independientes de los de su cliente y desarrollar su actividad con criterios organizativos propios.

Que puedes hacer si eres un falso autónomo

Ya hemos visto que es un elemento ilegal en el mundo laboral además de ofrecer desventajas, si crees que puedes ser un falso autónomo lo mejor es que te pongas en manos de algún asesor legal para ver las diferentes medidas y opciones que tienes.

Desde asesoría-online.net contamos con personal experto para resolver todas tus dudas, contáctanos.

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Claves para evitar clientes morosos

Como evitar clientes morosos

En tiempos de crisis los clientes morosos están a la orden del día. Un moroso es aquel que debe algo a alguien normalmente dinero y se caracterizan por desaparecer una vez terminado el trabajo sin dejar forma de contacto posible.

Es un problema bastante frecuente  cuando eres autónomo o Pyme y necesitas hacer clientes cuando estas empezando a dar los primeros pasos por ello hoy os vamos a dar unas claves para detectar este tipo de clientes.

Conocer la empresa o la persona física con la que vas a negociar

Si tratas con una empresa puedes consultar en el Registro Mercantil  y de la Propiedad y solicitar un informe de riesgo para saber si realmente existe la empresa, desde cuando esta formada, administrador o administradores y solvencia entre otros.

Si es persona física puedes consultar los ficheros de morosidad ASNEF o RAI que manejan estos ficheros.

Establecer las condiciones de trabajo

En toda relación contractual hay dejar claro las condiciones de pago, estar pendiente del vencimiento de las facturas y llevar un riguroso proceso de facturación.

Cobrar por anticipado

Debes tener un sistema de pagos al contado o por adelantado ( parte del total o lo que tu estipules) y así evitar tener que lidiar con facturas impagadas.

Informa del equipo comercial

Los comerciales de las empresas normalmente son fuente fiable de información acerca de la empresa con la que trabajan así poder conocer mejor a nuestro cliente.

No fiarse de las apariencias y analizar cada nuevo cliente

No podemos fiarnos de la fachada de un cliente, por muy buena apariencia que este nos transmita en un primer contacto. Algunos morosos son especialistas en presentarse como empresarios solventes y buenos pagadores, y esto es solo una máscara que desvirtúa su realidad.

 

Desde asesoria-online.net esperamos os sean útiles estos breves consejos y recordad que cuanta más información manejéis de vuestro futuro cliente ,mejor.

 

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La cuota de autónomos sube un 3%

A partir de julio se incrementa un 3% la cuota de autónomos

A partir de este julio los más de tres millones de autónomos de este país verán incrementado en un 3% su cuota mensual de autónomo, es decir , unos 8 euros más al mes o lo que es lo mismo 96 euros  al año. Los Presupuestos Generales del Estado aprobaron esta y otras medidas.

Medidas de los Presupuestos Generales del Estado

Incrementar la cuota de los autónomos

La base mínima de cotización pasará, desde el 1 de julio, de los 893,10€ actuales a 919,80€ mensuales con lo que se actualiza la cuota de autónomos de 2017. El 80% de los autónomos cotiza por la base mínima con lo que estos será una afectación generalizada.

También se contempla una subida de un 3% a la base mínima de cotización para la cuota de autónomos que cuenten con más de 48 años. A partir del 1 de julio la base mínima para los profesionales situados en esta franja de edad pasará automáticamente a establecerse en 992 euros.

Los autónomos que coticen por la base máxima no experimentarán cambio alguno.

Incremento del Salario Minimo Interprofesional (SMI)

Se hace efectivo un aumento del 8% del Salario Mínimo Interprofesional del que depende la base mínima de cotización del autónomo societario perteneciente al grupo 1 del Régimen General.

Tarifa plana para nuevos autónomos

Se espera una reforma que alargue la tarifa plana de 6 meses a un año de duración. Las cuentas públicas recién aprobadas destinan una parte a esta medida por lo que se espera se haga efectiva en un espacio breve de tiempo.

 

Desde asesoria-online.net ofrecemos asesoramiento para autónomos para resolver todas las dudas que os puedan surgir, no dudes en contactar con nosotros.

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La nueva ley de autónomos

La entrada de la nueva ley de autónomos

Parece que la fecha para la entrada en vigor de las nuevas medidas para los autónomos podría llegar a finales de este junio o principios de julio. En estas recientes medidas podremos encontrar 6 novedades que pueden ser trascendentales para el trabajador por cuenta propia que en este país cuenta con más de tres millones de trabajadores autónomos.

Novedades

Tarifa plana para nuevos autónomos

Se ha presentado como la propuesta estrella. Se amplia la duración de la tarifa plana de 50 euros de seis meses a un año de duración. Con ello se pretende impulsar la creación de nuevos autónomos y que estos tengan mayor ligereza en las cuotas en el inicio de su actividad.

Sistemas de baja/alta en el RETA más justo

El autónomo podrá realizar tres bajas o altas anuales que se harán efectivas a partir de la fecha de su solicitud

Cambios en la base de cotización

Se amplían de dos a cuatro periodos los cambios en la base de cotización del autónomo quedando de la siguiente manera:

-Aplicación de  a partir del 1 de abril para las solicitudes realizadas entre el 1 de enero y 31 de marzo.
-Aplicación a partir del 1 de julio para las solicitudes realizadas entre el 1 de abril y 30 de junio.
-Aplicación a partir de 1 de octubre para las solicitudes realizadas entre 1 de julio y 30 de septiembre.
-Aplicación a partir del 1 de enero del siguiente año para las solicitudes realizadas entre 1 de octubre y 31 de diciembre.

Recargos por retraso de pago de la cuota

Las penalizaciones por impago de las cuotas quedan de la siguiente manera, un 10% en el primer retraso y un 20% a partir del segundo.

Bonificaciones de la maternidad

Mientras dure la baja por paternidad o maternidad verán bonificada la cuota al 100% durante su tiempo de baja. Si tras la baja la madre cesa su actividad podrá acogerse a la tarifa plana en caso de una nueva alta en autónomos durante un año, siempre que cotice por la base mínima y hasta dos años desde su cese como autónomo.

Nuevas deducciones por vehículo y hogar

El autónomo podrá deducirse hasta un 20% gastos de electricidad, gas y telefonía y un 50% en vehículos, siempre que estén vinculados ala actividad debidamente justificados.

 

¿Veremos finalmente en el plazo de un mes instauradas todas estas nuevas medidas?

 

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5 apps para aumentar la productividad en el trabajo

Apps y productividad laboral

Aumentar la productividad laboral es tan importante para las empresas que incluso las apps te ayudan a conseguir ese fin, y es que mientras estas en el trabajo y recibes 50 correos electrónicos, estas respondiendo la llamada de tu jefe y tus grupos de WhatsApp no paran de bombardearte mensajes, entonces fíjate en estas apps que hoy os traemos para que tu jornada laboral sea menos estresante y más productiva.

Strict Workflow

Su funcionamiento se basa en la técnica Pomodoro (inventada en los años 80) en que tienes que trabajar al máximo durante 25 minutos y luego suena una alarma y puedes descansar durante 5 minutos. Así el descanso es una especie de recompensa y cada dos horas aumenta a un descanso de 15minutos.

Esta app es una extensión gratuita del Chrome y puede utilizarse tanto en Mac como en Windows, además permite bloquear algunas páginas mientras trabajas y así evitar caer en la tentación de fisgar en Internet.

RescueTime

RescueTime se combina con la técnica Pomodoro y se convierte en una especie de espía de tu ordenador diciendo cuanto tiempo le dedicas a cada cosa. Puedes bajarte una versión gratuita, registrarte y recibirás un aporte semanal. También permite bloquear ciertas páginas webs.

Pushbullet

Es una app para iOs y Android y permite conectar tu móvil con tu ordenador, facilitando el intercambio de archivos entre ambos

Forest: stay focused

También es una app para iOs y Android pero se basa en que te dan una semilla para plantar un árbol que tarda media hora en crecer si durante ese tiempo sales de la aplicación o haces un uso del móvil el árbol se muere. Así que cuantos más árboles tengas mayor es tu productividad.

Todoist

Ofrece crear una lista de tareas, establecer los objetivos del día y esforzarte al máximo para conseguirlos.

 

Ahora ya sabes que no hay excusas para no ser productivo en tu puesto de trabajo, ¿vas a probar alguna?

 

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Tipos de contratos

Necesito contratar ¿que tipo de contrato debo elegir?

Si tu empresa o negocio ha despegado y no puedes llegar a todas partes, necesitas contratar alguien para que te eche una mano y seguir creciendo, pero no sabes que tipo de contrato debes realizar. En España hay más de 40 tipos de contratos por lo que la elección no es fácil pero vamos a hacer un breve resumen para que lo tengas más claro.

Contrato mercantil

Cuando resulta más beneficioso contratar a otro autónomo o empresario que a un trabajador, debes optar por un contrato mercantil. El contrato mercantil tiene la ventaja de no hacer frente al IRPF y seguridad social que supone un empleado, el autónomo que contratas y tu estáis en igualdad de condiciones, nadie es el jefe, pero tendrá que rendir el trabajo que habéis acordado.

Contrato laboral

De estos hay 42 tipos pero vamos a agruparlos en 4 modalidades: indefinido, temporal, en prácticas y de formación.

Contrato indefinido

Son contratos laborales sin límite de tiempo para realizar a jornada completa o parcial. Este modelo cuenta con muchos incentivos fiscales, además de ofrecer estabilidad a tus trabajadores.

Existe el tipo de contrato indefinido de apoyo a emprendedores, para autónomos y pymes de menos de 50 trabajadores.

Contrato temporal

La mejor opción si solo buscas a un trabajador para una sustitución o cubrirte durante un pico de trabajo, o si vas a contratar por primera vez a  un empelado  y no estas seguro si vas a poder continuar con él.

Dentro de este tipo de contrato existen otros 3 que son los mas frecuentes:

– Contrato por obra y servicio.

– Contrato eventual según circunstancias de la producción.

– Contrato de interinidad.

Contrato de  formación

Dirigida si tienes que contratar trabajadores menores de 25 años para fomentar la inserción laboral. Cuenta con una bonificación completa de la cuota de la Seguridad Social. Al ser un contrato de formación tendrás que dedicar un 25% de la jornada del primer año y un 15 % del segundo año al aprendizaje de dicho trabajador.

Este tipo de contrato como máximo puede alargarse por tres años.

Contrato en prácticas

Contrato dirigido a jóvenes que hayan terminado sus estudios hace menos de 4 años. La duración mínima es de 6 meses y como máximo ampliable a 2 años.

 

Y ahora ¿ya tiene más claro que tipo de contrato necesitas?

 

 

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Que gastos puedes deducir sin factura

Deducir sin factura

En época de la declaración de la renta el autónomo se pone a reunir todas las facturas que ha ido guardando para deducir gastos relacionados con su actividad, pero ¿sabias que hay gastos deducibles que no exigen factura?

Vamos a ver de cuales estamos hablando.

Pólizas de seguros

Si para desempeñar tu actividad como autónomo contratas un seguro médico o un seguro de responsabilidad civil no necesitas presentar factura de la póliza basta con el cargo del banco

Salarios y seguros sociales

También están exentos de factura los pagos a tu plantilla ya sean sueldos o pagas extraordinarias para ello solo hay que presentar las nóminas firmadas por los trabajadores o el justificante del banco.

Cuota de autónomos

Solo necesitas presentar el justificante de la entidad bancaria con los pagos mensuales de la cuota.

Gastos bancarios

Comisiones de mantenimiento, intereses de préstamos o las cuotas de las tarjetas solo presentando el extracto bancario.

Gastos realizados en países extranjeros

Muchos autónomos necesitan comprar más allá de nuestra frontera y muchas veces no existe factura de algunos gastos como los realizados en compras online, para ello solo necesitarás presentar el recibo de la compra o el cargo bancario.

Gastos de contratos mercantiles

Los traspasos de locales, fianzas de alquileres o constitución de sociedades pueden deducirse sin factura solo presentando el cargo bancario.

Determinados impuestos

Como ejemplos de estos impuestos tenemos el IBI (impuesto bienes inmuebles) o el impuesto de las basuras entre otras tasas municipales.

 

Si tienes dudas acerca de que puedes deducirte contacta con nuestra asesoría, asesoria-online.net y te ayudaremos.

 

 

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¿Sabes si la actividad profesional que quieres emprender esta exenta de pagar IVA?

Actividades y el impuesto del IVA

El IVA es el impuesto más sumamente conocido por todos nosotros. El IVA es el Impuesto sobre el Valor Añadido y hace referencia al impuesto o tributo que deben pagar los consumidores al estado por el uso de un determinado servicio o en la adquisición de un bien.

El IVA es un impuesto indirecto ya que no repercute en directamente sobre los ingresos y recae sobre los costos de produciión y venta de las empresas y se devenga de los precios que los consumidores pagan por dichos productos. Los porcentajes del IVA varia en función de aquello que se comercializa, tenemos el tipo general al 21%, el tipo reducido al 10% y el super reducido al 4%.

Según la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:

“Están sujetas al IVA las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en territorio de aplicación del impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, en el desarrollo de sus actividades económicas. Son sujetos pasivos del mismo las personas físicas, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica”.

Pero hay excepciones de actividades profesionales que no deben pagar el IVA y son las que vamos a ver;

  • Servicios de enseñanza y formación tanto en centros privados como públicos. Esto se aplica a cualquier nivel de la escala académica oficial y también a casos como el de personas físicas que impartan clases particulares.
  • Servicios profesionales prestados por artistas plásticos, escritores,colaboradores fotográficos, literarios o gráficos de revistas y periódicos, adaptadores de obras teatrales y traductores
  • Servicios de hospitalización y asistencia sanitaria. Esta exención incluye a médicos y demás personal sanitario, logopedas, psicólogos, ópticos y demás personal reconocido oficialmente por la Administración.
  • Servicios de mediación ofrecidos a personas físicas. este es el caso de depósitos, créditos, avales, préstamos, etc.
  • Arrendamiento de viviendas y la entrega de terrenos rústicos y no edificables.
  • Servicios de mediación ofrecidos por fedatarios públicos, es decir, trabajo de notaría realizados por un notario público.
  • Entrega de sellos de correos y efectos timbrados de curso legal solo en los caos en los que los sellos se venden por un precios no superior al de su emisión.

 

Cualquier duda que os pueda surgir podéis contactar con Asesoria-online.net.

 

 

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Diccionario para emprendedores IV

Diccionario para emprendedores 4ª entrega

Seguimos conociendo nuevas palabras relacionadas con el emprendimiendo y las nuevas tecnologías, vamoa a conocer más con esta última entrega.

Private equité

Es el capital de riesgo, donde una entidad especializada adquiere el paquete mayoritario de acciones de una sociedad. Transcurrido un tiempo se suele realizar la venta de estas acciones.

Ronda de financiación

Cuando una empres capta capital nuevo por parte de inversores, cuando la empresa va necesitando nuevos socios o nuevas aportaciones se realiza la ronda de financiación.

Showrooming

Es la práctica de examinar artículos en tiendas físicas y comprarlos online por que es más económico. Lo contrario sería el webrooming.

SEO

El SEO es importante para que una web sea más comprensible y más relevante para los motores de búsqueda. El SEO se basa en conseguir las primeras posiciones de búsqueda y así recibir más tráfico de visitas.

SEM

Es la campaña de anuncios de pago para posicionar nuestra web o negocio online.

Social Media Manager

Dota a las redes socisales de la empresa de un enfoque estratégico y empresarial. Es el encargado de medir la presencia de una marca o producto en los medios sociales.

Spin off

Proyecto o empresa que surge de otro anterior. Se espera que los spin off crezcan más rápido que la empresa madre.

Startup

Empresa de nueva creación que presenta un gran proyecto de crecimiento. Suele referirse a la que se dedican al mundo de Internet y las TIC´s.

Storytelling

Contar historias pero de tu propia empresa. Se intenta conectar más con la audiencia al contar historias propias de los inicios de la empresa o que es lo que ocurre en su interior.

Target

Es el objetivo de tu negocio, es decir, tu público objetivo. Conocer nuestro target nos permitirá saber si nuestro negocio es viable o no, por lo que es necesario realizar un estudio de mercado.

TIC´s

Tecnología de la información y la comunicación. Son los recursos y herramientas para procesar, compartir y administrar la información.

Venture capital

Es el capital de riesgo, es un tipo de financiación realizada por empresas especializadas en carteras de inversión de alto riesgo. Se intercambian fondos por acciones.

Videoblogging

Realizar un vídeo y publicarlo en Internet para tener reacciones a ese vídeo. Normalmente son los blogueros y crean uno por semana o por mes. También son una buena forma de publicitar un negocio

Webinar

Combina web y seminario. Son cursos, talleres o seminarios interactivos de forma online.

 

Con esta entrega terminamos el diccionario para emprendedores, esperamos que os sea útil.

 

 

 

 

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Diccionario para emprendedores III

Diccionario para emprendedores 3ª parte

En el mundo del emprendedor seguimos viendo y descubriendo nuevos términos, vamos a por unos pocos más.

Elevator pitch

El nombre se debe al tiempo de un ascensor que varía de 30 segundos a 2 minutos en el cual hay que mostrar tus mejores cualidades empresariales para mostrar tu producto al público objetivo.

Emprendedor

Es la persona que crea una oportunidad de negocio o crea una empresa.

Empowerment

El empowerment quiere reforzar a los trabajadores de la empresa, para que puedan tomar decisiones y tener iniciativa para resolver problemas. Eso contribuye a mayor competencia y mayor satisfacción del trabajador.

Exit

Cuando una start up de éxito acaba siendo vendida a otra más grande, pro ejemplo You tube a Google.

FFF

Family, Fools anf Friends (familia, amigos y tontos), suelen ser los primeros en invertir en nuestra idea de negocio y así evitar los préstamos bancarios.

Freemium

Modelo de negocio que ofrece un servicio básico gratuito pero al tener muchos usuarios cobra por otros más especiales, un ejemplo seria Spotify.

Growth hacking

Es el que conoce formas de posicionamiento para pequeñas empresas sin gastarse dinero en publicidad ni marketing, solamente usando las redes sociales.

Influencer

Podría considerarse como un líder de opinión online, suelen haber influencers en diferentes sectores y sus seguidores que suelen ser bastantes creen lo que dicen.

Merchandising

Aquello que anima una venta, publicidad, muestras gratuitas, visualización de la marca o producto entre otros.

Modelo lean

Modelo de trabajo humilde en que se basa pensar, experimentar y aprender de los datos. La mayoría de las start-ups tienen este modelo.

MOOC

Cursos online masivos y abiertos, originados en las universidades americanas.

Networking

Capacidad para hacer contactos, sobretodo en las redes.

Outsourcing

Externalizar una actividad de la empresa para centrarse en la actividad fuerte de la empresa, aumentando la eficacia y ahorrando tiempo.

Plan de negocio o plan de empresa

Analizar en detalle un plan de negocio, estrategia, recursos y previsiones.

Pop up store

Son sitios que venden productos de cualquier tipo durante un tiempo determinado, por ejemplo un garaje que se convierte en sala de arte.

 

Con esta tercera entrega esperamos que los términos que se ven y se oyen por diferentes redes vayan adquiriendo más sentido. Asesoria-online.net

 

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Diccionario para emprendedores II

Diccionario para emprendedores II

Continuamos con la explicación de los términos más importantes para los futuros emprendedores o los que ya están inmersos en su nueva andadura empresarial.

CEO

Se denomina CEO al director ejecutivo de la administración de la compañía ( Chief Executive Officer ). Es la persona con mayor responsabilidad en la empresa o compañía por ejemplo Bill Gates en Microsoft.

Cloud computing

Se conoce como «computación en la nube» donde toda la información y datos se encuentran dentro de la red de internet, como en la nube, y así todo el mundo puede acceder a la información sin tener que tener un gran dispositivo tecnológico.

Coach

Coach se conoce a la persona que se ha formado para motivar y dar técnicas para impulsar a otro a conseguir sus metas profesionales o personales.

Community manager

Persona con conocimientos de diseño, marketing, publicidad encargada de gestionar y moderar y desarrollar las comunidades virtuales de una marca por medio de Facebook, Twitter o You Tube entre otros.

Copy creativo

Es el redactor publicitario de una marca o empresa.

Coworking

Es un espacio de trabajo compartido entre coworkers que pueden ser pequeñas empresas o freelances donde desarrollan su actividad

Crowdlending

Modelo innovador en el que inversores particulares ofrecen préstamos a pymes o a pequeños emprendedores.

Crowdfunding

Pedir financiación al público en general para desarrollar un proyecto.

Dropshipping

Se basa en vender productos de otras tiendas on-line, tu lo compras en la tienda on-line y ellos se lo envían a tu cliente , no necesitas stock por lo que resulta una idea de negocio económica.

Ecommerce

Comercio electrónico para intercambiar bienes y servicios sin barreras de tiempo o distancia.

 

Aunque todavía nos quedan términos de los que hablar esperamos que esta segunda entrega os haya sido de útil, asesoria-online.net

 

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Diccionario para emprendedores

Diccionario para emprendedores

En el artículo de hoy queremos traerte la primera entrega del diccionario para emprendedores. Si eres emprendedor o estás planteando lanzarte a tu nuevo negocio puede que no te suenen algunas de estas palabras. ¡Sigue atento! porque hoy te dejamos las diez primeras.

Aceleradora

Son programas para hacer madurar el o los proyectos con mayor potencial y así conseguir en poco tiempo lo que en condiciones normales se tardaría mucho en conseguir. Las aceleradoras pueden estar promovidas por instituciones públicas o privadas.

Analytics

Programa de Google totalmente gratuito e indispensable para cualquiera que tenga presencia en la red ya que mide tu audiencia. Te informa de como llega el cliente a tu web, blog o tienda online, las palabras clave por las que te buscan, visitas en tiempo real, etc.

Blog

Podría ser como un diario en la que se van introduciendo artículos o post para conseguir mayor interactividad con el usuario y te hace completar las redes sociales. Además Google puntúa de forma favorable las publicaciones habituales para el posicionamiento de tu web.

Branding

Es la marca, nombre, símbolo que te identifica. Cada día más importante en el mundo de Internet.

Briefing

Sería como una hoja de ruta de lo que hay que hacer entre el cliente y tú o entre los trabajadores, por lo que se ahorra mucho tiempo si se tiene todo bien organizado.

Bussines angel

Son inversores que tiene capital para invertir en proyectos o startups a cambio de obtener acciones. Muchos se convierten en socios o asesores de las empresas.

B2B

Se conoce como Bussines to Bussines. Son relaciones entre empresas, se crean productos para que sean consumidos por otras empresas y no por particulares.

Capital semilla

Es el capital para cuando se esta gestando un nuevo proyecto, aquí es cuando muchos bussines angels hacen su aparición.

Cash flow

ES el flujo de caja. En contabilidad se calcula el cash flow= beneficios netos + amortizaciones + provisiones.

Cash

El dinero en efectivo del que dispone tu empresa.

Si os ha parecido interesante, no os perdáis la próxima entrega desde Asesoria-online.net

 

 

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Abrir una empresa online

Como empezar tu empresa online

Si estas pensando en crear tu propio negocio y además hacerlo online desde asesoria-online.net te dejamos una serie de consejos que esperamos te sean útiles.

Encontrar una necesidad en el mercado y llenarla

La mayoría de personas que buscan abrir una empresa primero buscan el mercado y luego el producto, pero debe ser al revés. Primero hay que encontrar la necesidad a un producto o un servicio y en segundo lugar buscar el mercado para ello.

  • El truco es encontrar un grupo de personas que estén buscando una solución a un problema e investigar por internet:
  • Visitar diferentes foros.
  • Investigar las palabras claves, pero para las que no muchos sitios estén compitiendo.
  • Echar un vistazo a los competidores potenciales y observar lo que hacen.

Crear el producto o servicio

1º Despertar el interés con titular bueno y efectivo.

2º Describir que problema soluciona tu producto.

3º Agregar credibilidad y testimonios.

4º Hablar de los beneficios de tu producto o servicio.

5º Hacer una oferta.

6º Crear una urgencia para tu producto o servicio.

Crear tu sitio web

Una vez tenemos el mercado y el producto hay que centrarse en la imagen web y de Internet. Hay que ser sencillo y directo, la clave es llamar la atención en menos de 5 segundos.

Te dejamos algunos consejos;

  • Usar una o dos fuentes como máximo sobre un fondo blanco.
  • Usar una navegación simple y sobretodo clara.
  • Facilita la compra, no más de dos «clic» hasta la compra.
  • Usar imágenes o vídeos solo si mejoran tu imagen.

Utilizar los motores de búsqueda para que los clientes lleguen a tu producto

Una de las maneras más fáciles de conseguir  publicidad de un sitio nuevo como es tu empresa online es por pago de clic. Con el pago de clic puede usar las palabras claves para enfocar tu empresa online y recibir visitas.

Ofrecer información de tu empresa de forma gratuita

Todo el mundo usa Internet para obtener información, proporcionar esa información a otros sitios y de forma gratuita se verá reflejado en mayor visibilidad, posicionamiento y tráfico para la web de tu empresa online.

  • Distribuir contenido gratuito y experto.
  • Crear artículos, vídeos o cualquier otro contenido que la gente encuentre útil.
  • Ser visible en foros y redes sociales.

 

Internet cambia muy rápido pero las bases de como crear un negocio o empresa online siempre son las mismas, empieza ya tu negocio online. Desde asesoria-online.net te ayudamos en todo.

 

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Deducciones para el autónomo que trabaja desde casa

Deducciones de teléfono e Internet

La comisión de empleo contempla la posibilidad, propuesta por Ciudadanos, que el autónomo que trabaja desde casa la deducción de hasta el 20% de los gastos de teléfono e Internet.

Agua, luz y gas

La realidad es que, pese a que en 2015 una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avalaba la deducción de estos gastos del autónomo,  el criterio de Hacienda es mucho menos permisivo.

Solo se acepta la desgravación en caso de tener contadores separados, algo que no es nada frecuente en los domicilios  por lo que existen pocas personas que deduzca estos gastos o se haga de forma errónea.

con independencia de que el autónomo desarrolle su actividad en casa o fuera de ella, Hacienda ya permite la deducción del teléfono siempre y cuando se disponga de dos líneas y facturación distintas, una para uso personal y otra profesional.

¿Que gastos puedo deducirme si trabajo desde casa?

Hacienda establece 3 requisitos para deducirse un gasto:

Que esté relacionado con la actividad económica.

Que exista factura que lo justifique.

Que esté registrado en la contabilidad del negocio.

Bajo este criterio los gastos susceptibles de desgravación para el autónomo que trabaja en o desde casa son aquellos inherentes a la propiedad del inmueble, es decir:

– Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
– Intereses de hipoteca
– Comunidad de propietarios y vecinos,
– Intereses de hipoteca
– Seguros
– Amortizaciones.

Por tanto, si eres propietario de la vivienda no tendrás ningún problema a la hora de deducirte estos gastos. La clave está en cumplimentar adecuadamente el apartado 6B del modelo 037 del IAE que hace referencia al lugar de realización de la actividad. En él hay que indicar la dirección del domicilio, la superficie del mismo y el grado de afectación a la actividad.

Si eres inquilino, puede complicarse ya que hacienda exige dos contratos lo que supone para el arrendatario mas cargas fiscales.

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Sanciones por no dar de alta a un trabajador

¿Cuál es la sanción por no dar de alta un trabajador?

La Seguridad Social determina que cualquier persona que ejerza su actividad profesional lucrativa, de forma habitual y no esté sujeta a un contrato de trabajo debe darse de alta como autónomo sin hacer referencia al volumen de facturación e ingresos.Esta falta de referencia sobre ingresos y temporalidad da lugar a un vacío legal que es interpretado como falta de obligatoriedad de alta en el RETA, una interpretación errónea.

Además debes tener en cuenta la facturación derivada de tu ejercicio. ¿Qué ocurre si la Agencia Tributaria nos sorprende facturando sin estar dado de alta en el IAE? La infracción es considerada grave y puede salirte bastante cara; para ser más exactos la cuantía de la sanción oscila entre 300 y 3000 euros.

Es posible que hayas recorrido la mitad del camino, es decir, que te hayas dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social pero hayas eludido o retrasado el pago de la cuota mensual que te corresponde. En este caso también tendrás una penalización o sanción en forma de recargo del 20% del importe de la cuota. En este sentido la nueva ley de autónomos aún en trámites pretende establecer nuevas retenciones con el objetivo de flexibilizar los recargos que quedarían de la siguiente manera:

  1. Recargo del 3% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas dentro del primer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  2. Recargo del 5%, si se abonasen las cuotas dentro del segundo mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  3. Recargo del 10%, de abonarse las cuotas dentro del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
  4. Recargo del 20% de la deuda, en el caso de abonarse las cuotas debidas a partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.

¿Conoces nuestro servicio de asesoría para autónomos de bajo coste?

Toda ayuda es poca, por eso nuestro servicio para autónomos y sociedades es un paso más en la reducción de los gastos mensuales de su empresa.

Noticia original en Infoatónomos

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El BOE congela la cotización mínima de autónomos

El Gobierno se reserva la posibilidad de incrementar esta base míninima de los trabajadores por cuenta propia en los Presupuestos Generales del Estado, si logra sacarlos adelante

La base de cotización mínima de los trabajadores autónomos será de 893,10 euros en 2017, lo que supone una congelación respecto a 2016 cuando se fijó en idéntica cuantía, según la orden de cotización a la Seguridad Social publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) el sábado pasado.

De esta forma, el BOE ha confirmado la cuantía de la cuota que se ha cobrado a casi dos millones de autónomos (sin asalariados) en este inicio de año, pero que aún estaba pendiente de la publicación de dicha orden.

Si bien, los planes del Ministerio de Empleo son mantener esta congelación, solo de momento, hasta ver si hay o no Presupuestos Generales del Estado. De hecho, si el Gobierno lograra sacar adelante un nuevo diseño de cuentas públicas en marzo, como parece que es su intención, esta base mínima podría incrementarse.

El BOE ha confirmado igualmente todas las bases de cotización del resto de los Regímenes de Seguridad Social. Así, las bases mínimas del Régimen General, por el que cotizan más de ocho de cada diez afiliados, queda fijada entre los 27,52 euros al día de los grupos 8 al 11 de cotización y los 1.152,90 del grupo 1, tras incrementarse un 8% respecto a las de 2016 (lo mismo que sube el Salario Mínimo Interprofesional)..

Mientras que a las bases máximas se les aplica una subida del 3% quedando fijadas tanto para el régimen general como para el de autónomos en 3.751,20 euros mensuales. En este punto, el BOE ha confirmado también que las bases mínimas de cerca del millón de autónomos que en algún momento de 2016 tuvieron contratados a su servicio a un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 10 trabajadores subirán un 8% hasta los 1.152,90 euros mensuales, lo mismo que se incrementan las bases mínimas del régimen general.

Las asociaciones de autónomos han criticado esta subida de los denominados autónomos societarios (con 10 o más asalariados) porque la cuota mensual de estos trabajadores subirá de 316,18 euros a 328,56 euros, lo que les supondrán pagar una cuota completa más al año.

Las asociaciones de autónomos han criticado esta subida de los denominados autónomos societarios (con 10 o más asalariados) porque la cuota mensual de estos trabajadores subirá de 316,18 euros a 328,56 euros, lo que les supondrán pagar una cuota completa más al año.

Evitar la ‘compra’ de pensiones

Esta órden de cotización precisa también los límites de las aportaciones de los trabajadores autónomos para evitar el efecto ‘compra de la pensión’ en los últimos años de la vida laboral de este colectivo.

En concreto, se fija que solo autónomos que a 1 de enero de 2017 sean menores de 47 años podrán elegir su base de cotización entre la base mínima de 893,10 euros y la máxima de 3.751,20 euros al mes.

También tendrán estos topes máximo y mínimo aquellos que tengan ya 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2016 haya sido igual o superior a 1.964, 70 euros mensuales, o causen alta en este régimen especial.

Los trabajadores que a 1 de enero de 2017, tengan 47 años, si su base de cotización fuera inferior a 1.964,70 euros mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.964,70 euros mensuales, salvo que ejercicten su opción de elevar su base por encima de esa cantidad antes del 30 de junio de 2017.

Por último, las bases de cotización de aquellos que tengan 48 o más años desde el pasado 1 de enero tendrán una base de cotización comprendida entre 963,30 euros y 1.964,70 euros mensuales.

Noticia original:

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Cinco buenas noticias para autónomos que llegarán en 2017

Cinco buenas noticias para autónomos que llegarán en 2017

Recopilamos cinco medidas que tendrán un impacto directo y positivo en los trabajadores autónomos de nuestro país. Todas ellas, se mantendrán en vigor y con efectos positivos, al menos, durante 2017

Con el inicio del año, en Territorio Pyme repasamos cuatro malas noticias que recibirían los autónomos en 2017. Sin embargo, en los próximos once meses, también habrá cuestiones y cambios normativos que afectarán en positivo a este colectivo. Las recopilamos y explicamos a continuación:

Penalizaciones fiscales a las empresas que incurrar en morosidad. El tiempo medio de cobro de un autónomo, en el sector privado, es superior a los 80 días. Es indudable el perjuicio que supone para este colectivo cobrar sus facturas emitidas en estos plazos. Sin embargo, el ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, anunciaba hace dos semanas en el Congreso de los Diputados que impondrá más cargas fiscales a las empresas que tarden en pagar a sus proveedores. Las medidas concretas que se implantarán como castigo están todavía por definir.

Aplazamiento de IVA. Los autónomos, finalmente, sí podrán aplazar deudas con la Agencia Tributaria. El Decreto inicial prohibía expresamente esta opcion, pero las modificaciones posteriores aprobadas sí permiten mantener esta medida, que suponía un alivio para el colectivo, en ciertos momentos del año.

Mantenimiento de bonificaciones para autónomos en el año 2017. Se mantienen las principales bonificaciones para autónomos activas en materia de Seguridad Social:

  • Tarifa plana para autónomos, que permite pagar únicamente 50 euros durante los seis premios meses de actividad. Los meses posteriores también están bonificados.
  • Ayudas a nuevas autónomas menores de 30, o autónomos menores de 35, con una reducción de un 30% sobre la cuota de contingencias comunes.
  • Autónomos en baja por maternidad (o paternidad), con una bonificación del 100% en la cuota a pagar a la Seguridad Social por el trabajador contratado, durante el periodo de baja.
  • Bonificación del 100% al autónomo que contrate bajo condiciones de conciliación de vida personal y familiar. Es decir, con niños menores de 7 años a cargo, o familiares en situación de dependencia.
  • Familiares colabores que se hagan autónomos, tendrán una bonificación del 50% durante los 18 meses posteriores.

La reforma del empleo autónomo, a expensas de modificaciones sobre el reglamento antes de su aprobación definitiva, contempla los siguientes aspectos positivos:

  • Reducción del recargo por no abonar en plazo las cuotas de la Seguridad Social. Antes era del 20%. A partir de ahora se espera que pasen al 3, 5 y 10%, dependiendo de si se abonan en el primer, segundo o tercer mes.
  • Se valora la cotización parcial, en función del día del mes en el que el autónomo se de de alta. Actualmente, un autónomo que activa su alta como tal el día 20 de un mes, deberá pagar la cuota del periodo completo.
  • Ampliación de la tarifa plana de autónomos de seis a doce meses.

Es importante destacar que estas tres últimas medidas están pendientes de aprobación. Es decir, no son efectivas en este momento. Se espera su implantación defintiva a lo largo de este 2017.

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¿Autónomo o SL, quien paga menos?

Autónomo o SL

Una de las preguntas más habituales de nuestros clientes o futuros clientes es los gastos que conlleva y la diferencia entre autónomo y SL, sin duda una decisión muy importante a la hora de comenzar una actividad empresaria. en este artículo haremos un pequeño repaso de los principales gastos de ambas modalidades.

¿Me conviene ser autónomo o constituir una SL?

La pregunta es difícil de responder, partimos que la estructura empresarial es totalmente diferentes para ambos, la principal diferencia es que el autónomo tributa por el IRPF, mientras que la SL lo hace por el impuesto de sociedades. Actualmente, el tipo general de este impuesto se mantiene en un 25% sobre la base imponible y, para las nuevas sociedades, se aplica un tipo reducido del 15% durante dos años. Sin embargo, en el caso del impuesto sobre la renta (IRPF) la tributación es progresiva y depende del nivel de ingresos. Estos son los tipos aplicables:

  • Base imponible     Tipo aplicable
  • Hasta 12.450 euros     19%
  • Entre 12.450 y 20.200 euros     24%
  • Entre 20.200 y 35.200 euros     30%
  • Entre 35.200 y 60.000 euros     37%
  • Más de 60.000 euros     45%

Partiendo de estos números a medida que cobres más, menos te interesará ser autónomo, si nos fijamos en el 25% de las sociedades podríamos pensar que apartirl de los 20.000 euros nos podría interesar dar el cambio, eso no es del todo cierto ya que las SL conllevan otros gastos como la constitución de la SL, la cuota del autónomos societarios (unos 320€ frente a 267,03 del autónomo).

Si se trata de una sola persona, es aconsejable comenzar con la modalidad de autónomo y a medida que la facturación aumente dar el salto al SL, para el caso de varios socios la posibilidades se reducen y den dar el salto directamente a la Sl.

 

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El reciclaje profesional

Todos sabemos que la situación laboral actual se encuentra en un panorama complejo, en los tiempos que corren vemos como los números de parados suben o bajan dependiendo de la época del año y la rama profesional.

Muchas personas se han quedado en paro, todos conocemos a alguien que después de un tiempo trabajando en la misma empresa esta cierra o disminuyen la plantilla o una familiar o amigo que abrieron su negocio con mucha ilusión pero que con el tiempo han tenido que echar el cierre.

Y llega el temido momento de preguntarte ¿y ahora qué?,  en este artículo vamos a daros algunas pautas para los que os habéis quedado en paro recientemente, o llevéis en él ya hace algún tiempo, y de cómo afrontar esa situación y reciclarnos para un nuevo empleo, tanto si es de nuestra rama profesional como no.

Estoy en paro y ahora qué hago

Lo primero es estar optimista y no pensar que todo lo que hemos hecho con anterioridad no vale de nada.

Debes pregúntate qué ha podido fallar y lo más importante es detectar si etos motivos están directamente relacionados con tus competencias o actitud en el trabajo, si es así ya tienes por donde empezar y deberás mejorar estos puntos en tu carrera profesional.

Es bueno tomarse un tiempo prudencial para definir las alternativas disponibles en tu carrera profesional y muy recomendable definir los tipos de trabajos a los que puedes optar como candidato, así  como los trabajos que no están relacionados con tus competencias, pero donde creas que puedes reciclarte como profesional

¿Cuándo debemos reciclarnos como profesionales?

Llegado un punto es nuestra vida laboral nos podemos ver obligados a reciclarnos como profesionales, existen muchos motivos, a continuación te listamos algunos:

  • Sector laboral sin oferta.
  • Saturación de trabajadores del sector laboral.
  • Alta competencia de trabajadores.
  • Competencias relacionadas con la edad.
  • Falta de formación o especialización.
  • Desmotivación personal.

Detectaremos fácilmente la necesidad de reciclaje, ya que llegado el momento veremos como siempre seremos descartados de las entrevistas o simplemente ni siquiera llegamos a realizar entrevistas en las ofertas laborales que solicitamos.

Llegado este punto, deberemos plantearnos una serie de cuestiones:

  • ¿Qué queremos hacer o qué nos gusta?
  • ¿Quiero continuar en mi rama profesional?
  • ¿Cual es la oferta y demanda de empleo actual en mi ciudad?

En definitiva deberemos elegir si queremos seguir trabajando en nuestra rama o buscar nuevos retos fuera de nuestro círculo de confianza.

Para el caso de estar en paro seguir en la misma rama

Si vas a continuar en tu rama laboral,  entonces deberás especializarte y diferenciarte del resto de competidores por medio de la formación.

La formación es la clave del reciclaje profesional, tu currículum profesional debe reflejar  tu trayectoria laboral y formativa.

Investigar cuales son los empleos más demandados en tu rama labora, formándote en los puntos más débiles de tu currículum para cumplir las necesidades de estos puestos.

Debemos entender que un currículum con lagunas no es la mejor carta de presentación, por lo que en el caso de estar parado es muy recomendable continuar formándote en las competencias relacionadas con tu carrera.

Destaca tu trayectoria profesional junto a tus procesos de formación entrelazando ambos conceptos para que el currículum tome más sentido.

¿Sabías que existen puestos de trabajo que exigen certificaciones de los trabajadores por contrato?

Para el caso de estar en paro y saltar a otra rama o competencia completa

Para el caso que quieras salir completamente de tu ámbito laboral, la formación es totalmente necesaria, hay que tener en cuenta que deberemos afrontar nuevos retos para los que a priori pensarán que no estamos preparados.

Nuestro currículum será la carta de presentación, por lo que deberás destacar las competencias relacionadas con la nueva rama laboral, así como la nueva formación relacionada con los nuevos tipos de empleos.

¿Sabías que muchos arquitectos se han reciclado como gestores de proyectos informáticos en la Banca?

Para el caso de estar trabajando

Si eres de los que tiene un empleo estable pero decides seguir formándote, puedes enfocar tus retos en perfeccionar idiomas, instruirte más en alguna rama informática que sea más demandado o utilizada en tu empresa o cualquier curso que te sirva incluso para otro empleo o sector laboral.

Nunca dejes de formarte

Para concluir te damos un consejo, ¡Nunca dejes de formarte!, la vida laboral es muy larga y puede cambiar de rumbo en cualquier momento, ya sea por la necesidad de afrontar nuevos retos, cambio de ciudad o buscar una mejora laboral.

Ten al día siempre tus currículum destacando tu vida laboral y formativa.

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La especialización en el mundo laboral

Descubre por qué deberías especializarte en tu área profesional

Sobre la especialización laboral

El proceso de especialización del trabajador es una parte clave para una carrera profesional duradera y completa. La especialización  nos asegura reforzar nuestra posición en el mercado laboral frente a nuestros competidores.

Ventajas de la especialización

Especializarnos en ciertas áreas de nuestro ámbito laboral nos asegura convertirnos en una pieza clave para la empresa donde desarrollamos nuestra carrera laboral.

En el caso de encontrarnos en situación de desempleo, nos permite posicionarnos como la pieza clave que buscan los recruiter para puestos muy especializados.

En definitiva la especialización nos permite reforzar nuestra posición en un mercado laboral cada vez más competitivo y con una fuerte demanda de empleo.

Especialización laboral para trabajadores

La vida laboral del trabajador, por norma general, es muy larga, por medio de la especialización nos aseguramos un currículum laboral completo.

Imaginemos que llevamos más de 5 años en la misma empresa y no realizamos ningún tipo de formación centrada en una especialidad, a la hora de futuras ofertas laborales daremos la impresión de una posición cómoda y sin complicaciones, aportando una imagen no adecuada para la búsqueda de nuevos retos.

La especialización laboral se consigue siempre desde el punto formativo y el punto de desarrollo de las capacidades adquiridas en el puesto de trabajo actual del trabajador.

Una de las ventajas de la especialización, en el caso que estemos empleados, es la posibilidad de compaginar esta especialización con nuestro trabajo y la formación, además de que la propia empresa puede incluso pagar esta formación.

Especialización laboral para trabajadores desempleados

En el caso de encontrarnos en situación de desempleo, el proceso de especialización puede resultar más complejo, ya que solo dispondremos de la herramienta formativa, sin poder aplicar estas nuevas competencias.

Sin embargo, esta especialización nos permitirá abrirnos más puertas en el mercado laboral actual y desmarcarse de los competidores en las entrevistas de trabajo y sobre todo destacar en nuestro currículum las nuevas habilidades.

Para este caso la formación especializada puede resultar más costosa, ya que cualquier tipo de máster o certificaciones conlleva un desembolso económico. También puedes buscar descuentos por desempleos o de los propios máster.

Un consejo, para el caso formativo tipo máster, te recomendamos que busques alguno con prácticas en empresas, de esta forma podrás reforzar tu currículum y sobre todo aplicar los conocimientos adquiridos en un entorno de trabajo activo.

Prepara tu currículum en base a tu especialización

Una forma muy interesante de afrontar una entrevista de trabajo, es adaptar nuestro currículum en base a los puestos ofertados, hace poco hablábamos del proceso de reciclaje en trabajadores tanto desempleados como empleados, haciendo hincapié en la importancia formativa.

La preparación de tu currículum es la clave a la hora de afrontar una entrevista laboral, orientarlo en base a las competencias requeridas en la oferta, destacando los puestos de trabajo donde hemos desarrollado estas competencias y relacionando los puestos donde no las hemos desarrollado.

Los recruiter, por norma general, realizarán un recorrido por tu currículum, donde tu deberás destacar las principales funciones desarrolladas en cada puesto y sobre estas funciones buscarán la relación con el puesto de trabajo ofertado.

quote/ Estructura el currículum en base a la oferta laboral ofertada, preparando un recorrido por los últimos puestos de trabajo y destacando que pueden aportar a la nueva oferta de trabajo /quote

Conclusiones

La especialización en el marco laboral, es la clave para una carrera larga y exitosa.

Desde el punto de vista del trabajador en activo es muy recomendable un proceso continuo formativo para conseguir ese detalle de especialización.

Para el caso del trabajador en situación de desempleo se convierte en una herramienta para poder abrirse nuevos puestos en el mercado laboral.

Por último te recomendamos que siempre tengas actualizado tus currículum en base a diferentes perfiles especializados.

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El Gobierno aprueba el varapalo fiscal a las empresas

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que reforma el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades para cumplir con el déficit. Esta subida fiscal estará en vigor mientras el déficit se sitúe por encima del 3%.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un aumento del tipo mínimo del Impuesto de Sociedades del 12% actual al 23% con el objetivo de recaudar 8.000 millones de euros más.

La intención es que la reforma ya esté en vigor en los pagos fraccionados del mes de octubre y diciembre. Los pagos fraccionados a cuenta de Sociedades se abonan en los veinte primeros días naturales de abril, octubre y diciembre del periodo impositivo en curso, y en julio del año siguiente se liquidan las diferencias con la presentación de la declaración del impuesto.

El fin de la reforma, según el Gobierno, es aumentar la recaudación con el fin de cumplir el objetivo de déficit público comprometido con Bruselas para 2016 y fijado en el 4,6% del PIB.

Tipo mínimo del 23%

En concreto, el decreto-ley, que el Ejecutivo tiene que enviar a Bruselas antes del próximo 15 de octubre, establece un tipo mínimo que será del 23% frente al 12% actual para aquellas empresas que facturen más de 10 millones de euros anuales (unas 9.000) y que estará en vigor, como mínimo, este año y el que viene, aunque no se descarta que también se aplique en 2018 en función de la evolución del déficit.

La reforma del impuesto endurecerá especialmente el tipo a aplicar en el caso de los bancos, elevándolo hasta el 25%. El tipo mínimo del pago fraccionado, que actúa como un adelanto de la liquidación del impuesto, se ha aplicado entre 2012 y 2015, año en el que este tipo se situó en el 12%. Con la reforma fiscal de 2015 se eliminó, pero la caída de los ingresos por Sociedades hasta junio ha llevado al Gobierno en funciones a dar marcha atrás y volverlo a establecer, en este caso incrementado.

Con esta medida, el Ejecutivo prevé ingresar 8.000 millones de euros adicionales al año para poder cumplir con el déficit, en un momento en el que los ingresos por pago fraccionado de las empresas está cayendo más del 50% como consecuencia, por un lado, de la rebaja del impuesto, que entró en vigor de forma escalonada en 2015 y 2016, y por otro lado, por la desaparición este año del tipo mínimo del 12% de los pagos fraccionados.

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, presidida por el presidente del Ejecutivo en funciones, Mariano Rajoy, estudió ayer soluciones a varios asuntos urgentes de la economía española «en un contexto de nueve meses de Gobierno en funciones».

Entre otros, analizó cambios normativos, como los del Impuesto de Sociedades, para adaptar la senda de déficit público de las distintas administraciones a la nueva senda acordada con la UE y al cumplimiento de los compromisos para la reducción del déficit acordados con Bruselas.

Máximo apoyo

Una vez que el Gobierno ha dado luz verde al decreto este viernes, las Cortes deberán posteriormente refrendarlo, por lo que será necesario que el PP negocie con los demás grupos, principalmente con el PSOE y Ciudadanos, para conseguir su apoyo.

En principio ninguno de los dos grupos ha rechazado la medida, que en la práctica supone aumentar la fiscalidad de las grandes empresas, pero esperarán a la letra pequeña del decreto para confirmar si lo apoyan, algo que da por descontado el Ejecutivo, ya que se trata de una medida imprescindible para conseguir cuadrar el déficit y el principal motivo por el que España se salvó de la multa de Bruselas.

En cualquier caso, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas está manteniendo contactos con los distintos grupos de la oposición para intentar conseguir el máximo apoyo posible a la reforma.

Así, según han confirmado a Europa Press distintas formaciones políticas, Hacienda tiene una línea de diálogo abierta con el PSOE y el PNV y prevé reuniones con Ciudadanos y Podemos para facilitar la aprobación de la reforma.

Críticas de los agentes sociales

La CEOE y Cepyme han criticado la reforma por considerar que se acomete con «nocturnidad y alevosía» y porque puede afectar al empleo y la inversión», ya que «en el momento en el que no hay liquidez, cae el empleo» y la tildan de «política fiscal errónea».

El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha dicho que la reforma es una «chapuza» y advierte de que «con la fiscalidad no hay que hacer electoralismo».

Esta es una de las decisiones de calado que prevé aprobar el Gobierno durante su etapa en funciones y que deberá remitir al Parlamento con el objetivo de que obtenga su visto bueno.

Ley para marcar los objetivos de déficit en las CCAA

Además, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que el Gobierno en funciones está estudiando ynegocia con los grupos parlamentarios «la posibilidad de trasladarles a las CCAA los nuevos objetivos de déficit y deuda». Para ello, se está planteando una proposición de ley de modificación de la Ley de Estabilidad presupuestaria y financiera.

«Se trata de que puedan mantener su nivel de servicios públicos», ha dicho, tras señalar que el Ejecutivo está gobernando en funciones y son «momentos difíciles».

En la práctica, una de las consecuencias es que la medida servirá para poder pasar el déficit autorizado a las comunidades autónomas este año del 0,3% previsto en enero al 0,7% decidido en abril y aprobado por la UE, y del 0,1 al 0,5% en 2017. Los Gobiernos autónomos podrán así preparar con seguridad jurídica sus presupuestos para el próximo ejercicio, una reclamación que han venido haciendo todos los ejecutivos regionales.

Sáenz de Santamaría ha añadido que la tramitación de la proposición no de Ley se produciría en las Cortes ya que el Gobierno en funciones no tiene capacidad para presentarla, por lo que es necesario el apoyo de los grupos parlamentarios.

En este sentido, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha dicho que para aprobar esta reforma «se necesitan los apoyos correspondientes, es decir, una mayoría absoluta».

Saénz de Santamaría ha asegurado que esta ley permite que haya o no Gobierno (con la consiguiente disolución de las Cortes) antes de finales de octubre se pueda llevar al Congreso y al Senado la senda de déficit de las Administraciones Públicas, el primer paso para elaborar los presupuestos.

También ha señalado que entre las medidas económicas que se han aprobado hoy está la distribución del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) relativo al cuarto trimestre para mejorar los tiempos de cobro de los proveedores.

Ha indicado que el conjunto de medidas que hoy aprueba el Consejo de Ministros y que se están dialogando con los partidos políticos trata de evitar «daños a los españoles, que las administraciones tengan nuevos objetivos de déficit y para favorecer el pago en plazo a los proveedores».

«Hay que seguir gobernando en la medida en que nos permiten las leyes o incluso cambiarlas si es posible», ha afirmado.

La reunión de hoy ha estado presidida por el jefe del Gobierno, Mariano Rajoy y se ha celebrado en medio de la crisis del PSOE y a la espera de su resolución para saber si será posible una investidura antes del 31 de octubre o habrá que repetir las elecciones.

Fuente: Diario Expansión.

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Báñez plantea hacer compatible el cobro del 100% de la pensión con el empleo

La ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, ha planteado, como compromiso del Gobierno para la próxima legislatura, hacer compatible el cobro del 100 % de la pensión con el empleo, con el único requisito de haber llegado a la edad ordinaria de jubilación, es decir, a los 65 años.

En el ciclo Pensar en España, organizado por los diarios EXPANSIÓN y El Mundo y que se ha inaugurado con el encuentro ‘Pensiones’, la ministra ha explicado que esta medida supone seguir trabajando más allá de la edad de jubilación al tiempo que se recibe el total de la pensión (en la actualidad es posible hacerlo percibiendo el 50%).

Fátima Báñez ha señalado que esta medida es aplicable a cualquier empleo y está dirigida a los españoles que se sientan con capacidad de aportar su experiencia a la sociedad a través de un trabajo, percibiendo además la totalidad de la pensión que le corresponda.

El Fondo de Reserva es de «uso temporal»

La titular de Empleo en funciones se ha referido también al Fondo de Reserva de la Seguridad Social, conocido popularmente como ‘hucha de las pensiones’, y ha dicho que «es un instrumento de uso temporal» y que las pensiones se seguirán pagando con empleo.

Sin embargo, Báñez no ha concretado qué pasara en 2017, cuando previsiblemente se agotará esta «hucha de las pensiones» y no se podrá abonar la paga extra de navidad.

Sí ha señalado que el modelo de pensiones en España es generoso y ha lanzado un mensaje de esperanza porque es sostenible y funciona en el corto y medio plazo.

En este sentido, la responsable de empleo ha mencionado un informe de la Comisión Europea según el cual España es el país ejor preparado en materia de pensiones para 2060 y que, en esa fecha, el gasto en pensiones superará el 11% del PIB, mientras que en Bélgica, por ejemplo, supondrá el 15%.

Báñez ha anunciado los indicadores que demuestran lo bien que va el sistema y ha reseñado que mientras que en 2011 por cada nueva pensión se destruían tres empleos, en la actualidad por cada una nueva se crean siete puestos de trabajo.

Crece la recaudación por cotizaciones sociales

La ministra ha resaltado que la recaudación por ingresos de cotización es superior al ritmo de afiliación, que roza el 4%, y ha añadido que en 2011 se destruían 1.500 empleos al día y la afiliación caía al 3,59%, mientras que en septiembre pasado se crearon 2.100 empleos al día y la afiliación subió un 3,04%.

En este escenario, Fátima Báñez ha pedido que se preserve lo que ya ha funcionado, con consenso de la clase política y diálogo social. Ha aludido al inicio de los trabajos del Pacto de Toledo y al compromiso alcanzado el lunes pasado con los agentes sociales, abogando por una reflexión serena, un diálogo constructivo y el consenso para seguir perseverando en las reformas que han funcionado.

«España, después de terminar la crisis, paga más pensiones que nunca, más altas que nunca, y, por primera vez, la pensión media de jubilación supera los 1.000 euros«, ha asegurado.

Además, ha dicho que también son «más justas que nunca, porque las mujeres que han trabajado y aportan más de dos hijos tienen un 15% de complemento cuando se jubilan» y ha concretado que desde enero, cuando entró en vigor esta medida, hasta hoy se han beneficiado 118.000 mujeres.

En declaraciones a los medios acerca de la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que equipara contratos temporales e indefinidos, ha remitido al informe que elaborará un grupo de expertos (tal y como se pactó con los agentes sociales) y cuya conclusión siempre irá en favor de la seguridad jurídica de las empresas y la protección de los trabajadores.

Fuente: Diario Expansión.

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Bruselas quiere implantar en toda la UE una base común consolidada del impuesto de sociedades

En unos días la CE volverá a poner sobre la mesa una iniciativa que lleva varada un lustro en manos de las capitales y que supone un paso adelante en la integración comunitaria.

Bruselas quiere resucitar su ambiciosa idea de crear una base imponible consolidada del impuesto de sociedades común en toda la Unión Europea (UE), una medida que ahora quiere que se imponga a las grandes multinacionales para que paguen impuestos allí donde generen beneficios.

En unos días la Comisión volverá a poner sobre la mesa una iniciativa que lleva varada un lustro en manos de las capitales y que supone un paso adelante en la integración comunitaria pero que, a la vez, promete generar tensiones en un momento de gran incertidumbre para el proyecto europeo, según documentación a la que ha tenido acceso Efe.

Bruselas trata de lograr desencallar el proyecto repartiéndolo en dos propuestas separadas, de modo que se pueda crear primero una base tributaria común -es decir, unas normas comunes europeas sobre cómo calcular la base imponible-, y dejando para una segunda fase la polémica consolidación común.

«El proyecto era demasiado ambicioso para ser negociado de una vez», aseguró recientemente el comisario europeo de Asuntos Económicos y Financieros, Pierre Moscovici, impulsor de la propuesta.

El principal cambio respecto a 2011 es que la base común será obligatoria para todas las grandes multinacionales con unos ingresos anuales consolidados de al menos 750 millones de euros, según la comunicación que acompañará a la propuesta, a la que Efe ha tenido acceso y sobre la que han adelantado detalles el diario belga «Le Soir» y «El País».

Busca estrechar aún más el cerco a las empresas que practican las estrategias de ingeniería fiscal para reducir al mínimo sus contribuciones, tras varias propuestas legislativas europeas en este sentido e investigaciones sobre los beneficios fiscales que se conceden a empresas selectas, como el sonado caso Apple, que debe devolver a Irlanda 13.000 millones de impuestos no abonados.

«Sabemos que esta propuesta es ambiciosa. Pero no hay mejor momento para volver a poner en marcha la base común consolidada: con cada nuevo caso de la práctica fiscal desleal o abuso, la frustración pública crece», explicó hoy a Efe la portavoz comunitaria Vanessa Mock.

Mock también defiende que la propuesta traerá beneficios a las empresas, especialmente las pymes y aquellas que apuesten por invertir en desarrollo e investigación, que podrán acceder a deducciones específicas.

Pese a que los escándalos de Luxleaks, los papeles de Panamá y las filtraciones sobre las Bahamas han elevado la presión de la opinión pública sobre países y empresas, la iniciativa es un paso osado, ya que se adentra en una de las competencias exclusivas de los países, la política fiscal, que guardan con celo.

Queda por ver cómo recibirán los Veintiocho la iniciativa, aunque es previsible que algunos países que han atraído a las empresas con ofertas fiscales beneficiosas como Irlanda, Dinamarca, Holanda, Luxemburgo y Bélgica presenten una importante resistencia al proyecto, especialmente a la consolidación común.

La consolidación supone que se agregarían todos los beneficios y las pérdidas de una sociedad o un grupo de sociedades en distintos Estados miembros, a fin de calcular el beneficio neto o la pérdida neta correspondiente al conjunto de su actividad en la UE, sobre el que se determinará la base imponible total de la sociedad o grupo.

Esta cuestión es lo suficientemente delicada como para crear fuertes discusiones entre los países, muchos de los cuales temen que estos primeros pasos conduzcan hacia una federalización de las políticas fiscales.

La Comisión se ha puesto la venda antes de la herida, al asegurar públicamente que Bruselas no persigue proponer unos tipos mínimos del impuesto de sociedades -derecho que seguirá en manos de los países- y que no trata armonizar el impuesto de sociedades, unas líneas que pocos socios estarían dispuestos a cruzar.

Fuente: Diario Expansión.

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Más ventajas fiscales en la sucesión de la empresa familiar

Interesante noticia para las empresas familiares, recientemente hemos conocido que el Tribunal Supremo falla que los herederos de compañías están exentos del 95% del Impuesto de Sucesiones aunque no participen en el capital.

El Tribunal Supremo publicó recientemente una sentencia que supone todo un alivio fiscal para las empresas familiares. El Alto Tribunal rechaza que los herederos de una compañía deban tener parte del capital de la misma para poder obtener la exención fiscal del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones. En su lugar, sólo deben figurar como directivos, además, claro, de tener el correspondiente parentesco con los propietarios.

Esto supone un alivio fiscal importante, por cuanto las haciendas regionales venían poniendo trabas a los herederos de las empresas familiares. «Las comunidades autónomas, que son las encargadas de la aplicación, intentan por todos los medios eliminar dichas ventajas buscando excusas cuya falta de justificación debería ser revisada en determinadas jurisdicciones», apunta Rubén Candela, director de Candela Asesores-auditores. «Al fin el Supremo ha puesto las cosas en orden», agrega.

La cuestión que se discutía era si para gozar de la bonificación fiscal es necesario que la persona que forma parte del grupo familiar y que cumple el requisito de ejercer funciones efectivas de dirección de la empresa familiar, percibiendo por ello la mayoría de sus rendimientos, debe, además, ser titular de alguna participación en el capital de dicha empresa.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo da la razón a las hijas del director de cine José Luis Cuerda, a las que la Comunidad de Madrid les negaba la posibilidad de acogerse a la bonificación fiscal por la herencia de su madre. En dos sentencias iguales en las que ha sido ponente Juan Gonzalo Martínez, y que sientan jurisprudencia, el Alto Tribunal dictamina que las herederas «ejercen funciones de dirección» de la sociedad Producciones A Modiño al ser gerentes de la misma, y «por tal concepto debe entenderse que se cumplen todos los requisitos para aplicar la bonificación».

Tanto la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid y el TSJ de dicha región habían negado a las hijas de Cuerda la posibilidad de deducirse el 95% del pago del Impuesto sobre Sucesiones, ya que no tienen participaciones del capital de la misma, pero ahora el Supremo niega la mayor y les da la razón a las demandantes en casación.

Os dejamos un enlace con la noticia original.

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Ventajas de la flexibilidad horaria

La flexibilidad horaria nueva exigencia de las empresas

La jornada laboral poco a poco va sufriendo cambios, desde que en el siglo XX se instaurara la jornada de 40 horas semanales vemos que la jornada flexible gana  adeptos ya que influye positivamente en  los empleados haciendo que estén más felices  y por ello mas productivos.

Los horarios laborales flexibles son los que permiten al trabajador distribuir su jornada laboral según sus necesidades personales, los horarios de entrada y salida del trabajo sin  tener horarios rígidos y además poder trabajar desde cualquier sitio todo ello acordado previamente por cada empresa.

España y Portugal siguen siendo  los países de la Unión Europa con menor flexibilidad horaria por ser un tema mas que nada cultural, pero día a día se trabaja para lograr avances significativos en esta materia.

El cambio  promovido por las empresas que  facilitan una jornada laboral flexible a sus trabajadores hace estos  estén más comprometidos con la empresa y genere una plantilla bien competitiva.

Un estudio realizado por la empresa FlexJobs afirma que un 80% de los encuestados da mas importancia a  una buena  flexibilidad horaria que al salario a la hora de decantarse por una oferta de trabajo. Además mas del 50% afirma que es más productivo cuando se le permite trabajar desde cualquier espacio ya sea su casa, cafetería o tren. Todo ello hace que el trabajo se adapte a la vida de las persona y no al revés.

Las nuevas tecnologías, la necesidad de conciliar vida familiar y trabajo o la nueva generación de millenials ha hecho que un cambio en los horarios laborales vaya ganando adeptos. Está claro que no todos los trabajos permiten un a flexibilidad como los que requieren presencia física como cajeros, sanitarios, asistencia 24 horas, entre otros.

Los beneficios más importantes de facilitar un horario flexible por parte de las empresas a sus empleados en el trabajo son:

  • Disminución absentismo laboral.
  • Igualdad entre sexos.
  • Mejoran la calidad de vida.
  • Optimizan el tiempo de los trabajadores.
  • Retiene el talento en la empresa.

Podemos observar diferentes maneras de implantar  horarios flexibles dependiendo de los acuerdos de la empresa con sus trabajadores y estos métodos aunque algunos son desconocidos en nuestro país están muy aceptados y arraigados en el centro y norte de Europa.

  • Horario flexible; el trabajador decide a que hora entrar y salir siempre cumpliendo con las horas de trabajo estipulado y en un intervalo de horas de acuerdo a la empresa.
  • Disminución tiempo dedicado a la comida y así adelantar la hora de salida.
  • Jornada comprimida: permite al trabajador trabajar mas horas al día a cambio de disponer de un día extra libre o medio día libre.
  • Jornada intensiva durante el verano de junio a septiembre.
  • Flexibilidad en la elección de las vacaciones.
  • Trabajo compartido; se basa en compartir el mismo puesto por dos personas y con el mismo sueldo a tiempo parcial.
  • Bolsa de horas; se basa en ir acumulando horas de trabajo a favor de la empresa que el trabajador puede usar según sus necesidades.
  • Política de luces apagadas; terminada la jornada las luces se apagan con lo que se debe abandonar el puesto de trabajo y quien quiera quedarse deberá justificarlo.

Aunque en España solo uno de cada nueve trabajadores disfruta de una flexibilidad laboral es mas una cuestión cultural pero poco a poco se va notando el cambio.

Las empresas que siguen creyendo en  un horario rígido se verán con una plantilla rígida, poco competitiva e infeliz  lo que conlleva a menor rendimiento, a diferencia  el horario flexible que favorece a la personas y a las empresas.

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Un 33.6% de los trabajadores españoles cuentan con retribución variable

La retribución variable y la retribución flexible en España

La retribución variable  cada vez va ganando más fuerza en nuestro país, se trata de una forma de incentivar que pretende alinear los intereses del personal con los de la empresa por lo que paulatinamente mas empresas implantan.

Las formas de retribución más conocida son la retribución variable que es la forma mayoritaria y la retribución flexible ambas formas de se encuentran aún poco instauradas en nuestro mercado laboral.

En España solo un 33.6% de los trabajadores cuenta con remuneración variable que aunque sigue siendo minoritaria poco a poco va ganando peso implantándose en más empresas. Desde el año pasado a crecido un 4.8%, en el que sólo un 28.8% recibía retribución variable.

La retribución variable es mas frecuente en cargos directivos con un 52,8% frente al 26.8% de los empleados cuenta con un componente variable en su salario.Dentro del área de trabajo donde mas se ha implantado es en el área comercial con un 62.6% de los empleados disfrutan de una  frente al área administrativa y secretariado con solo un 17.1% con salario variable.

En el otro extremo encontramos la retribución flexible o también conocida como retribución en especie o retribución a la carta aún menos implantada que la variable. Las empresas recurren a  tickets restaurante, dietas o desplazamientos cestas de navidad, seguros médico.

Casi un 70% de los trabajadores no valoran este tipo de retribución flexible prefiriendo cobrarlo en fijo o variable, aunque lo mas valorado por los empleados en la retribución flexible es la cesta de navidad  seguida de tickets restaurante, dietas o la formación externa.

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La UE dice no a la devolución de las clausulas suelo

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cree que los bancos españoles no deben devolver el equivalente a miles de millones de euros a los clientes a los que cobró de más en concepto de cláusulas suelo irregulares.

El Tribunal Supremo español sentenció hace tres años que las entidades afectadas deberían devolver el dinero cobrado de más por esas cláusulas, pero únicamente a partir del 9 de mayo de 2013. ¿Por qué esa fecha? Porque el Alto Tribunal temía que si las entidades tuviesen que reintegrar la totalidad de lo cobrado, la viabilidad del entonces recién rescatado sistema financiero podría ponerse en cuestión.

Clientes de Cajamar, BBVA y Abanca (antes NovacaixaGalicia) recurrieron y el caso ha llegado a la Justicia Europea. En sus conclusiones presentadas hoy, el abogado general Paolo Mengozzi señala «que la Directiva no tiene por objeto la armonización de las sanciones aplicables en caso de que se aprecie el carácter abusivo de una cláusula contractual y, por lo tanto, no exige a los Estados miembros que establezcan la nulidad retroactiva de tal cláusula«.

La Comisión Europea, en el documento técnico remitido el año pasado a la corte, con su opinión de parte, se pronunciaba a favor de la devolución total, pues consideraba que el cese en el uso de una «cláusula nula por abusiva como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor no es compatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad».

Para Bruselas era imposible «que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información».

Mengozzi, en el escrito que ha leído hace unos minutos, sostiene que la Directiva comunitaria «no determina las condiciones en las que un órgano jurisdiccional nacional puede limitar los efectos de las resoluciones por las que se califica como abusiva una cláusula contractual. Por consiguiente, corresponde al ordenamiento jurídico interno precisar esas condiciones, siempre desde el respeto de los principios de equivalencia y de efectividad del Derecho de la Unión».

La conclusión es clara. El abogado general propone al Tribunal de Justicia «que declare que la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo, incluidas en los contratos de préstamo hipotecario en España, es compatible con la Directiva».

El letrado respalda la argumentación del Supremo español, al considerar que el impacto sobre el conjunto de la economía de una retroactividad total de la devolución del importe de las cláusulas suelo es motivo para no permitirla. «Un órgano jurisdiccional supremo puede ponderar la protección de los consumidores con las repercusiones macroeconómicas asociadas a la amplitud con que se utilizaron las cláusulas suelo», explican desde Luxemburgo. En este contexto, el abogado considera que, «a título de excepción, las mencionadas repercusiones pueden justificar la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de una cláusula abusiva, sin que se rompa el equilibrio en la relación existente entre el consumidor y el profesional«.

La opinión del abogado general no es vinculante, pero sí suele ser un buen indicador de la sentencia final del Tribunal, que se espera para dentro de unos meses, quizás incluso antes de finales de este año.

En juego hay miles de millones de euros. Los abogados de las entidades usaron en la vista oral cálculos del Banco de España para situar el impacto en los balances en una cifra entre 5.000 y 7.000 millones de euros. El Banco no ha querido hacer público ese informe. Del total, sólo una pequeña parte está provisionada. Según Goldman Sachs, por ejemplo, Popular, Bankia BBVA y CaixaBank deberían provisionar 3.000 millones adicionales a los fondos que ya habían preparado si tuviesen que devolver el total de las cláusulas abusivas.

La decisión tendrá efecto no sólo sobre los clientes de las tres entidades que han llegado hasta Luxemburgo, sino también podría sobre los 15.000 miembros de la macrodemanda gestionada por Adicae.

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Cómo deducir los gastos del hogar según hacienda

Deducir tus gastos si eres autónomo y trabajas desde casa

La reciente resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) vinculante a a las Administraciones Públicas abre la puerta a que los autónomos que trabajen desde casa puedan deducirse gastos como luz, agua, gas o teléfono que hasta ahora era totalmente imposible por la dificultad de discernir que cantidad de los suministros se dedicaban a la actividad realizada desde casa a la que se usaba para la vivienda en sí.

Hasta ahora el autónomo podía deducirse los gastos de la hipoteca de la vivienda, impuestos sobre bienes y inmuebles (IBI), cuotas de la comunidad así como la recogida de residuos. Dicha desgravación es proporcional a la parte de la vivienda que se dedica a esa actividad en metros cuadrados.

Hasta que se dictó dicha sentencia cada autónomo tenía que demostrar los gastos que se correspondía a la actividad empresarial realizada desde casa,  la Agencia Tributaria podía incluso exigir una factura diferente a la emitida por la empresas de suministros con lo que podía suponer tener dos contadores o dos líneas telefónicas.

El Teac pone fin a esta situación y favorece al autónomo que consideraba que el criterio debía ser el mismo para ambos tipos de gastos : deducción en porcentaje en el que el inmueble se dedique a la actividad.

Aunque dicha resolución es del pasado 10  de septiembre del 2015 es pronto para ver consecuencias de la sentencia por lo que se espera que Hacienda elabore instrucciones, ya que es díficil establecer que gastos son de la empresa y cual es de la propia vivienda

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El Libro de Visitas y los autónomos

Carpetazo al Libro de Visitas de inspección de trabajo

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social elimina de manera definitiva el Libro de Visitas de inspección de trabajo en las empresas, tanto en formato físico en papel como electrónico.

El Libro de Visitas se creó ya hace mas de un siglo, concretamente 110 años, y era necesario tener uno por cada centro de trabajo e incluso uno para el domicilio del autónomo si trabajaba desde casa. Dichos libros debían estar convenientemente registrados ante la inspección de trabajo y debían ser conservados durante toda la vida del negocio.

Hasta hace poco el emprendedor debía conseguir un Libro de Visitas en cualquier papelería pero debía ser autorizado, registrado y firmado en cada una de sus hojas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. En la primera hoja figuraban los datos de la empresa propietaria del libro, cada folio de este estaba duplicado para que cuando los inspectores realizaran las  visitas al negocio anotaran las diligencias en él y pudieran quedarse así con una copia que acreditase su visita y los detalles de esta. En el año 2013 paso de ser en formato físico a ser en formato electrónico por el creciente uso de las nuevas tecnologías.

La eliminación del Libro de Visitas supone al Estado una disminución en gastos administrativos  de aproximadamente unos 700 millones de euros.

Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectores Laborales, cuando realicen las visitas a los centros de trabajo o realicen las pertinentes comprobaciones por comparecencia en dependencias públicas, extenderán diligencia en el modelo previsto en el anexo de la Orden y podrán utilizarse los medios electrónicos. Se extenderá una diligencia por cada visita o comprobación, reflejando las materias o aspectos examinados y demás incidencias concurrentes, que deberá ser conservada por un plazo de cinco años.

La Orden contempla que el modelo se confeccione en versión bilingüe en las Comunidades autónomas con lengua cooficial.

Si estas pensando en emprender como un nuevo autónomo en España ya no debes preocuparte por tener que ser poseedor de un Libro de Visitas, ya que ha dejado de ser obligatorio.

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Ventajas de trabajar con nuestra asesoría online

Ventajas de nuestra Asesoría Online

Hoy queremos mostraros las ventajas de trabajar con nuestra asesoría Online, muchos clientes recelan en un primer momento de un sistema online, sin embargo nuestro sistema de trabajo es mucho más seguro que el envío de facturas ya sea por correo o por recogida en local.

Sistemas disponibles

Lo primero que os queremos mostrar son los sistema de gestión que ofrecemos en nuestra asesoría Online, disponemos de dos formas de trabajo online:

Subida de facturas

Para los supuestos de gestión simplificada y completa , nuestro sistema permite al cliente la subida de ficheros desde su ordenador, estas subidas esta organizadas por carpetas, por lo que cualquier usuario podrá subir las facturas con un formulario, ya sean una a una o comprimidas todas de golpe.

Sistema de facturas

Para todos nuestro clientes registrados, ofrecemos un programa online de facturación, con este programa podrás ir subiendo las facturas por proveedor.

Enviándonos las facturas

Para el caso de que no quieres usar los sistemas anteriores, puedes escanear y enviarnos tus facturas por correo electrónico o incluso por mensajería.

En resumen  El funcionamiento es fácil y sencillo. Puede remitir su documentación de la forma que mejor se ajuste a sus necesidades:

  • Introduciendo sus datos directamente en nuestra intranet.
  • Escaneando y enviándonos sus facturas.
  • Utilizando el programa de facturación gratuito para nuestros clientes.
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Diez consejos para ayudar a autónomos y emprendedores a superar tiempos de crisis

Nadie dijo que ser autónomo fuera fácil. Otra cosa es que serlo en España sea tan complicado y esforzado. El mercado laboral cuenta hoy con casi tres millones de trabajadores autónomos, cifra que se situaba en 3.382.000 en los primeros meses de 2008. Es decir, según datos de Ranstad, nuestro país perdió más de 410.000 autónomos entre 2008 y 2014, coincidiendo con los años de la crisis.

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Cambios importantes en los certificados de persona jurídica de la FNMT

Según informa la Agencia Tributaria a partir del próximo día 1 de julio de 2016 será aplicable en su práctica totalidad el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de julo de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE. A efectos prácticos esto significa cambios importantes en los certificados de persona jurídica que emite la FNMT.

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